Tasas

TASAS ADMINISTRATIVAS NO UNIVERSITARIAS 2022

(decretos 1/2005, 14/2005, 16/2008, 12/2009, 16/2010, 9/2011, 10/2012, 7/2014, 1/2005, 7/2021, 8/2021, 2/2022)

http://www.ceice.gva.es/es/web/ensenanzas-regimen-especial/taxes-densenyaments-de-musica-i-dansa

Estas tasas están actualizadas al último decreto de 22 de abril de 2022, para la reducción temporal del importe de las tasas propias y precios públicos de la Generalitat para hacer frente al impacto de la inflación.

ENSEÑANZAS DE MÚSICA LOE.

Alumnado oficial de Conservatorios de la red de la Generalitat Valenciana.

ENSEÑANZAS ELEMENTALES

  • Pruebas de ingreso o acceso a las Enseñanzas Elementales 25,28 €
  • Curso completo (por asignatura) 34,26 €
  • Asignaturas pendientes (cada una) 41,09 €
  • Repetición de curso (por asignatura) 44,50 €
  • Pruebas para la Obtención Directa del certificado de las Enseñanzas Elementales de Música 50,58 €

ENSEÑANZAS PROFESIONALES

  • Pruebas de acceso a las Enseñanzas Profesionales 50,58 €
  • Curso Completo (por asignatura) 51,39 €
  • Asignaturas pendientes (cada una) 61,64 €
  • Repetición de curso (por asignatura) 66,79 €

OTRAS TASAS RELACIONADAS CON SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

  • Expedición del Título profesional de Música 19,63 €
  • Expedición del Libro de Calificaciones de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza LOE 3,85 €
  • Certificaciones académicas y certificados de las Enseñanzas de Bachillerato, FP, y Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y Danza (excepto las relativas al libro de calificaciones) 1,93 €
  • Expedición y renovación de tarjetas de identidad de alumnos/as (excepto para cursar enseñanzas obligatorias) 2,04 €
  • Apertura de expedientes de enseñanzas LOE: Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y diseño, Idiomas y enseñanzas deportivas 23,84 €

REDUCCIONES Y EXENCIONES

  • Por Familia Numerosa y por Familias Monoparentales de categoría general: bonificación del 50%
  • Por Familia Numerosa y por Familias Monoparentales de categoría especial: bonificación del 100%
  • Por discapacidad igual o superior al 33%: bonificación del 50%
  • Para ser víctima de violencia de género (Ley 1/2004): bonificación del 100%

Las bonificaciones son porcentajes que se tienen que rebajar de la cuota íntegra a pagar. Por lo tanto, se podrán aplicar acumulativamente, de forma que si existieran dos bonificaciones del 50% concurriendo en el mismo alumno/a (por ejemplo, discapacidad y familia numerosa general), la cuota líquida resultante sería 0.