
PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 2020
PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
2020
La RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2020, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, convoca las pruebas de acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional. A continuación, extraemos y resumimos algunos de los puntos que consideramos más relevantes.
HORARIO PRUEBAS ACCESO

Enlaces a la página web de Conselleria de Educación, Cultura y Deporte
• Presentación y Calendario Pruebas de Acceso 2020:
http://www.ceice.gva.es/es/web/formacion-profesional/presentacion-y-calendario
• Solicitud de inscripción para hacer la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=1909
• Solicitud de inscripción para hacer la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=836
• Normativa:
http://www.ceice.gva.es/es/web/formacion-profesional/normativa1
CALENDARIO
CONDICIONES DE ACCESO
Todas las personas que no reúnan los requisitos académicos de acceso directo a un ciclo formativo, podrán concurrir a las pruebas de acceso siempre y cuando cumpla las siguientes condiciones:
- Pruebas de grado medio: tener 17 años de edad o cumplirlos durante el año 2020.
- Pruebas de grado superior: tener 19 años de edad o cumplirlos durante el año 2020. Las personas que acrediten estar en posesión de un título de técnico/a de Formación Profesional podrán presentarse a las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior cuando tengan como mínimo 18 años cumplidos en el año de realización de la prueba, teniéndose en cuenta el resultado de la prueba únicamente a efectos de admisión a ciclos formativos de grado superior cuando optaren por participar en el proceso de admisión por el cupo correspondiente a prueba de acceso y otras vías de acceso.
VALIDEZ Y EFECTOS
• El certificado que acredita haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional tiene validez en todo el territorio nacional.
• La superación de las pruebas permitirá el acceso a los ciclos formativos a quienes no cumplan los requisitos académicos de acceso directo. Para este alumnado, los centros reservarán un cupo del 20% de las plazas vacantes, cupo que podrá ampliarse en caso de que no hubiese suficientes solicitudes por parte del alumnado que concurra por otros cupos de acceso.
• Estar en posesión del certificado de superación de la prueba de acceso no implica la admisión automática de los candidatos para cursar las enseñanzas correspondientes. Los aspirantes que superen la prueba de acceso deberán haber formalizado la solicitud de admisión en el centro educativo donde quieran realizar el ciclo formativo en los periodos que para ello se establezcan y, caso de ser admitidos, formalizar la matrícula en los plazos establecidos.
• Las personas que hubieran superado la prueba de acceso en convocatorias anteriores y no cumplan los requisitos de acceso por los cupos de acceso directo, podrán optar directamente al cupo del 20% de las plazas previsto para prueba de acceso y otras vías de acceso, dentro del plazo previsto para la solicitud de plaza para los ciclos formativos. En este caso, las solicitudes se baremarán junto a las presentadas por quienes hayan superado las pruebas en la convocatoria actual.
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN (desde el 25 de mayo hasta el 29 de mayo)
Las solicitudes de inscripción se presentarán, en los plazos indicados en el anexo I de esta resolución (desde el 25 de mayo hasta el 29 de mayo).
La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, ante la situación actual originada por el COVID-19, y con la finalidad de evitar desplazamientos para presentar las solicitudes en los centros docentes, ha habilitado la posibilidad de remitir dichas solicitudes por correo electrónico a la secretaria de los centros docentes especificados en el apartado sexto de esta resolución.
En los anexos X y XI de esta resolución se detallan, respectivamente, los centros docentes examinadores de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior, así como la dirección y el correo electrónico del centro, mediante el cual las personas interesadas enviarán la solicitud, así como la documentación oportuna.
Grado medio:
http://www.ceice.gva.es/documents/161863064/169803855/CentrosPruebasAcceso2020_GM
Grado superior:
http://www.ceice.gva.es/documents/161863064/169803855/CentrosPruebasAcceso2020_GS
Junto con la solicitud, los aspirantes o su representante legal deberán presentar:
• En el caso de ser menor de 18 años alguno de los siguientes documentos:
– DNI.
– Tarjeta de identidad de extranjero, expedida por la comisaría de policía u oficina de extranjeros.
– Certificado de empadronamiento en un municipio.
– Visado de estudios o tarjeta de estudiante extranjero.
• En el caso de ser mayor de 18 años alguno de los siguientes documentos:
– DNI.
– Tarjeta de identidad de extranjero, expedida por la comisaría de policía u oficina de extranjeros.
– Visado de estudios o tarjeta de estudiante extranjero.
• Declaración responsable de que no se reúnen los requisitos de acceso directo por otros cupos, y de que, si en el momento de formalizar la matrícula al ciclo reunieran tales requisitos, renunciarían al acceso por prueba, aún en el caso de haberla superado.Aquellas personas que estén en posesión del título de Técnico/a de Formación Profesional podrán presentarse a las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior, teniéndose en cuenta el resultado de la prueba, únicamente a efectos de admisión y en este caso no presentarán la declaración responsable mencionada en el párrafo anterior.
• Justificante de haber pagado la tasa correspondiente.
• En su caso, la documentación justificativa relacionada en el apartado octavo y catorce de esta resolución (documentación justificativa referida a motivos de exención de alguna parte o apartado de las pruebas, la superación de un programa de cualificación profesional inicial o de un ciclo formativo y exención por experiencia laboral).Si la documentación no se entrega en el plazo señalado al efecto, no se tendrán en cuenta los méritos o motivos de exención indicados.
Toda la documentación deberá ser enviada debidamente firmada (a mano o electrónicamente) y, en formato electrónico, mediante un único correo electrónico al centro docente en el que desea hacer la prueba, en el que indicarán en el asunto del mismo las siglas PAC seguidas del nombre y apellidos de la persona solicitante. Dicha documentación se encuentra disponible en el siguiente enlace:
http://www.ceice.gva.es/es/web/formacion-profesional/presentacion-y-calendario
Abierto plazo de matrícula para ESO y Bachillerato para el curso 2020-21
Este curso, el proceso de matrícula va a realizarse on line mediante unos formularios que recibiréis por web familias. El plazo será del día 16 al 22 de Mayo. Para la documentación posterior que sea necesario presentar, os informaremos del procedimiento cuando dispongamos de la información.
(Además de este proceso, el alumnado de 1º ESO, el de 1º de Bachillerato, y el alumnado de nueva incorporación al centro, tendrán que hacer también el proceso de admisión).
Para el alumnado de FPB y ciclos medio y superior ya matriculado en el centro el curso 19-20; el proceso de matriculación será automático)
Directrices curso 2019-20
Estimadas familias:
Os hacemos llegar, ahora que ya son definitivas, las novedades que afectan al presente curso escolar y al próximo.
La siguiente legislación es la que establece el marco y las directrices de actuación a desarrollar durante el tercer trimestre del curso 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021, ante la situación de crisis ocasionada por la COVID-19.
- Orden EFP/365/2020, de 22 de abril
- Resolución de 4 de mayo de la Secretaría Autonómica de Educación y Formación Profesional
Las calificaciones finales del presente curso van a obtenerse de la siguiente manera:

DIRECTRICES COMUNES AL ALUMNADO DE TODOS LOS CURSOS:
Se podrá promocionar de curso con materias no superadas, pero esto no significa que estén aprobadas. El curso próximo, deberán seguir programas de refuerzo para superarlas.
Se podrá repetir curso, cuando se den las circunstancias que marca la legislación vigente. Estas decisiones serán tomadas por los equipos docentes de forma colegiada en todos los niveles.
El alumnado que tenga suspendida alguna de las anteriores evaluaciones, o las dos, dedicará este tercer trimestre a consolidar y repasar esos contenidos, y podrán aprobarse si se logra alcanzar los criterios que cada materia establezca para ello, siguiendo las directrices del profesorado.
La tercera evaluación tiene un carácter diferente y servirá para mejorar pero no para empeorar los resultados obtenidos en las dos primeras evaluaciones. Valorará la ACTITUD, ESFUERZO y TRABAJO del alumnado durante la enseñanza no presencial. Os adjuntamos el modelo de rúbrica con el cuál vamos a valorar la actitud, trabajo y esfuerzo de vuestros hijos e hijas durante este período. También desde las tutorías van a recibir toda la información al respecto.

Es importante insistir en estos aspectos porque, previsiblemente el curso próximo, parte del horario lectivo de vuestras hijas e hijos seguirá siendo no presencial, por lo que es fundamental que, tanto desde las familias como desde el IES hagamos todo lo posible por potenciar su autonomía, su capacidad de organización del trabajo tanto presencial como online y el mantenimiento de los hábitos de estudio, para que puedan continuar de la mejor manera su trayectoria escolar.
1º, 2º y 3º ESO
No tendrán este curso evaluación extraordinaria. Las evaluaciones suspendidas hasta ahora se pueden superar en este tercer trimestre si se logran los criterios que cada materia estable para su recuperación. Hay que seguir las indicaciones del profesorado.
Se podrá promocionar de curso con asignaturas evaluadas negativamente.
Promocionar con materias no superadas no significa aprobarlas. El curso próximo, deberán seguir programas de refuerzo para superarlas.
También es posible la repetición de curso en determinados casos, tal como marca la legislación.
Todas estas decisiones serán tomadas, de manera colegiada, por los equipos docentes de cada grupo en la evaluación final.
4º ESO
Será posible titular con materias no superadas.
Tras la evaluación final, los equipos docentes decidirán de manera colegiada, el alumnado que titula o que debería de presentarse a la evaluación extraordinaria.
Dicha evaluación extraordinaria tiene carácter voluntario para el alumnado y no podrá empeorar los resultados de la evaluación final, pero sí mejorarlos.
Conviene insistir, especialmente en 4 ESO, en la importancia de mejorar la nota final mediante la tercera evaluación y la evaluación extraordinaria, especialmente en el caso de quienes tengan pensado matricularse en ciclos formativos, dado que hay listas de espera y se decide la admisión por la nota en muchos casos.
1º Bachiller
Se podrá promocionar de curso con materias no superadas.
Se mantiene la evaluación extraordinaria, que será voluntaria para el alumnado.
Esta evaluación no podrá empeorar los resultados obtenidos en la final, pero sí mejorarlos.
Promocionar con materias no superadas no significa aprobarlas. El curso próximo, deberán de seguir programas de refuerzo para superar dichas materias.
Es importante insistir en que el trabajo, el esfuerzo y el interés mostrados en esta tercera evaluación contribuyen a mejorar la nota final, aspecto que en Bachillerato es muy conveniente por las implicaciones que tiene en la progresión de sus estudios.
2º Bachiller
Será posible titular con materias no superadas.
Se mantiene la evaluación extraordinaria, que será obligatoria para el alumnado con materias no superadas.
Esta evaluación no podrá empeorar los resultados obtenidos en la final, pero sí mejorarlos.
El alumnado que no titule, podrá optar por matricularse el curso próximo sólo de las materias no superadas o repetir el curso completo.
Es importante insistir en que el trabajo, el esfuerzo y el interés mostrados en esta tercera evaluación contribuyen a mejorar la nota final, aspecto que en Bachillerato es muy conveniente por las implicaciones que tiene en la progresión de sus estudios.
Medidas Covid-19 ámbito educativo
Publicación del Ministerio de Educación y Formación Profesional donde se recoge la normativa estatal que afecta al ámbito educativo y otras normas, acuerdos y materiales educativos que van apareciendo a instancias del Ministerio.
El centro permanecerá cerrado
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara en el estado de Alarma para la gestión de la de la situación de crisis Sanitaria ocasionada por el COVID-19, en su Disposición Adicional Tercera, dispone: “Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
Correo electrónico de contacto: dudas@iesleliana.net
Plan Mulan de Consellería
Toda la información sobre el plan de actuación de Consellería de Educación durante el estado de alarma.




