CONVALIDACIÓN DE LA MATERIA OPTATIVA DE BACHILLERATO Y EXENCIÓN O ADAPTACIÓN CURRICULAR DE LA MATERIA EDUCACIÓN FÍSICA DE PRIMERO DE BACHILLERATO PARA El ALUMNADO QUE COMPAGINA LOS ESTUDIOS DE BACHILLERATO CON LA CONDICIÓN DE DEPORTISTA DE ALTO NIVEL
Para el alumnado que compagina las enseñanzas de Bachillerato con la práctica deportiva reconocida para las personas que acreditan la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite, o con la condición de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite de la Comunidad Valenciana, se dispone la posibilidad de convalidación de la materia optativa del curso de Bachillerato en que el alumno o alumna esté matriculado o matriculada independientemente de la modalidad que esté cursando, la posibilidad de exención de la materia Educación Física, de acuerdo con el artículo 32 del Decreto 108/2022.
Así mismo, para el alumnado que cumpla la condición del punto anterior, se dispone la posibilidad de la adaptación curricular de la materia Educación Física de acuerdo con el artículo 10 y con la disposición adicional primera del Decreto 39/2020, de 20 de marzo, del Consejo, de medidas de apoyo a deportistas de élite y al personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunidad Valenciana.
Se tiene que adjuntar a la solicitud la documentación siguiente:
a) Deportistas de alto nivel: documento que acredito estar incluido o incluida en la relación de deportistas de alto nivel publicada en el Boletín Oficial del Estado.
b) Deportistas de élite o personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunidad Valenciana: documento que acredito estar incluido o incluida en las relaciones de deportistas de élite y de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
c) Deportistas de alto rendimiento: c.1. De fuera de la Comunidad Valenciana: acreditación de esta condición mediante el certificado del Consejo Superior de Deportes durante el curso académico a que se refiera este certificado. c.2. De la Comunidad Valenciana: acreditación de esta condición mediante el certificado de la dirección general competente en materia de deporte durante el curso académico a que se refiera este certificado.
Una vez rellenada y firmada la solicitud tiene que presentarla antes del 31 de octubre en la Secretaría del centro en la hora del patio. Tendrá que anexar el documento justificativo para la convalidación o exención que se indique en la solicitud.
Las resoluciones se realizarán lo antes posible, antes de que finalice el mes de noviembre. Mientras tanto los alumnos tienen que asistir en las clases que quieran convalidar o solicitar la exención