Tasas

  1. La tasa que hay que pagar por los derechos de examen es la que se determina en el artículo 14.2-5 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas y en el artículo 55 de la Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022.
  2. Habrá que aplicar las exenciones al alumnado que sea miembro de familia numerosa de categoría especial, a los que hayan sido víctimas de bandas armadas o elementos terroristas o sean familiares de aquellos, a los que sean miembros de familia monoparental de categoría especial y a los que sean víctimas de actos de violencia de género, así como a quienes se encuentran en alguno de los supuestos de exención a que se refiere el artículo 14.2-2 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas.
  3. De acuerdo con el artículo 14.2-6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, habrá que aplicar las bonificaciones al alumnado que sea miembro de familia numerosa de categoría general, miembro de familia monoparental de categoría general, así como al alumnado libre de la prueba de valenciano recogido en el artículo 9 de la Ley 9/2019, de 23 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat.
  4. En conformidad con el que establece el artículo 1.2.6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, corresponderá la devolución de la tasa cuando esta se haya ingresado con carácter previo a la utilización del dominio público, a la prestación del servicio o a la realización de la actividad de la cual se trate, y esta utilización, prestación o realización no tenga lugar finalmente por causas no imputables, directa o indirectamente, al sujeto pasivo. El usuario tiene que solicitar la devolución de tasas mediante el procedimiento que se encuentra disponible en este enlace: https://eoi.gva.es/es/impresos-i-taxes-d-idiomes.
    En la solicitud presentada por el interesado o la interesada, la exposición de los hechos tiene que estar debidamente rellenada, con indicación de la tasa concreta solicitada y con explicación clara de las circunstancias por las cuales se solicita la devolución. Las solicitudes que no contengan esta información serán desestimadas por falta de justificación. Se tiene que adjuntar documentación que acredite las circunstancias alegadas para solicitar la devolución, como por ejemplo discapacidad, familia numerosa, etc. y tienen que haber estado vigentes en la fecha en que se haya realizado el pago.