Desde que la derogación del Decreto 39/2008 sobre la convivencia escolar, cuando el alumnado quiere ejercer su derecho de inasistencia a clase, debe seguir lo indicado en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, del Derecho a la Educación.
Amparándonos en esta legislación vigente, el protocolo que deben seguir para poder ejercer dicho derecho lo pueden consultar en el siguiente enlace: