ESO Educación Secundaria Obligatoria

Con la entrada en vigor de la LOMCE, la Educación Secundaria Obligatoria queda dividida en dos etapas:

  • Primer Ciclo: 1º, 2º y 3º de ESO. ( Con un 1º Prurilingüe Inglés | Valenciano | Castellano)
  • Segundo Ciclo: 4º de ESO, con un carácter preparatorio, bien hacia Bachillerato (si se opta por Enseñanzas Académicas), bien hacia Formación Profesional (si se opta por Enseñanzas Aplicadas).

La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria será continua, formativa e integradora.

El alumnado promocionará de curso cuando haya superado todas las materias cursadas o tenga evaluación negativa en dos materias como máximo, siempre que no sean Lengua Castellana o Lengua Valenciana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea, y repetirá curso cuando tenga evaluación negativa en tres o más materias.

A estos efectos, solo se computarán las materias que como mínimo los estudiantes deben cursar en cada uno de los bloques. De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción del alumnado con evaluación negativa en tres materias cuando se den ciertas condiciones. Las decisiones a este respecto serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto del profesorado de los alumnos y alumnas, atendiendo al logro de los objetivos y al grado de adquisición de las competencias correspondientes.

Se podrá repetir el mismo curso una sola vez, y dos veces como máximo dentro de la etapa.

Al finalizar cuarto de la ESO, el alumnado realizará una evaluación individualizada por la opción de enseñanzas académicas o por la de enseñanzas aplicadas, en la que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes.

La prueba de evaluación podrá realizarse por cualquiera de las dos opciones, con independencia de la opción cursada en cuarto curso, e incluso será posible presentarse por ambas opciones en la misma ocasión. Podrán presentarse a esta evaluación aquellos alumnos y alumnas que hayan obtenido evaluación positiva en todas las materias, o negativa en un máximo de dos materias siempre que no sean simultáneamente Lengua Castellana o Valenciana y Literatura y Matemáticas Es competencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecer para todo el sistema educativo español los criterios de evaluación y las características generales de las pruebas, así como diseñar su contenido para cada convocatoria.

TÍTULO DE GRAUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Para obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, será necesario obtener una nota igual o superior a 5, tanto en la evaluación final, como en la nota media obtenida en la etapa.

El título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria permitirá acceder a las enseñanzas postobligatorias, de acuerdo con los requisitos que se establecen para cada enseñanza.

El alumnado que curse Educación Secundaria Obligatoria y no obtenga el título recibirá una certificación oficial en la que constará el número de años cursados, así como el grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes.

Las Administraciones educativas podrán establecer medidas de atención personalizada dirigidas a aquellos alumnos y alumnas que, habiendo superado todas las materias de Educación Secundaria Obligatoria, no hayan obtenido el título por no haber superado la evaluación final.

PRGRAMA DE ACTUACIÓN PARA LA MEJORA (PMAR)

La incorporación de un alumno a un Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR de 2º y 3º ESO) deberá hacerse tras haber agotado otras medidas de atención a la diversidad de carácter más general y cuya aplicación haya sido insuficiente para conseguir un adecuado progreso del alumno o alumna por motivos no imputables a la falta de trabajo y estudio.

Dentro de este programa se incluye el Taller de Refuerzo matemático-cientifico-tecnológico cofinanciado por el MEC dentro de las actuaciones Proeduca. Podrán participar en estos programas (previa aprobación del Consejo Evaluador, Departamento de Orientación y de la Directiva) los alumnos o alumnas que hayan repetido, al menos, un curso en cualquier etapa, y que una vez cursado el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria no estén en condiciones de promocionar al segundo curso, o que una vez cursado segundo curso no estén en condiciones de promocionar a 3º de ESO.

Aquel alumnado que, habiendo cursado tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria, no se halle en condiciones de promocionar a cuarto curso, podrán incorporarse excepcionalmente a un Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento para repetir tercer curso, siempre que no hayan repetido dicho curso con anterioridad. De manera general (salvo excepciones) los Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento tendrán una duración de dos años y que se cursarán en 2º y 3º de ESO.

Los alumnos que finalicen 3º de PMAR promocionarán al Programa de Refuerzo de 4º (PR4) si han superado todos los ámbitos y materias que integran el mismo, obteniendo el título de la ESO (lo cual constará en su expediente académico) una vez superada la evaluación final de la Educación Secundaria Obligatoria (previa aprobación del consejo evaluador de cada grupo) o pudiendo acceder a un Grado Medio.

Se incluyen, del mismo modo, en el PAM elaborado por el centro los siguientes instrumentos de mejora: preparación para la Prueba de Acceso a Ciclos Formativos, horas de refuerzo en horario vespertino para Lengua Castellana, Matemáticas e Inglés, PMAR de 2º ESO, 3º ESO y PR4º ESO, además de FP Básica de Electricidad, Automoción y una FP Básica de 2ª oportunidad dirigida a los ciclos de Construcción y Reformas en horario vespertino.