FAMILIAS

AMPA

¿QUÉ ES EL AMPA?

La Asociación de Padres y Madres del CIPFP del CE de Cheste es una entidad formada, de forma voluntaria y libre, por las familias del alumnado. Se trata de una asociación fundamentalmente en la dimensión social de la educación, cuyo objetivo es la mejora de la calidad de la enseñanza a través de la colaboración y participación en las actividades y servicios del centro.

La cuota que se paga (20€ al año) le permite a la familia estar informada de lo que ocurre en el centro, así como de disfrutar de sus servicios.

En el caso de haber más hermanos/as, a partir del 2º se pagaría 10€ por alumno o alumna

¿QUÉ HACE?

  • Mantiene un contacto directo con el profesorado y la junta directiva y representa a padres y madres, ante las autoridades académicas.
  • Sugiere mejoras educativas y en las infraestructuras e instalaciones del centro.
  • Contribuye a las mejoras del equipamiento (ordenadores, TV,…)
  • Se reúne con todas las madres y los padres para escuchar, hablar y asesorarse sobre educación y enseñanza.
  • Subvenciona 6€ en fotocopias, orla y cena de despedida del alumnado.

¿CON QUÉ RECURSOS CUENTA?

  • Cuotas de las familias
  • Subvenciones
  • Colaboraciones

CONTACTO

Por correo electrónico a: ampa@fpcheste.com

NOTA: El AMPA del CIPFP CE Cheste (Antiguo AMPA del IES 2), es una asociación diferente al AMPAI (Asociación de Madres y Padres de Alumnado Interno), ya que esta última está vinculada tanto al Centro de Residencias, como al IES José Martínez Toral (antiguo IES 1), pero NO al Centro Integrado de FP.

Un alumno o alumna que esté en el CIPFP y en residencias, puede pertenecer a ambas AMPA, tanto al AMPAI como al AMPA del CIPFP CE Cheste.

AUTORIZACIONES

El alumnado MAYOR DE EDAD , tiene la potestad, amparado por la ley, de ser quien reciba y firme los comunicados del centro (faltas de asistencia, notas, faltas de disciplina, autorizaciones de salidas extraescolares, etc.).

El centro no estará autorizado a comunicar la información anterior a los Padres/Madres/Tutores legales, a no ser que, este alumnado, especifique por escrito su voluntad a autorizar al centro educativo mediante el documento siguiente que DEBERÁ ENTREGARSE AL TUTOR O TUTORA:

El derecho a la propiedad de imagen está reconocido en el artículo 18 de la Constitución y regulado por la Ley 1/1982, de 5 de mayo, sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y la Ley 15/1999, de 13 de Diciembre, sobre la Protección de Datos de Carácter Personal.

La dirección de este centro pide el consentimiento, al alumnado mayor de edad o, a los familiares o responsables legales del alumnado menor de edad, para poder publicar las imágenes en las cuales aparezcan, que se realicen en el centro o fuera del mismo en actividades extraescolares. ESTE DOCUMENTO DEBERÁ ENTREGARSE AL TUTOR O TUTORA

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