Subvenciones destinadas a alumnado que curso Formación Profesional en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana


Subvencions destinadas a alumnado que curso Formación Profesional en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana en el curso 2021-2022.

Hay tres modalidades de subvenciones que pueden interesar nuestro alumnado:

a) Modalidad de Formación Profesional Dual en empresas:

Están destinadas a proporcionar una ayuda al alumnado para realizar la Formación Profesional Dual en empresas de la Comunidad Valenciana, una vez acreditada la necesidad de desplazamiento.

b) Modalidad de Formación en Centros de Trabajo:

Proporcionar una ayuda al alumnado para realizar la Formación en Centros de Trabajo total o parcial en centros de trabajo alejados del centro.

c) Modalidad de desplazamiento:

Están destinadas a sufragar total o parcialmente los gastos derivados de residencia, transporte y manutención de alumnado que curso ciclos de Formación Profesional en centros alejados de su residencia habitual.

Se considerarán los gastos de transporte urbano o interurbano diario entre el domicilio habitual y el centro educativo, así como las de manutención asociadas.

Si el alumnado reside fuera del domicilio habitual durante el curso académico, a causa de la distancia entre su domicilio habitual y el centro educativo, de los medios de comunicación existentes o de los horarios lectivos, se lo ayudará adicionalmente a sufragar los gastos de alojamiento en residencia diferente del domicilio habitual entre semana, a excepción de los periodos de vacaciones.

Las cuantías mínimas de las subvenciones están publicadas en el apartado 4 de la resolución mencionada anteriormente.

Los requisitos son los siguientes:

  1. A todos los efectos el alumnado tiene que tener el DNI o NIE en vigor en el momento de presentar la solicitud y la documentación pertinente.
  2. Ser español. En el caso de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acreditan ser trabajadores por cuenta propia o de altri.
    En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
  3. Ser residente en la Comunidad Valenciana.
  4. Se tienen que reunir también los siguientes requisitos específicos en el curso 2021-2022, según la modalidad de ayuda:

a )Formación Profesional Dual en empresas

      • Estar matriculado y realizando la actividad formativa en la modalidad de Formación Profesional Dual en empresas.
      • La distancia mínima exigible entre el centro de trabajo y lo centre docente o domicilio habitual será 14 km.

b) Formación en Centros de Trabajo

      • Estar matriculado y realizando el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo.
      • La distancia mínima exigible entre el centro de trabajo y el centro docente será 14 km.

c) Desplazamiento

      • Cursar los estudios de Formación Profesional en un centro docente alejado de la residencia habitual al menos 14 km.
      • Para solicitar la ayuda adicional por residencia, se tendrá que residir fuera del domicilio habitual durante todo el curso académico, a excepción de los periodos de vacaciones, a causa de la distancia entre su domicilio habitual y el centro educativo, de los medios de comunicación existentes o de los horarios lectivos.

Solicitudes:

  1. Las solicitudes se presentarán entre el 26 de abril y el 23 de mayo.
  2. Se presentará una solicitud por cada persona y modalidad de ayuda, presencialmente a la secretaría del centro, según el modelo que estará disponible a la web de la Consellería https://ceice.gva.es/va/web/formacion-profesional/subvencions-alumnat-fp junto con la documentación adicional según la modalidad de ayuda.

 Documentación a aportar por el alumnado matriculado en el IES MIRALCAMP:

  1. Solicitud debidamente agasajada.
  2. Fotocopia DNI / NIE.
  3. Declaración responsable subscrita por el solicitante en la cual manifiesto, bajo su responsabilidad, que los datos de la solicitud se ajustan a la realidad, que cumple con los requisitos exigidos en la convocatoria, que dispone de la documentación que así lo acredita, la cual pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de los requisitos y obligaciones hasta el acabado del curso académico 2021-2022. El modelo de declaración estará disponible en la web de Consellería, junto con el de solicitud.
  4. Adicionalmente, en la modalidad de residencia, se aportará la documentación que justifico el goce y pago de la actividad subvencionada.
  5. Una vez publicada la resolución definitiva de concesión de las ayudas, las personas beneficiarias dispondrán de un plazo de 10 días, a contar desde la producción de efectos de la resolución, para aportar ante el centro receptor de solicitudes el impreso de domiciliación bancaria debidamente rellenado, firmado y legible, para efectuar del pago de la cuantía concedida, disponible en https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15996.

En ningún caso se admitirá la presentación de solicitudes ni de documentación fuera de plazo, ni por medios diferentes de los establecidos.

 ALUMNADO DE FUNCIÓN FLORES:

El alumnado de Fundación Flores hace falta que se informe en su centro de la documentación a aportar, aunque tanto la solicitud como la documentación se tiene que presentar a la secretaría del Miralcamp.


NORMATIVA: