RECONOCIMIENTO DEL NIVEL DE VALENCIANO | |
MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA DE LENGUAS | REQUISITOS |
A2 | El alumnado que supere el área de valenciano los seis cursos de la Educación Primaria |
B1 | El alumnado que supere la materia de valenciano los cuatro cursos de Educación Secundaria Obligatoria. |
El alumnado que supere la materia de valenciano, al menos, tres cursos de la Educación Secundaria Obligatoria y el primer curso de Bachillerato. | |
B2 | El alumnado que supere la materia de valenciano los dos cursos de Bachillerato. |
C1 | El alumnado de Bachillerato que, habiendo superado la materia de valenciano los dos cursos de Bachillerato, disponga de una calificación media entre ambos cursos igual o superior a 7. |
Tendrá derecho el alumnado que obtenga una calificación igual o superior a 7 puntos en la prueba correspondiente a la materia de valenciano en las pruebas o evaluaciones que se realicen a los efectos de admisión a la universidad. |
La certificación de niveles de referencia de valenciano, producirá efectos para todo el alumnado que hubiese finalizado las correspondientes etapas educativas:
- En educación secundaria obligatoria y formación básica de personas adultas, el alumnado que hubiese concluido dicha etapa a partir del curso escolar 2008-2009, inclusive.
- En bachillerato, el alumnado que hubiese concluido dicha etapa a partir del curso escolar 2009-2010, inclusive.
¿Qué tienes que hacer para que te reconozcan y certifiquen los títulos de valenciano?
Supuesto 1: Reconocimiento, certificación y registro del nivel de valenciano del alumnado que haya cursado estudios hasta el curso académico 2023-2024 inclusive y en cursos académicos anteriores.
El procedimiento de expedición se iniciará por las personas interesadas, o bien por sus representantes legales si estas son menores de edad, mediante el trámite telemático habilitado al efecto en la sede electrónica de la Generalitat, disponible en:
Solicitud para el título: CLICK AQUÍ
Supuesto 2: Reconocimiento, certificación y registro del nivel de valenciano del alumnado que curse estudios a partir del curso académico 2024-2025 inclusive.
El procedimiento de expedición de los certificados de conocimientos de valenciano del alumnado se iniciará de oficio por el centro, de titularidad pública o privada, donde el alumnado haya cursado sus estudios.