Departamento de FCT

La Formación en Centros de Trabajo  es un módulo fundamental en el   el proceso de enseñanza aprendizaje del alumnado de ciclos. Sirven para poner en práctica los conocimientos que los estudiantes han ido adquiriendo en los distintos módulos que componen el ciclo formativo que están cursando y  ayudan a nuestro alumnado a tener una visión mucho más práctica de los estudios que están a punto de finalizar.  Desde el IES «El Palmeral» se ha hecho un gran esfuerzo para que nuestro alumnado cuente con una amplia oferta de empresas dispuestas a acogerlos para el desempeño de las prácticas.

¿En qué consiste este módulo?

 La Formación en Centros de Trabajo (FCT) es un módulo obligatorio en todos los Ciclos Formativos de  Grado Medio y Superior de Formación Profesional, así como en la Formación Profesional Básica. A través del mismo,  el alumnado realiza prácticas en empresas del sector al que pertenece su ciclo.   Uno de los aspectos más destacables de la realización de este módulo es que se consigue que el alumno tenga una visión real del funcionamiento de las empresas.

¿Cuándo se realiza?

La FCT  se puede realizar a lo largo del curso escolar en dos periodos:

  • Primer Periodo:   durante el tercer trimestre, de marzo a junio,  del segundo curso.
  • Segundo Periodo: desde mediados de septiembre hasta mediados de diciembre, es decir, primer trimestre después de finalizado el segundo curso. Este segundo periodo está previsto para el alumnado que no puede realizar su FCT en el primer periodo o que no ha podido finalizarlas en el primer periodo.

Exención del módulo de FCT

Se podrá solicitar  la exención total o parcial de la FCT, siempre que se acredite al menos un año o su equivalente a tiempo parcial, de experiencia laboral desarrollada en un campo profesional directamente relacionado con el ciclo formativo.  La documentación a presentar para la solicitud de exención será la siguiente:

  • Instancia de solicitud (cumplimentar e imprimir)https://ceice.gva.es/documents/161863053/164616923/ANEXO+VII/
  • Certificado de vida laboral
  • Certificación académica oficial
  • Fotocopia del DNI / NIE
  • Certificación de la empresa donde se haya adquirido la experiencia laboral, donde conste expresamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, la experiencia laboral se acreditará mediante una certificación de alta en el censo de obligados tributarios.

 

 

 

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