Solicitud de inscripción
Las solicitudes de inscripción se presentarán en los plazos indicados en el anexo I de esta resolución (desde el 20 de marzo hasta el 31 de marzo).
Se habilita la posibilidad de remitir las solicitudes por correo electrónico a la secretaría de los centros docentes especificados en el apartado sexto de esta resolución. En este caso, se remitirá un único correo electrónico en el centro docente en el cual se desea hacer la prueba, indicando en el asunto del correo las siglas PAC seguidas del nombre y apellidos de la persona solicitante, y adjuntando la documentación necesaria.
En los anexos X y XI de esta resolución se detallan, respectivamente, los centros docentes examinadores, así como la dirección y el correo electrónico para remitir las solicitudes y resto de documentación.
Grado Medio:
https://ceice.gva.es/documents/161863064/172856521/gm_2122.pdf
Grado Superior:
https://ceice.gva.es/documents/161863064/172856521/gs_2122.pdf
Junto con la solicitud, los aspirantes o su representante legal tendrán que presentar:
En el caso de ser menor de 18 años alguno de los siguientes documentos:
- DNI.
- Tarjeta de identidad de extranjero, expedida por la comisaría de policía u oficina de extranjeros.
- Certificado de empadronamiento en un municipio.
- Visado de estudios o tarjeta de estudiante extranjero.
En el caso de ser mayor de 18 años alguno de los siguientes documentos:
- DNI.
- Tarjeta de identidad de extranjero, expedida por la comisaría de policía u oficina de extranjeros.
- Visado de estudios o tarjeta de estudiante extranjero.
Declaración responsable de no reunir los requisitos de acceso directo por otros cupos, y de que, si en el momento de formalizar la matrícula al ciclo se reunieran tales requisitos, se renunciaría al acceso por prueba, aún en el caso de haberla superado, por medio del modelo del anexo V de esta resolución.
Aquellas personas que estén en posesión del título de Técnico/a de Formación Profesional podrán presentarse a las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior, teniéndose en cuenta el resultado de la prueba, únicamente a efectos de admisión y en este caso no presentarán la declaración responsable mencionada en el párrafo anterior.
Justificante de haber pagado la tasa correspondiente.
En su caso, la documentación justificativa relacionada en el apartado octavo y catorce de esta resolución (documentación justificativa referida a motivos de exención de alguna parte o apartado de las pruebas, la superación de un programa de calificación profesional inicial o de un ciclo formativo y exención por experiencia laboral). Si la documentación no se entrega en el plazo señalado a tal efecto, no se tendrán en cuenta los méritos o motivos de exención indicados.
Toda la documentación tendrá que ser enviada debidamente firmada (a mano o electrónicamente).