Traslados de matrícula

Calendario del proceso

Normativa: ORDEN 8/2026, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, por la que se regula el proceso de admisión a las enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza en la Comunitat Valenciana.

Artículo 13. Traslado de expediente dentro del proceso de admisión

  1. La admisión por traslado constituye un procedimiento específico dentro del proceso ordinario de admisión, aplicable al alumnado que, estando matriculado en un centro, solicite continuar sus estudios en otro centro para el curso siguiente.
    Esta modalidad de traslado únicamente podrá tramitarse durante el proceso ordinario o extraordinario de admisión, siguiendo el calendario establecido a tal efecto, y no durante el curso académico, cuyo procedimiento se regula en el artículo 24 de esta orden.
  2. La admisión por traslado requerirá la existencia de plaza vacante en la especialidad solicitada en el centro de destino y se resolverá siguiendo el orden de adjudicación establecido en los artículos 18 y 19 de esta orden, tomando como referencia la nota media del expediente académico.
  3. En circunstancias excepcionales o casos extraordinarios debidamente justificados, la dirección del centro remitirá el expediente a la dirección territorial correspondiente para su valoración y resolución.

Artículo 24. Traslado de expediente durante el curso académico

  1. El traslado de matrícula durante el curso académico constituye un procedimiento distinto del traslado tramitado en el proceso ordinario o extraordinario de admisión regulado en el artículo 13, y permite al alumnado ya matriculado incorporarse a otro centro con el curso iniciado, siempre que existan plazas vacantes en la especialidad solicitada.
  2. La solicitud se dirigirá a la persona titular de la dirección del centro de destino y deberá presentarse, con carácter general, antes de la finalización del segundo trimestre. Excepcionalmente, la dirección territorial competente podrá admitir solicitudes presentadas con posterioridad, previo informe motivado de la dirección del centro receptor y siempre que concurran causas justificadas.
  3. La autorización del traslado requerirá la existencia de plaza vacante en la especialidad solicitada. En caso de concurrencia de solicitudes, se aplicará el orden de adjudicación establecido en los artículos 18 y 19 de esta orden, estableciéndose una lista de espera por especialidad para cubrir las vacantes que pudieran producirse hasta la finalización del segundo trimestre.
  4. En los supuestos de traslado desde centros situados en otra comunidad autónoma, el alumnado podrá incorporarse al curso correspondiente siempre que existan plazas vacantes y haya abonado previamente las tasas de
    matrícula que procedan en el centro de destino.

Flexibilización

Según la Circular 1/2025:

II. FLEXIBILIZACIÓN POR ALTAS CAPACIDADES EN ENSEÑANZAS ELEMENTALES Y PROFESIONALES DE RÉGIMEN ESPECIAL 

    De acuerdo con lo establecido en la Orden 20/2019, la flexibilización de la duración de los diferentes niveles, etapas y grados para el alumnado con altas capacidades intelectuales es una medida de respuesta de nivel IV, de carácter excepcional, que se podrá adoptar siempre que disponga de un grado suficiente de madurez y de adquisición de las competencias clave para cursar adecuadamente el curso al cual se propone el acceso y se prevea que la medida es la más adecuada para el desarrollo de su equilibrio personal y la socialización.

     Es importante subrayar que esta medida de flexibilización posee un carácter excepcional y ha de estar respaldada por un proceso de enriquecimiento curricular previo, lo que implica, entre otras acciones, la formación en asignaturas correspondientes a un curso superior. Con el fin de garantizar una correcta aplicación de esta medida en enseñanzas de régimen especial, se recuerda y clarifica el procedimiento y condiciones establecidos en el artículo 37.6 de la Orden 20/2019. 

Procedimiento para solicitar la flexibilización :

La propuesta debe surgir del equipo docente y ser formalizada por la tutora o el tutor mediante una solicitud dirigida a la dirección del centro. 

La solicitud debe ir acompañada de: 

a) Informe sociopsicopedagógico, emitido por el equipo o departamento de orientación del centro de enseñanzas de régimen general. En caso de que el alumnado se encuentre escolarizado en un centro de enseñanzas de régimen general que no cuente con un equipo o departamento de orientación autorizado por la administración educativa, este centro deberá ponerse en contacto con la unidad de orientación educativa de referencia para gestionar la valoración y solicitar la evaluación sociopsicopedagógica y la emisión del pertinente informe. La coordinación de orientación del conservatorio o centro autorizado informará a la familia del procedimiento a seguir para solicitar dicho informe. 

b) Informe del equipo docente en el que participen todos los profesores de este y que acredite de forma motivada que la alumna o alumno posee las competencias necesarias para superar con aprovechamiento el curso al que se pretende promocionar, y que esta medida beneficiará su desarrollo académico y socioafectivo. 

c) Escrito de conformidad, firmado por la madre, padre o tutor/a legal. 

    La dirección del centro enviará la solicitud y documentación citada a la dirección territorial competente entre el 1 y el 30 de abril, junto con los informes, el escrito de conformidad y cualquier otra documentación relevante. 

    La dirección territorial resolverá la medida, previo informe de la inspección educativa, y comunicará la resolución por escrito al centro educativo y a la persona interesada, si es mayor de edad, o a su madre, padre o representante legal, si es menor de edad, con anterioridad a la finalización del curso escolar. En caso de estimarse la resolución, el alumno o alumna se matriculará en el curso inmediatamente superior al que le correspondería por promoción en el proceso ordinario de matriculación.

 La resolución se archivará en el expediente administrativo del alumnado. No constarán notas en su expediente académico del curso promocionado. 

La reducción del tiempo de las enseñanzas no podrá superar la mitad del tiempo total establecido para cada una de ellas.

Informe profesorado

Matrícula curso 2026-27

Procedimiento

Días antes de la fecha prevista las familias recibirán un correo con las instrucciones y las claves para acceder a la intranet del Centro. Desde este momento y hasta la fecha que se indique en cada caso, según el calendario que se muestra a continuación, iniciarán la fase 1 de la matrícula, es decir, tendrán que verificar sus datos y subir los documentos requeridos (foto, DNI, pago de tasas, justificantes de exención, etc.).

La aplicación genera la cantidad a pagar automáticamente en la pantalla final, por lo que, para evitar errores, no deben pagarse las tasas antes de llegar a la misma.

Sin rellenar datos y subir el justificante de pago de tasas no será posible iniciar la fase 2, es decir, elegir horario el día correspondiente, ni se podrá considerar que el alumno esté matriculado, por lo que su plaza podrá ser ofertada a alumnado de nuevo ingreso o traslado.

En el apartado de «Listados» de esta entrada se publicará que se han enviado dichas claves y en qué fecha, por si se produce algún error en el envío de correos.

Calendario de matrícula en tabla

Calendario de matrícula en documento (en construcción)

Geode – Instrucciones matrícula en dos Fases

Listados

Introducción. Listado provisional de alumnado de EEPP, sin asignaturas suspendidas, con notas medias.

Introducción. Listado provisional de alumnado de EEPP, con alguna asignatura suspendida, con notas medias.

Listado definitivo de alumnado de EEPP del centro y procedentes de la 1ª convocatoria de les Pruebas de acceso con día y hora de elección de horarios.

Pendiente. Enviadas las claves de acceso para realizar la fase 1 de la matrícula al alumnado procedente de las pruebas de acceso EEPP (primera convocatoria) con plaza.

Otra información

Incidencias en matrícula telemática: matricula@cpmvalencia.com

Incidencias en listados: secretaría @cpmvalencia.com

Instrucciones de Matrícula en la aplicación telemática

Tasas e información sobre pagos y promoción

Carga lectiva por especialidad enseñanza y curso

Horarios provisionales curso 2026-27 (en construcción)

Solicitud de reserva de calificaciones para asignaturas ya aprobadas (Los alumnos que cursan doble especialidad y tienen asignaturas ya aprobadas que no volverán a cursar, deberán rellenar este formulario y marcar en la aplicación de matrícula estas asignaturas como “aprobada con anterioridad”).

Solicitud de evaluación anticipada por PAU

Solicitudes de cambios (deberán ser enviados inmediatamente desde el momento en que surja la necesidad de cambio, puesto que se atenderán por orden de llegada y según justificación):

Enseñanzas Elementales

1.º y 2.º de EEEE

  • Instrumento (todos)
  • Lenguaje musical (todos)
  • Coro (todos)

3.º y 4.º de EEEE

  • Instrumento (todos)
  • Lenguaje musical (todos)
  • Coro (todos)
  • Conjunto (todos)

Enseñanzas Profesionales

1.º de EEPP

  • Instrumento (todos)
  • Lenguaje musical (todos)
  • Conjunto (Bajo eléctrico, Canto, Clavecín, Flauta de Pico, Guitarra eléctrica, Guitarra, I. Cuerda Pulsada del Renacimiento y Barroco, Órgano, Piano y Viola de gamba)
  • Listados Banda y Orquesta (alumnos de especialidades de arpa, cuerda, percusión y viento)

2.º de EEPP

  • Instrumento (todos)
  • Lenguaje musical (todos)
  • Piano complementario (todos)
  • Conjunto (Bajo eléctrico, Canto, Clavecín, Flauta de Pico, Guitarra eléctrica, Guitarra, I. Cuerda Pulsada del Renacimiento y Barroco, Órgano, Piano y Viola de gamba)
  • Listados Banda y Orquesta (alumnos de especialidades de arpa, cuerda, percusión y viento)

3.º y 4.º de EEPP

  • Instrumento (todos)
  • Alemán (Canto)
  • Armonía (todos)
  • Piano complementario (todos)
  • M. Cámara (todos, excepto Bajo eléctrico y Guitarra eléctrica)
  • Conjunto (Bajo eléctrico, Guitarra eléctrica,I. Cuerda Pulsada del Renacimiento y Barroco y Viola de gamba)
  • Coro (Bajo eléctrico, Canto, Clavecín, Flauta de Pico, Guitarra eléctrica, Guitarra, I. Cuerda Pulsada del Renacimiento y Barroco, Órgano, Piano y Viola de gamba)
  • Listados Banda y Orquesta (alumnos de especialidades de arpa, cuerda, percusión y viento)

5.º y 6.º de EEPP

  • Instrumento (todos)
  • Análisis (todos)
  • Francés (Canto)
  • Historia de la música (todos)
  • M. Cámara (todos, excepto Bajo eléctrico y Guitarra eléctrica)
  • Acompañamiento (Bajo eléctric, Clavecín, Guitarra eléctrica, Guitarra, Órgano y Piano)
  • Conjunto (Bajo eléctrico, Flauta de Pico, Guitarra eléctrica)
  • Listados Banda y Orquesta (alumnos de especialidades de arpa, cuerda, percusión y viento)
  • Optativas (todos) En ningún caso se podrá cursar la misma optativa en 5.º y 6.º de EEPP .

Matrícula curso 2024-25

General

Calendario de matrícula

Introducción. Listado definitivo de alumnado de enseñanzas elementales con día y hora de automatrícula.

El día 9/07/2024 se enviaron usuario y contraseña para la automatrícula de alumnos de EEEE del Centro a través del email que figura en ITACA como principal.

Introducción. Listado definitivo de alumnado de enseñanzas profesionales con día y hora de automatrícula. Enviadas las claves para la matrícula telemática de los alumnos de EEPP el 26/07/2024.

Listado de alumnado procedente de las pruebas de acceso EP (primera convocatoria) con plaza. (Enviadas las claves para la matrícula telemática de estos alumnos el 26/07/2024)

Listado de alumnado procedente de las pruebas de acceso EP (segunda convocatoria) con plaza. (Enviadas las claves para la matrícula telemática de estos alumnos el 16/08/2024)

Listado que convoca con día y hora para formalizar matrícula al nuevo alumnado admitido de ingreso a 1º de EEEE (alfabéticosegún normativa) y acceso a 2º, 3º y 4º de EEEE (se llamará a medida que haya vacantes). Enviadas las claves para la matrícula telemática de estos alumnos.

Enviadas las claves para la matrícula telemática de los primeros 32 alumnos de ingreso a 1º de EEEE que estaban en espera.

Enviadas el 27 de septiembre las claves para la matrícula telemática de los siguientes 14 alumnos de ingreso a 1º de EEEE que estaban en espera.

Enviadas el 1 de octubre las claves para la matrícula telemática de los siguientes 9 alumnos de ingreso a 1º de EEEE que estaban en espera.

Enviadas el 7 de octubre las claves para la matrícula telemática de los siguientes 7 alumnos de ingreso a 1º de EEEE que estaban en espera.

Enviadas el 10 de octubre las claves para la matrícula telemática de los siguientes 10 alumnos de ingreso a 1º de EEEE que estaban en espera.

Enviadas el 14 de octubre las claves para la matrícula telemática de los siguientes 7 alumnos de ingreso a 1º de EEEE que estaban en espera.

Enviadas el 16 de octubre las claves para la matrícula telemática de los últimos alumnos de ingreso a 1º de EEEE que estaban en espera.

Incidencias en matrícula telemática:  matricula@cpmvalencia.com

Incidencias en listados: secretaria @cpmvalencia.com

Instrucciones de Matrícula en la aplicación telemática

Tasas e información matrícula

Carga lectiva por especialidad, enseñanzas y curso

Horarios provisionales curso 2024-25

Solicitud de reserva de calificaciones para asignaturas ya aprobadas

(Los alumnos que repiten curso y tienen asignaturas ya aprobadas que no desean volver a cursar deberán rellenar este formulario y marcar en la aplicación de matrícula dichas asignaturas como “aprobada con anterioridad”, aunque en el 046 tendrán que ser incluidas y pagadas nuevamente (salvo en 4º de EEEE ó 6º de EEPP). También es de aplicación para la asignatura de «piano complementario» de alumnos de Piano que cursan doble especialidad y deben, por tanto, matricularse de dicha asignatura a partir de 2º de EEPP.).

Solicitud de evaluación anticipada por PAU o acceso a conservatorios superiores

Solicitudes de cambios (deben enviarse desde el momento en que surja la necesidad de cambio, ya que se atenderán por orden de llegada y según justificación):

Enseñanzas Elementales

1º de EEEE

  • Instrumento (todos)
  • Lenguaje musical (todos)
  • Coro (todos)

3º y 4º de EEEE

  • Instrumento (todos)
  • Lenguaje musical (todos)
  • Coro (todos)
  • Conjunto (todos)

Enseñanzas Profesionales

1º y 2º de EEPP

  • Instrumento (todos)
  • Lenguaje Musical (todos)
  • Conjunto (Bajo eléctrico, Clave, Flauta de Pico, Guitarra eléctrica, Guitarra, Órgano y Piano)
  • Listados Banda y Orquesta (alumnos de especialidades de arpa, cuerda, percusión y viento)

2º de EEPP

  • Instrumento (todos)
  • Lenguaje Musical (todos)
  • Piano complementario (todos)
  • Conjunto (Bajo eléctrico, Clave, Flauta de Pico, Guitarra eléctrica, Guitarra, Órgano y Piano)
  • Listados Banda y Orquesta (alumnos de especialidades de arpa, cuerda, percusión y viento)

3º y 4º de EEPP

  • Instrumento (todos)
  • Armonía (todos)
  • Piano complementario (todos)
  • M. Cámara (todos, salvo Bajo eléctrico y Guitarra eléctrica)
  • Coro (Bajo eléctrico, Clave, Flauta de pico, Guitarra eléctrica, Guitarra, Órgano y Piano)
  • Conjunto (Bajo eléctrico, Guitarra eléctrica)
  • Listados Banda y Orquesta (alumnos de especialidades de arpa, cuerda, percusión y viento)

5º y 6º de EEPP

  • Instrumento (todos)
  • Análisis (todos)
  • Historia de la música(todos)
  • M. Cámara (todos, salvo Bajo eléctrico y Guitarra eléctrica)
  • Acompañamiento (Bajo eléctrico, Clave, Guitarra eléctrica, Guitarra, Órgano y Piano)
  • Conjunto (Bajo eléctrico, Flauta de Pico, Guitarra eléctrica)
  • Listados Banda y Orquesta (alumnos de especialidades de arpa, cuerda, percusión y viento)
  • Optativas 2024-25 (todos) En ningún caso se podrá cursar la misma optativa en 5º y 6º.

Convalidaciones

Convalidaciones Música

Real Decreto 14/2023, de 17 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza.

Renuncia a matrícula

ORDEN 8/2026, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, por la que se regula el proceso de admisión a las enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza en la Comunitat Valenciana.

Artículo 25. Renuncia y baja de matrícula

  1. Procedimientos de interrupción de estudios.
    El alumnado, o sus representantes legales cuando sea menor de edad, podrá interrumpir sus estudios una vez iniciado el curso académico mediante dos procedimientos: renuncia de matrícula o baja de matrícula, según el momento y las circunstancias de la solicitud.
  2. Tipos de interrupción de estudios y sus efectos.
    a) Renuncia de matrícula.
    Se considera renuncia de matrícula la solicitud voluntaria de anulación presentada hasta el 30 de noviembre del curso académico.
    La solicitud deberá presentarse ante la dirección del conservatorio o centro autorizado, mediante el formulario habilitado en la página web de la conselleria competente, y entregarse en la secretaría del centro.
    La resolución corresponderá a la persona titular de la dirección del centro y será notificada a la persona interesada.
    La aceptación de la renuncia implica:
    1.º Que el curso escolar no computará a efectos de permanencia.
    2.º La pérdida de la condición de alumno o alumna oficial del centro.
    3.º La anulación de cualquier evaluación parcial realizada.
    4.º La constancia de esta circunstancia en el expediente mediante diligencia.
    5.º Su consideración como curso no matriculado a efectos de readmisión.
    b) Baja de matrícula.
    Se considera baja de matrícula toda solicitud de anulación presentada después del 30 de noviembre, salvo los casos excepcionales regulados en el apartado 3 de este artículo.
    Las bajas de matrícula computarán como convocatorias agotadas y afectarán al límite de permanencia. Esta circunstancia se reflejará en el expediente académico mediante la correspondiente diligencia.
  3. Renuncia de matrícula fuera de plazo por causas excepcionales.
    Excepcionalmente, podrá autorizarse la renuncia de matrícula después del 30 de noviembre por causa de fuerza mayor, tales como enfermedad grave u otras circunstancias debidamente justificadas que impidan el normal desarrollo de las enseñanzas.
    La solicitud deberá presentarse antes de la finalización de la evaluación final ordinaria, y la resolución corresponderá a la dirección territorial competente.
  4. Renuncia o baja en caso de matrícula en varias especialidades.
    El alumnado matriculado en dos o más especialidades podrá solicitar la renuncia o la baja de matrícula de manera independiente para cada una de ellas.
  5. Efectos económicos de la renuncia y la baja.
    En ningún caso la renuncia ni la baja de matrícula darán derecho a la devolución de las tasas abonadas.

Cambio de instrumento y doble instrumento

Procedimiento y calendario

Normativa que lo regula

ORDEN 8/2026, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, por la que se regula el proceso
de admisión a las enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza en la Comunitat Valenciana.

Artículo 14. Cambio de especialidad en las enseñanzas elementales de Música

  1. El alumnado que haya finalizado y superado el primer curso de las enseñanzas elementales de Música y desee
    cambiar de especialidad podrá hacerlo promocionando a segundo curso y sin necesidad de realizar una prueba de acceso. El
    alumnado en esta situación podrá solicitar el cambio de especialidad en el plazo establecido a tal efecto por la conselleria
    competente en materia de educación y acceder a las plazas vacantes siguiendo el orden de adjudicación establecido en los
    artículos 18 y 19 de esta orden, siendo ordenado en función de la nota media de su expediente académico. En caso de
    obtener plaza en la nueva especialidad, deberá formalizar matrícula del segundo curso completo y, adicionalmente, del
    primer curso de la asignatura de instrumento correspondiente, que tendrá la consideración de asignatura pendiente.
  2. El cambio de especialidad en supuestos diferentes al descrito en el punto anterior se efectuará mediante la
    correspondiente prueba de acceso a la nueva especialidad. Las personas aspirantes podrán solicitar la exención de la parte
    teórico-práctica de la prueba, siempre que tengan superadas las materias correspondientes del curso anterior al que se
    solicita el acceso. En tal caso, la calificación final de la prueba de acceso se corresponderá exclusivamente con la obtenida
    en el apartado de la prueba realizada. Esta calificación será la que se utilice para determinar su posición en el orden de
    adjudicación de plazas vacantes.

Readmisiones

Calendario

Normativa

ORDEN 8/2026, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, por la que se regula el proceso de admisión a las enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza en la Comunitat Valenciana.

Artículo 12. Readmisión

  1. Podrá solicitar la readmisión en el centro aquel alumnado que haya permanecido, como máximo, un curso académico sin formalizar matrícula, siempre que no haya agotado el límite de permanencia en el curso ni en las enseñanzas correspondientes y no se le haya concedido previamente una readmisión en la misma especialidad.
  2. El curso académico en el que el alumnado no haya estado matriculado no computará a efectos del límite de permanencia.
  3. El alumnado que renuncie a su matrícula, conforme a lo establecido en el artículo 25 de esta orden, será considerado como no matriculado en el curso lectivo a efectos del cómputo para la readmisión.
  4. La readmisión podrá concederse una sola vez a lo largo del conjunto de las enseñanzas elementales y profesionales de Música o de Danza.
  5. El alumnado que cumpla las condiciones de readmisión podrá presentar la solicitud correspondiente en el centro, siguiendo el calendario establecido.
  6. Las solicitudes de readmisión dentro de cada nivel de prioridad se ordenarán de acuerdo con los criterios especificados en los artículos 18 y 19 de esta orden. El alumnado que no pueda ser readmitido en el centro por falta de vacantes disponibles podrá presentar solicitud de readmisión en otro centro, en la correspondiente fase del proceso de admisión.
  7. En caso de ser readmitido, el alumnado podrá matricularse en el curso y la especialidad que le corresponda.
  8. No se considerará readmisión la solicitud presentada tras el abandono de estas enseñanzas sin haber superado ningún curso.
  9. En caso de no cumplirse debidamente las condiciones establecidas en el presente artículo para la readmisión, las personas interesadas en reanudar estas enseñanzas deberán realizar nuevamente la prueba de acceso, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.

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