HOY OS PROPONEMOS UNA ACTIVIDAD MUY DIVERTIDA QUE HEMOS ENCONTRADO EN LAS REDES Y QUE PODÉIS HACER CON VUESTROS FAMILIARES. SOLO HACE FALTA UNA CAZUELA, UNA CUCHARA Y MUCHAS GANAS DE PASARLO BIEN.
TENÉIS QUE SEGUIR EL TUTORIAL PARA CONVERTIROS EN TODOS UNOS MÚSICOS! . POR CIERTO!! VA DEDICADO A TODAS Y TODOS LOS PEPES, JOSES, Mª JOSES, FINAS, JOSEFES I COMO NO,A TODOS LOS PAPIS
Estas medidas van dirigidas a todos los alumnos que son beneficiarios de la beca de comedor, en los centros específicos, son todos los alumnos. En caso de que algún familiar haya cambiado de teléfono, enviáis un correo en el colegio con los nuevos datos para poder actualizarlas y tramitar estas ayudas.
Avuí os proponemos dos historias sociales para poder explicar mejor la situación que estamos viviendo estos días. Tenéis en cuenta que en la barra superior de cada una de ellas, en color gris , hay unas flechas que son para poder cambiar de página.
Agradecer a ARASAAC este material tanto valioso.
Esperamos que os guste, y ya sabeo… Quédate a Casa.
Como profesionales de la educación uno de los retos que exigimos a nuestros alumnos es que sepan adaptarse a las nuevas situaciones y por eso tenemos que posar todos los medios disponibles porque esto ocurra.
A raíz de la nueva situación que estamos viviendo a causa de la alarma por el covid-19, nos hemos posado en los “zapatos de nuestros alumnos”, dado que la situación nos exige nuevas formas de organización, nuevos canales de comunicación entre los profesionales y con las familias y una vez más…reto conseguido y esto gracias a la implicación de todas las y los profesionales.
Os dejamos un CANVAS del día de hoy y de nuestro trabajo en los próximos días por si os puede servir a más profesionales de la educación.
Informamos los familiares de nuestros alumnos que estén pendientes de las noticias y que en de estas días, el canal de comunicación oficial será esta página web del centro donde iremos dando toda la información.
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada miedo el COVID-19. PDF – HTML – EPUB
Artículo 7. Limitación de la libertad de circulación de las personas.
1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al puesto de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cura a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) A causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que tendrá que hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
2. Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el abastecimiento de carburante en gasolineras o estaciones de servicio.
3. En todo caso, en cualquier desplazamiento tendrán que respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
4. El Ministro del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos.
Cuando las medidas a las cuales se refieren los párrafos anteriores se adoptan de oficio se informará previamente las administraciones autonómicas que ejercen competencias de ejecución de la legislación del Estado en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad viaria.
Las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad viaria garantizarán la divulgación entre la población de las medidas que puedan afectar el tráfico rodado.
DECRETO 32/2020, de 13 de marco de 2020, del Consejo, por el cual se disponen medidas extraordinarias de gestión sanitaria en salvaguardia de la salud pública a causa de la pandemia por coronavirus SARS-CoV Covid-19). [2020/2566] PDF – HTML
RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2020, de la consejera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la cual se acuerdan medidas especiales en relación con la actividad de determinados centros de atención diurna de Servicios Sociales, independientemente de su titularidad y tipología de gestión, para limitar la propagación y contagio por el COVID-19. [2020/2562] PDF – HTML
Desde la Consellería de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana nos han hecho llegar informaciones relevantes para contribuir a frenar la expansión de dolencia y evitar alarmismos innecesarios.
Así, por medio de Miguel Soler Gracia, Secretario autonómico de Educación y Formación Profesional nos han hecho llegar las siguientes informaciones.
Nos instan a tener en cuenta que todas las directrices que se toman relacionadas con la prevención y el tratamiento del COVID-19 se deciden en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, propuesta del Ministerio de Sanidad y en coordinación con las consellerías de sanidad de las diferentes comunidades autónomas. Por lo tanto, desde la Consellería de Educación Cultura y Deporte únicamente se ejecutan las decisiones tomadas por las autoridades sanitarias.
La Consellería está en coordinación con la Consellería de Sanidad de la Generalitat valenciana, con el Ministerio de Sanidad y con el resto de departamentos de las comunidades autónomas y que las decisiones que se toman se hacen de manera totalmente coordinada. Resulta obvio, pero conveniente, manifestar que todas las medidas que se adoptan relacionadas con el COVID-19 atienen a criterios de tipo técnico, científico y sanitario y han sido recomendadas por profesionales expertos en salud pública.
Es por eso que los centros educativos no podrán tomar, de manera unilateral, ninguna medida relacionada con dolencia sin contar con la supervisión de las autoridad del departamento de Salud Pública de la Generalitat Valenciana.
Es importante conocer que, en el momento de redactar y difundir este comunicado, en nuestra comunidad no hay ninguna circunstancia que recomiendo introducir cambios en el funcionamiento normalizado de la actividad académica actual.
En caso de que el centro algún miembro de la comunidad educativa presentara síntomas característicos de dolencia y hubiera sido expuesto a un caso confirmado de COVID-19 o en zona de riesgo tendría que contactar con el número de teléfono habilitado por la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública 900 300 555 e informar de este hecho.
Si llegado el caso se confirmara que una persona de la comunidad educativa resultara positiva en COVID-19, el departamento de Salud Pública se posaría en contacto con la dirección del centro y establecería las medidas que se tendrían que adoptar de manera inmediata.
Con el escrito nos proporcionan diverso material informativo para poder acceder al material informativo:
YA SABÉIS LO QUE OS INSISTIMOS TODOS LOS MAESTROS/AS DEL COLE SOBRE LA IMPORTANCIA DE LOS HÁBITOS SALUDABLES, ENTRE ELLOS , DE HACER DEPORTE Y EJERCICIO FÍSICO, ES POR ESO QUE QUEREMOS MOSTRAROS COMO ÉS POSIBLE MOVERNOS AUNQUE ESTEMOS EN CASA, Y NO HAY MEJOR MANERA QUE ACOMPAÑÁNDOLO CON MÚSICA…
SOLO NECESITÁIS UN POCO DE ESPACIO PARA PODER BAILAR Y SUBIR EL VOLUMN DEL AUDIO… VENGA ARTISTAS .. A VER ESE RITMO.
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