Traslado de expediente

El traslado de expediente de alumnos que cursen estudios de carácter reglado en otros centros está condicionado a la existencia de plazas escolares vacantes en cada una de las asignaturas que el estudiante haya de cursar en el centro receptor.

Las plazas escolares vacantes se convocarán una vez escolarizados los alumnos del centro y aquellos que hayan pasado las pruebas de acceso a las enseñanzas profesionales y de ingreso a las enseñanzas elementales.

Todos aquellos alumnos que soliciten traslado de expediente deberán presentar en la secretaría del conservatorio la correspondiente solicitud, adjuntando certificado del Expediente Académico, para realizar una valoración en el proceso de selección.

En cualquier caso, el traslado estará sujeto a que el alumnado tenga la edad idónea para cursar de forma ordinaria las enseñanzas Elementales o Profesionales de música segun el Artículo 2 de la Orden 28/2011.

En el caso de que el solicitante tenga una edad superior a la establecida con carácter ordinario en la Orden 28/2011, el traslado requerirá la aprobación del Consejo Escolar del centro de destino.

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