
CONVALIDACIONES. INFORMACIÓN GENERAL
INFORMACIÓN Y NORMATIVA
Toda la información relativa a convalidaciones está disponible en la WEB de CONSELLERIA
NOTA: Mientras no se resuelvan las peticiones, el alumnado asistirá a las actividades de formación de los módulos profesionales cuya convalidación ha solicitado.
La solicitud de CONVALIDACIÓN DE MÓDULOS al Ministerio de Educación POR TENER ESTUDIOS UNIVERSITARIOS, se gestionan en Secretaría.
Aportar:
- Solicitud de convalidación
- Título académico / Certificado académico
- Guía docente / Programa de la carrera universitaria, sellado por la universidad
EQUIVALENCIAS DE TÍTULOS DE FP: https://www.todofp.es/equivtitulos/ServletEquivTitulos
CÓMO TRAMITAR LA SOLICITUD DE CONVALIDACIÓN
Pasos:
- Cumplimentar el documento de solicitud de convalidación e imprimirlo.
- Entregarlo en secretaría dentro del plazo junto con la documentación justificativa de la convalidación. (original y copia para su cotejo y entrega)
- ALUMNADO DE SEMIPRESENCIAL: Enviar por correo postal a secretaría el documento de solicitud junto a la documentación justificativa a aportar, debidamente compulsada.
PLAZO DE CONVALIDACIONES
Para el curso 20256/26: entrega de solicitudes desde el día 8 de septiembre hasta el día 3 de octubre.
CALIFICACIÓN DE LOS MÓDULOS CONVALIDADOS
Las solicitudes de convalidación requerirán la matriculación previa en el ciclo formativo.
Los módulos que tengan los mismos códigos, las mismas denominaciones, capacidades terminales o resultados de aprendizaje, contenidos y duración serán considerados módulos idénticos, independientemente del ciclo formativo al que pertenezcan.
Se trasladarán las calificaciones obtenidas en los módulos profesionales superados a cualquiera de los ciclos en los que estos módulos estén incluidos.
Los módulos profesionales convalidados con estudios universitarios, así como los que se convalidan aportando estudios anteriores a la LOGSE, no llevarán asignada ninguna puntuación. Constarán en el expediente del alumnado como «convalidado» y no computarán a efectos de calcular la nota media del ciclo formativo.
Quien tenga acreditada una unidad de competencia del Catálogo nacional de calificaciones profesionales, mediante cualquier otro título de Formación Profesional, certificado profesional, o parte de estos, o por medio de una acreditación parcial obtenida a través del procedimiento que se establezca, tendrá convalidados los módulos profesionales correspondientes según lo que determine la norma que regule cada título. Los módulos constarán en el expediente del alumnado como «convalidado» y no computarán a efectos de cálculo de la nota media del ciclo formativo
Las convalidaciones de módulos de títulos LOGSE con módulos de títulos LOE se establecen en el Real decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, y en los anexos de los correspondientes reales decretos de cada título que no hayan sido derogados por esta norma.
Para las convalidaciones de módulos de títulos LFP, se estará a lo que dispone la Ley orgánica 3/2022, de 31 de marzo, y su normativa de desarrollo, RD 659/2023.
Las resoluciones de las convalidaciones/aprobados anteriormente se verán en ITACA (Web familia).
EXENCIÓN DE LA FORMACIÓN EN EMPRESA
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CONVALIDACIÓN DE ENSEÑANZAS DEPORTIVAS
Información convalidaciones Consejo Superior de Deportes
Web Consejo Superior de Deportes- Sede electrónica para trámites convalidación
Una vez obtenida la resolución de convalidación se puede solicitar la devolución de tasa de matrícula: Devolución de tasas
