CRITERIO ESPECÍFICO. ADMISIÓN ESO Y BACHILLERATO 2025-26
El acuerdo del Consejo Escolar del IES Vicente Verdú de 3 de marzo de 2025, con la aprobación de la Dirección General de Centros de la Conselleria de Educación [enlace] establece:
En la admisión a los niveles educativos de ESO y Bachillerato se otorga 1 punto por circunstancia específica en cualquiera de los siguientes supuestos:
CIRCUNSTANCIA ESPECÍFICA | DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA |
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Que se haya solicitado el centro en primera opción. | Solicitud de admisión |
Existencia de hermanos o hermanas u otros niños, niñas o adolescentes integrantes de la familia de acogida o guardadora con fines de adopción, matriculados en el centro. | Solicitud de admisión¹ |
Simultaneidad con enseñanzas profesionales de música o de danza. | Declaración responsable² En el momento de la matrícula la persona interesada deberá aportar: certificado de matrícula expedido por el centro oficial donde se cursen las enseñanzas de música o danza |
Alumnado que ha cursado 4º de ESO en el propio centro y solicite admisión de bachillerato | Solicitud de admisión |
¹ Artículo 30 de la Orden 8/2024. En el caso en que los apellidos no fuesen coincidentes, en el momento de efectuar la matrícula, la persona interesada deberá aportar el libro de familia, certificado del registro civil o sentencia por la que se adjudique la tutela, o en los casos de acogimiento familiar y guarda con fines de adopción, mediante los documentos que se especifican en el apartado 1 del artículo 29 de esta orden.
² Artículo 29 de la Orden 8/2024. 6. La simultaneidad de enseñanzas regladas de música o de danza y enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato se acreditará con un certificado de matrícula expedido por el centro oficial donde se cursen las enseñanzas de música o danza y que se presentará en el momento de la matrícula de la persona interesada.