✏️ Beca Material Escolar

SOLICITUD AYUDAS ECONÓMICAS DE MATERIAL ESCOLAR CURSO 2023/2024


Se ha publicado una resolución de convocatoria de ayudas para material escolar no curricular (no se incluyen ni libros ni material informático) para el alumnado perteneciente a familias en situación de vulnerabilidad socioeconómica para el curso 2023/24 en la cual se establecen los siguientes puntos:

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?

Alumnado escolarizado en centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat, dependientes de la Consellería con competencias en materia de educación, y al alumnado escolarizado en centros privados concertados o centros de titularidad pública diferente en la Generalitat, que disponen del servicio de comedor escolar, en niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y en Educación Especial.

¿QUIÉN PUEDE SER BENEFICIARIO@?


➡️ IMPORTANTE! Será beneficiario@ de esta ayuda el ALUMNADO beneficiario de la AYUDA COMPLETA o BENEFICIARIOS DIRECTOS de comedor escolar. (BECA A)

¿CUÁNTO ES El IMPORTE MÁXIMO?


➡️ El importe máximo de esta ayuda será de 30 € y es para tod@s los beneficiari@s el mismo.

¿QUÉ PUEDO COMPRAR CON ESE DINERO?


➡️ Aquí tenéis el listado del material que se puede comprar y justificar:

☑️ FECHA DE COMPRA:
Este material escolar no curricular tendrá que haber sido adquirido por la persona solicitante entre el 22 de junio y el 30 de septiembre de 2023.

¿CÓMO SOLICITARLA?


☑️ Si durante el curso 2022/23 se solicitó la ayuda de comedor y se dispone del borrador de solicitud SOLOS se tendrá que MARCAR LA CASILLA correspondiente a la ayuda de material escolar presente al borrador del comedor y presentarlo en el centro sin necesidad de aportar más documentación.

☑️ Las personas que no disponen del borrador de solicitud de la beca de comedor (NUEVAS BECAS) tendrán que RELLENAR LA SOLICITUD y presentarla en el centro junto con la solicitud de la ayuda de comedor. Anexo Y disponible a la secretaría del centro o al siguiente enlace:

ANEXO Y SOLICITUD
MATERIAL ESCOLAR337946

¿CUANDO PUEDO SOLICITARLA?

➡️ El horario de atención a las familias se abrirá el próximo lunes 12:

✅ 9:05h a 9:30h
✅ 13:05h a 13:30h

En todos los casos el plazo de presentación acaba el próximo día 5 de julio.

¿QUÉ HAGO UNA VEZ QUE ME CONCEDAN LA AYUDA?

Una vez publicada la resolución de concesión de ayudas de material, en el tablón de anuncios del centro docente, las personas beneficiarias disponen de un PLAZO MÁXIMO DE 10 DÍAS HÁBILES, para presentar FACTURA a nombre de la persona solicitante, en la cual se identifique claramente el material adquirido.

La factura tendrá que reunir todos los requisitos exigibles segundos la normativa vigente.

MUY IMPORTANTE: No se admitirán tickets de compra o similares.

¿CÓMO RECIBIDO ESA AYUDA?

El abono de las ayudas se realizará, a través de los centros educativos, en un único pago, una vez comprobada la documentación justificativa (factura). En ningún caso el importe abonado podrá ser superior al importe justificado con la documentación presentada por la persona solicitante.

El abono de las ayudas se realizará, a través de los centros educativos, en un único pago, una vez comprobada la documentación justificativa (factura). En ningún caso el importe abonado podrá ser superior al importe justificado con la documentación presentada por la persona solicitante.

El centro educativo, una vez recibida la transferencia del importe de las ayudas, efectuará el abono a las personas beneficiarias. En ese momento, el padre, madre, tutor o tutora legal del alumnado beneficiario tendrá que firmar el listado descargado a través de la aplicación ITACA, indicando su DNI/NIE o pasaporte, en señal de conformidad y como justificación de su percepción.

Más INFORMACIÓN y NORMATIVA:

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Si tienes dudas puedes ponerte en contacto con nosotros:

Teléfono:

966908135

Correo electrónico:

03000047@gva.es