Las pruebas de acceso a todos los cursos de enseñanzas profesionales de música suelen tener lugar durante el mes de junio. El período de inscripción a la primera convocatoria de las enseñanzas profesionales para el curso 2026/27 comienza a las 00:00h del … de …. hasta las 23:59h del … de … de 2026.
CURSO 2026/27: PLAZOS PENDIENTES DE PUBLICACIÓN POR PARTE DE CONSELLERIA
El trámite para inscribirse es exclusivamente telemático. Mediante el acceso:
Acceso a la inscripción para pruebas de acceso a Enseñanzas Profesionales
Se debe pulsar en Tramitar y después den SOLICITUD Presentación no autenticada
Se recuerda que el trámite no finaliza con el pago de las tasas. Es necesario registrar la solicitud.
El trámite se cierra el … de ….
INFORMACIÓN IMPORTANTE RELATIVA A LA DEVOLUCIÓN DE TASAS: Conforme a la normativa reguladora vigente, se devolverán las tasas siempre que se renuncie a la prestación o servicio dentro del período de matriculación o inscripción establecido en la convocatoria, o dentro del período de enmienda a las listas de admitidos. Fuera de estos plazos, deberá acreditarse causa de fuerza mayor. En todo caso, no deberá haberse hecho uso del servicio o prestación. Se podrá solicitar la devolución de la tasa siguiendo los pasos indicados en el siguiente enlace: http://www.ceice.gva.es/va/web/ensenanzas-regimen-especial/devolucio-taxes1
- Publicación listas provisionales admitidos y excluidos: … de … de 2026
- Reclamación a las listas provisionales de admitidos y excluidos: desde las 09:00h del … de … a las 15:00h del … de … de 2026
- Publicación listas definitivas de admitidos y excluidos: … de …. de 2026
Las fechas de realización de las pruebas de acceso a cualquier curso de Enseñanzas Profesionales están previstas entre el … y el … de …. de 2026.
- Publicación resultados provisionales de las pruebas de ingreso: hasta el … de … de 2026
- Reclamación a los resultados provisionales: 72h a partir de la publicación provisional con fecha máxima las 15:00h del … de …. de 2026
- Publicación definitiva resultados: fecha límite … de … de 2026
- Adjudicación de vacantes y matrícula: fecha límite … de … de 2026
El período de inscripción a la segunda convocatoria de las enseñanzas profesionales para el curso 2026/27 comienza a las 00:00h del … de … hasta las 23:59 del … de …. de 2026.
La prueba específica de acceso al primer curso del grado profesional de todas las especialidades instrumentales tendrá la estructura que determine la conselleria competente en materia de educación.
NORMATIVA PENDIENTE DE REGULACIÓN POR PARTE DE CONSELLERIA
Contenidos, listados de obras orientativas y criterios de evaluación de los diferentes ejercicios de los cuales constan las pruebas de acceso de primero a sexto curso de enseñanzas profesionales, según las especialidades instrumentales y asignaturas a examinar:
A partir del mes de marzo se publica en el tablón de anuncios del centro, a disposición del público.
Se pueden pedir fotocopias de su contenido en la conserjería del centro.
Para cualquier consulta pueden enviar un correo a la secretaría del centro o llamar por teléfono.
La información que no se encuentre en la web podrá obtenerse en el centro.
La prueba específica de acceso al primer curso de las enseñanzas profesionales de todas las especialidades de Música tendrá la estructura y los criterios de calificación que determine la Conselleria competente en materia de educación.
- Orden 28/2011 de 10 de mayo de la Consellería de Educación, por la que se regula la admisión, el acceso y la matrícula, así como los aspectos de ordenación general, para el alumnado que cursa las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza en la Comunidad Valenciana (DOCV 17/05/2011)
- ORDEN 49/2015, de 14 de mayo, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporto, por la que se modifican aspectos de la Orden 28/2011, de 10 de mayo, de la Consellería de Educación, por la que se regula la admisión, el acceso y la matrícula, así como los aspectos de ordenación general, para el alumnado que cursa las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza en la Comunidad Valenciana.
- DECRETO 46/2026 (DOGV 2/04/2026), de 27 de marzo, del Consell, por el que se modifican los decretos 158/2007 y 159/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por los cuales se establecen los currículos de las enseñanzas profesionales y elementales de Música y se regula el acceso a estas enseñanzas.
Parte A y C: Contenidos y obras orientativas por cursos a continuación (pinchar en el curso correspondiente para acceder a los contenidos):
| Bajo Eléctrico | 1° | 2° | 3° | 4º | 5º | 6º |
| Canto | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Clarinete | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Contrabajo | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Fagot | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Flauta Travesera | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Guitarra | 1° | 2° | 3° | 4º | 5° | 6° |
| Guitarra Eléctrica | 1° | 2° | 3° | 4º | 5º | 6º |
| Oboe | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Percusión | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Piano | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Saxofón | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Trombón | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Trompa | 1° | 2° | 3º | 4° | 5° | 6° |
| Trompeta | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Tuba | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Viola | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
| Violín | 1° | 2° | 3º | 4° | 5° | 6° |
| Violonchelo | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
Parte A: Criterios de evaluación de canto. Cursos 1º, 2º, 3º en este enlace
Parte A: Criterios de avaluación de canto. Cursos 4º, 5º, 6º en este enlace
Parte B: Contenidos y criterios de evaluación por cursos a continuación
| Lenguaje Musical Modelo examen 1º Modelo Rítmico 1º Modelo Melódico 1º | 1º | 2º | 3º | |||
| Armonía | 4º | 5º | ||||
| Análisis | 6º | |||||
| Piano Complementario | 3º | 4º | 5º | |||
| Historia de la Música | 6º | |||||
| Acompañamiento | 6º | |||||
| Italiano | 2º | 3º | ||||
| Alemán | 4º | 5º | ||||
| Francés | 6º |
Orden 49/2015
Artículo 12. Pruebas de acceso a cursos diferentes de primero de las enseñanzas profesionales de Música y Danza
«3. Las pruebas de acceso a cursos diferentes del primero tendrán la estructura que se establece en el anexo V, en el caso de enseñanzas profesionales de Música, y en el anexo VI, en cuanto a las enseñanzas profesionales de Danza, y versarán sobre el currículo de las asignaturas de los cursos precedentes a aquel al que el aspirante opta. El contenido, la evaluación, el grado de dificultad y la forma de realización de la prueba serán acordes con los objetivos, contenidos y criterios de evaluación establecidos para cada curso en la concreción curricular del proyecto educativo de cada centro de enseñanzas profesionales de Música o Danza. Cada centro, en el ejercicio de su autonomía y según lo estipulado en la normativa vigente, calificará cada ejercicio calculando la media ponderada de sus apartados, siendo necesaria la publicación en cada centro de los criterios que se seguirán para dicha ponderación con anterioridad al inicio de las pruebas.»
«9. La calificación definitiva de la prueba de acceso será la media aritmética de las calificaciones correspondientes a los diferentes ejercicios en que esta se estructure. La calificación final se expresará de cero a diez puntos con solo un decimal, y se requerirá una calificación mínima de cinco puntos para superar la prueba. Los ejercicios de las pruebas de acceso a cursos diferentes de primero de las enseñanzas profesionales de música tendrán carácter eliminatorio en todas las especialidades. En las pruebas de acceso a tercero, cuarto, quinto y sexto de estas enseñanzas serán igualmente eliminatorios los apartados de los que se compone cada ejercicio.»
