Acceso a 1º Elemental

Toda la normativa relativa al acceso de Enseñanzas Elementales está regulado por la orden 8/2026.

¿Quién se puede presentar?

En las Enseñanzas Elementales de Música y de Danza, la edad mínima para presentarse a la prueba de acceso será de ocho años, cumplidos durante el año natural en que se inicie el curso escolar al que se desea acceder. Excepcionalmente, el centro autorizará la participación en las pruebas de acceso al primer curso de estas enseñanzas a aquellas personas aspirantes que cumplan siete años durante el mismo año natural en que se inicien las enseñanzas, siempre que acrediten altas capacidades intelectuales o una precocidad extraordinaria en la música, debidamente justificada. El procedimiento para solicitar dicha autorización seguirá lo establecido a continuación:

  • Aspirantes con altas capacidades intelectuales:
    • Las personas aspirantes deberán adjuntar a su solicitud un informe sociopsicopedagógico emitido por el servicio de orientación educativa de la red pública de la Generalitat Valenciana, o un gabinete psicopedagógico autorizado, en el que conste expresamente la condición de altas capacidades intelectuales.
    • La dirección del centro validará las solicitudes que presenten la documentación requerida, siempre que se aporten en forma y plazo, según el calendario establecido.
  • Aspirantes con precocidad extraordinaria acreditada para la música:
    • Escrito de motivación, presentado por los representantes legales, justificando la solicitud de participación en las pruebas de acceso.
    • Informe acreditativo de aptitudes musicales, emitido y firmado por el profesorado que haya impartido docencia directa al aspirante, o un profesional cualificado.

Es importante remarcar que estas pruebas de acceso no presuponen un conocimiento musical previo por parte del alumno/a que se presenta.

Procedimiento de inscripción a la prueba:

  • El calendario de inscripción cambia cada año y viene determinado por la Conselleria de Educación. En el momento se haga público lo podréis encontrar en nuestra página web en el apartado de actualidad.
  • La inscripción es un proceso regulado por la Conselleria y se realiza telemáticamente, en la web https://adminova.gva.es/adminova/plantilla-ensenanzas/590-ensenanza-musica-y-danza
  • La tasa de inscripción a las pruebas se paga de manera telemática en el mismo trámite.
  • Las pruebas suelen tener lugar en la segunda quincena de junio. Las fechas exactas se publicarán con antelación en nuestra página web en el apartado de actualidad.

¿En qué consiste la prueba?

La prueba consiste en una serie de ejercicios para valorar las aptitudes musicales del alumno. No es necesaria una preparación previa para poder realizarla, salvo que el alumno tiene que preparar una canción libre. Las pruebas que se realizan son las siguientes:

  1. Identificación de la dirección melódica: El tribunal tocará motivos de 2 notas y el aspirante tendrá que indicar si la melodía sube o baja, si el movimiento es ascendente o descendente.
  2. Distinguir si suenan dos sonidos o más de manera simultánea: El tribunal tocará al piano dos notas de manera simultánea y a continuación un acorde de dos notas o más de dos, y el aspirante tendrá que distinguir entre las dos opciones.
  3. Ritmos iguales o diferentes: El tribunal realiza con palmas una fórmula rítmica y a continuación hace la misma fórmula o con diferencias. El alumno tiene que distinguir si las dos células rítmicas son iguales o diferentes.
  4. Melodías iguales o diferentes: El tribunal realiza al piano una melodía corta y a continuación hace la misma melodía o con diferencias. El alumno tiene que distinguir si las dos melodías son iguales o diferentes
  5. Imitación ritmico-melódica con sílabas. El tribunal interpreta al piano una célula melodico-rítmica y el alumno la tendrá que imitar de manera exacta cantando con la sílaba «la».
  6. Interpretación de una canción libre para valorar tesitura, entonación y algún posible problema de emisión de la voz. Esta canción puede ser de cualquier tipo, y no puede incluir ningún tipo de coreografía ni acompañamiento. 

En el siguiente enlace podréis consultar un modelo de examen con un ejemplo de cada uno de los ejercicios propuestos.

Calificación de la prueba:

La puntuación será numérica, de 0 a 10 puntos, con un máximo de un decimal. Será necesaria una calificación mínima de 5 puntos para superar la prueba. La calificación final se obtendrá aplicando la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los subapartados.
La elección de especialidad instrumental se realizará por orden de puntuación obtenida, mediante el procedimiento de adjudicación de vacantes por especialidad de cada centro, conforme al orden de adjudicación establecido en dicho procedimiento.
En el caso de empate entre las notas de los aspirantes, se considerarán los siguientes criterios de desempate:

  1. Fecha de nacimiento más reciente (menor edad).
  2. En caso de persistir el empate se resolverá por el sorteo público de la letra que la Conselleria establece anualmente.

Adjudicación de vacantes:

La elección definitiva de las plazas se hará mediante un acto público de adjudicación de plazas, donde el alumno/a podrá elegir el instrumento que quiera estudiar según las vacantes que salgan cada año a adjudicación. 48 horas antes de este acto se publicará un listado con la oferta de plazas vacantes desglosadas por instrumento.
En el acto de adjudicación el alumno/a, o su padre, madre o tutor legal se tendrán que acreditar mediante su DNI, y se irán eligiendo las plazas vacantes por orden de puntuación hasta que se agote la lista. Una vez se agoten las plazas que haya vacantes en cada instrumento se ofrecerá al aspirante la posibilidad de formar parte de una lista de espera para posibles vacantes en las especialidades que le interesen. En el momento que el alumno acepte matricularse de otro instrumento quedará excluido de las otras listas de espera.
Los aspirantes que no participen, tanto presencial como telemáticamente, en la fecha y hora establecidas perderán el derecho a obtener plaza según el orden asignado en las listas y únicamente podrán optar a las plazas que queden vacantes una vez finalizado el turno de todos los aspirantes convocados. Una vez concluido el procedimiento de adjudicación, no podrá reclamarse el derecho a ocupar plazas que ya hayan sido asignadas.
El alumno ya matriculado en el centro no puede hacer la prueba de nuevo.

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