Convalidaciones, exenciones y homologación ESO

Convalidación/exención Música-Danza-Deportistas para ESO y BACHILLERATO

La información aquí expuesta tiene carácter informativo. Toda la información oficial y actualizada se encuentra en la página web de Conselleria

Introducción

En los artículos 30, 31 y 32 del Decreto 107/2022, de 5 de agosto, y en los capítulos I y II del título II de la Orden 19/2023, de 29 de junio, así como en el Decreto 66/2024, de 21 de junio, se han dispuesto las medidas para el alumnado que compagina los estudios de la ESO y las enseñanzas profesionales de música o danza o que acredita la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite o con la condición de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite de la Comunitat Valenciana.

De acuerdo con lo dispuesto, a continuación se indican los procedimientos que se han de seguir:

Medidas para el alumnado que compagina los estudios de educación secundaria obligatoria y las enseñanzas profesionales de música

Procedimiento

Instrucciones en el siguiente enlace. Procedimiento MÚSICA (pinche aquí)

Solicitud

Instrucciones en el siguiente enlace. Solicitud MÚSICA (pinche aquí)

Plazos

Las solicitudes se presentarán, preferentemente, en el centro donde el alumno o alumna esté
matriculado o matriculada en la enseñanza de Educación Secundaria Obligatoria, antes del día 31
de octubre del curso escolar para el cual se solicitan, y las tienen que sellar y datar los centros en
el momento en que se presentan.

Convalidaciones

Por un lado, el alumnado que cursa la ESO y cursa o ha cursado enseñanzas profesionales de Música
en conservatorios profesionales o centros autorizados puede solicitar la convalidación de la materia
Música de 1.er, 2.º y 3.er curso de la ESO por la superación de la asignatura Instrumento o Voz de 1.er
curso de las enseñanzas profesionales de Música, así como la convalidación de la materia Música de
4.º curso de la ESO por la superación de la asignatura Instrumento o Voz de 2.º curso de las enseñanzas
profesionales de Música.

  • Convalidación de la materia Música. Alumnado que cursa la ESO y cursa o ha cursado enseñanzas profesionales de Música en conservatorios profesionales o centros de enseñanza profesional puede solicitar la convalidación de la materia Música de 1.er , 2.º y 3.er curso de la ESO por la superación de la asignatura Instrumento o Voz de 1.r curso de las enseñanzas profesionales de Música, así como la convalidación de la materia Música de 4.º curso de la ESO por la superación de la asignatura Instrumento o Voz de 2.º curso de las enseñanzas profesionales de Música.
  • Convalidación de la materia optativa. Alumnado que cursa la ESO y, simultáneamente, enseñanzas profesionales de Música en conservatorios profesionales o centros de enseñanza profesional también puede solicitar la convalidación de la materia optativa.

TABLA RESUMEN

MATERIACONVALIDA CON:
Música 1ºESOInstrumento o Voz de 1.er curso
Música 2ºESOInstrumento o Voz de 1.er curso
Música 3ºESOInstrumento o Voz de 1.er curso
Música 4º ESOInstrumento o Voz de 2.er curso
OPTATIVA ESOEstar matriculado y mantener la matrícula en conservatorios profesionales o centros de enseñanza profesional
NOTA: Cuando la materia Instrumento o Voz todavía no se ha superado se debe solicitar la convalidación con un CERTIFICADO DE MATRÍCULA. La convalidación quedará pendiente hasta que se traiga un CERTIFICADO DE NOTAS oficial donde se demuestre que se ha superado Instrumento o Voz. De manera similar ocurre para cuando se solicita convalidad la optativa de ESO, se debe demostrar que se ha mantenido la matrícula durante el curso.

Medidas para el alumnado que compagina los estudios de educación secundaria obligatoria y las enseñanzas profesionales de danza

Procedimiento

Instrucciones en el siguiente enlace. Procedimiento DANZA (pinche aquí)

Solicitud

Instrucciones en el siguiente enlace. Solicitud DANZA (pinche aquí)

Plazos

En construcción.

Convalidaciones

En construcción.

Medidas para el alumnado que compagina los estudios de educación secundaria obligatoria con la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite o con la condición de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite de la Comunidad Valenciana

Procedimiento

Instrucciones en el siguiente enlace. Procedimiento DEPORTE (pinche aquí).

Solicitud

Instrucciones en el siguiente enlace. Solicitud DEPORTE (pinche aquí)

Plazos

En construcción.

Convalidaciones

En construcción.

Exención de valenciano

La información aquí expuesta tiene carácter informativo. Toda la información oficial y actualizada se encuentra en la página web de Conselleria

La exención de valenciano la debe solicitar la persona interesada, cumplimentar y traer al centro para su tramitación. Más adelante serán concedidas o no. Mientras no se conozca la resolución de la exención el alumno/a debe asistir a clase.

En caso de alumnado menor de edad la solicitud debe ser tramitada por padres/madres o tutores legales.

PUEDE ENCONTRAR EL TRÁMITE PARA SOLICTAR LA EXENCIÓN EN: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=235

RENUNCIA A LA SOLICITUD DE EXENCIÓN. Todos aquellos padres, madres o tutores legales, o el alumnado mayor de edad, que hayan solicitado la exención de la materia de Valencià o la tengan concedida por resolución del director o directora general competente en materia de plurilingüismo, pueden renunciar a la exención a través del modelo de instancia de renuncia (anexo III) donde conste la fecha y la firma de la persona interesada.

Homologación del título de la E.S.O.

Para los alumnos que han cursado estudios en el extranjero, y necesitan homologar el título de la ESO, se deben dirigir al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, Y DEPORTES pulsando en el siguiente enlace.

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