Asociación de alumnas y alumnos
Asociación de alumnas y alumnos
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Definición
a) En la EOI Alicante podrá constituirse una o varias asociaciones de alumnado, antiguo alumnado o asociaciones de alumnado y profesorado de la EOI.
b) Todas las asociaciones de alumnado relacionadas con la EOI, que requieran de sus espacios o realicen actividades para el alumnado del centro al inicio de cada curso deberán entregar por escrito a la Vicedirección: su programación, necesidad de espacios y actividades que ofrecen al alumnado. Esta información será publicada en la web de la EOI.
Finalidad
Las asociaciones de alumnado o alumnado y profesorado podrán:
a) Colaborar en todo tipo de actividades educativas de la EOI y organizar actividades extraescolares y complementarias.
b) Informar a todos los miembros de la comunidad educativa de las actividades que desarrollan.
c) Elevar al Consejo Escolar propuestas para el funcionamiento y actividades de la EOI.
d) Recibir información del consejo escolar sobre temas tratados en su seno.
e) Elaborar informes para el consejo escolar a iniciativa propia o a petición de este.
f) Participar en los procedimientos de evaluacion interna o externa del centro.
g) Colaborar con otras asociaciones o grupos con los mismos fines.
Tipo de actividades
a) Las actividades no podrán ser distintas a las establecidas en el Decreto 126/1986, de 20 de octubre del Consell de la Generalitat Valenciana, en sus Estatutos o aquellas derivadas de los fines que la Ley las asigna como propios.
b) Las asociaciones, siguiendo las directrices del Consejo Escolar, podrán realizar todo tipo de actividades que fomentan y complementan el aprendizaje de idiomas y el conocimiento de los aspectos socioculturales de cada uno de ellos.
b) Los gastos que puedan derivarse de dichas actividades correrán a cargo de las asociaciones organizadoras.
c) Podrán realizarse actividades en colaboración con el equipo directivo del centro, los departamentos, otras asociaciones o grupos de interés común. En todas ellas, se concretará por escrito y de mutuo acuerdo el tipo de colaboración.
Uso de espacios
Las asociaciones de alumnado o alumnado y profesorado podrán utilizar los espacios de la EOI Alicante para las actividades que les sean propias en los siguientes términos:
a) Podrán usar espacios de la EOI, previa conformidad de la dirección del centro, siempre que haya disponibilidad y que las reuniones se circunscriban a los fines propios de la asociación y respeten el normal desarrollo de la actividad docente.
b) Deberán velar por el buen uso de las instalaciones.
c) La EOI podrá exigir a las asociaciones el abono de los gastos derivados del uso de las instalaciones y servicios del centro para el desarrollo de actividades regulares.
d) La asociación de alumnado y profesorado de la EOI tendrá prioridad sobre cualquier otra asociación u organización ajena a la comunidad escolar.
Accesos directos ↓
Horario del centro / Contacto
De lunes a jueves de 8 a 21 horas. Los viernes de 8 a 14 horas.
Marqués de Molins, 56-58, 03004, Alicante (España)
+34 965 93 70 15