Preguntas Frecuentes
¿Qué ventajas supone para la empresa tener alumnos en prácticas?
- Colaborar de forma altruista con la formación de los futuros trabajadores y favorecer el encuentro entre el mundo educativo y empresarial, la empresa está haciendo una labor que sin duda conlleva un factor de prestigio social.
- Tener, a medio plazo y de forma gratuita, un trabajador formado y conocedor de su empresa, al que poder contratar o incorporar a su bolsa de trabajo.
- Aprovechar la oportunidad para profundizar en los aspectos relacionados con la formación de sus trabajadores.
¿Tiene que pagar la empresa a los alumnos en prácticas?
No, el alumno está terminando su formación y no tiene la consideración de trabajador.
¿Tienen los alumnos algún seguro?
Sí, disfrutan del seguro escolar que les da cobertura en el caso de accidentes ocurridos durante su estancia en la empresa, así como en los desplazamientos a la misma, además de la póliza adicional que pueda suscribir la Consejería de Educación como seguro adicional para mejorar las indemnizaciones en los casos de incapacidad, fallecimiento, daños a terceros y daños materiales.
¿Cuántos alumnos puede tener la empresa a la vez?
Aunque no existe límite en cuanto a número, la empresa siempre debe garantizar una correcta estancia de los alumnos en prácticas, de manera que dispongan de espacio suficiente y se cumplan las normas de seguridad y salud laboral. Además, es necesario que existan personas cualificadas que les dediquen el tiempo adecuado para formarles, coordinarles y evaluarles (los INSTRUCTORES DE EMPRESA) y que se cumpla el PROGRAMA FORMATIVO.
¿Qué hay que hacer para tener alumnos en prácticas?
- En primer lugar el empresario debe evaluar si su empresa tiene capacidad para acoger alumnos en prácticas, es decir, analizar de forma objetiva si su actividad (incluyendo instalaciones, equipos actualizados y personal cualificado) permite la formación en el perfil del puesto de trabajo de los alumnos de la especialidad de FPE que desea acoger. Si el resultado de esta evaluación es favorable, debe ponerse en contacto con el PROFESOR que coordine las prácticas en el Instituto de Enseñanza Secundaria más cercano, en el que se imparta la especialidad que estudien los alumnos que desee acoger.
- En el caso de que desconozca la especialidad adecuada y/o los Institutos en los que se imparte, puede ponerse en contacto con el Departamento de Desarrollo Laboral y Formación de la Cámara de Comercio para que les asesore sobre el centro más inmediato.
¿Cómo se formaliza?
El PROFESOR que coordina las prácticas le presentará un modelo de convenio (denominado concierto específico) que deberán firmar el representante legal de la empresa y el director del Instituto. Sólo es necesario un convenio por empresa, aunque ésta tenga varios alumnos y de especialidades diferentes (por cada alumno en prácticas el profesor cumplimenta un anexo que le entregará a usted). Este convenio no implica relación laboral y puede ser rescindido si una de las partes lo solicita.
Importante: En el caso de una inspección de trabajo, deberá presentar al inspector este convenio y los anexos para justificar que se trata de un alumno y no de un trabajador.
¿Cuánto tiempo debe estar el alumno realizando las prácticas en la empresa?
El plan de estudio de cada especialidad de FPE marca las horas de duración del módulo de FCT, que puede oscilar entre las 380 y 400 horas aproximadamente.
¿Qué horario debe cumplir el alumno en la empresa?
Deberá cumplir el horario establecido para los trabajadores de la empresa, no pudiendo exceder de 9 horas diarias y 40 horas semanales, hasta cumplimentar las que marca el plan formativo.
¿Qué hay que hacer cuando llega el alumno a la empresa?
Para favorecer la adaptación del alumno al entorno de trabajo es recomendable realizar una visita guiada por las instalaciones y las actividades que se realizan en la empresa. Además, resulta conveniente analizar con el alumno el contenido del PROGRAMA FORMATIVO y realizar una puesta en común de los objetivos a lograr, lo que permitirá intercambiar opiniones y conocer las expectativas con las que afrontan la incorporación del alumno a la empresa.
También, se le presentará al resto del personal de la empresa, a la persona a la que debe dirigirse en caso de tener alguna duda o consulta y se le explicarán las normas internas de la empresa.
¿Quién es el profesor coordinador de las prácticas?
Es uno de los profesores del centro educativo al que se ha encomendado la tarea de organizar, formalizar, supervisar, evaluar y calificar la estancia de los alumnos de determinada especialidad de FPE en las empresas.
Va a ser su persona de contacto en el Centro Educativo, la que le presentará el convenio a firmar, con quién deberá consensuar el PROGRAMA FORMATIVO, solucionar cuantas dudas y problemas surjan, además de hacer un seguimiento del alumno mediante visitas periódicas a la empresa y de evaluarle al finalizar su estancia en la empresa.
¿Quién es el Instructor de Empresa?
Es la persona que dentro de la empresa se va a encargar no sólo de formar y acompañar al alumno durante su estancia, sino de, una vez finalizado el período de prácticas, evaluar junto al profesor la permanencia del mismo en la empresa.
Es por ello que se requiere que el instructor o tutor sea un experto conocedor de las tareas y funciones que va a desarrollar el alumno en la empresa y que, además, tenga habilidad para enseñar y tiempo que dedicarle al alumno. Para desarrollar su labor contará con la ayuda del profesor coordinador de las prácticas y del PROGRAMA FORMATIVO.
¿Qué es el Programa Formativo?
Por Programa Formativo se entiende el conjunto de actividades, tanto productivas como formativas, tareas y funciones que debe desarrollar el alumno durante su permanencia en la empresa para adquirir los conocimientos y habilidades complementarios a la formación adquirida en el centro educativo. Es decir, aquellas actividades propias del perfil profesional para el que ha estudiado y que realiza en un puesto acorde a la formación adquirida y siguiendo los parámetros de evaluación previamente establecidos.
Es el profesor coordinador de las prácticas quien propone a la empresa un Programa Formativo genérico, el cual debe ser consensuado y debatido con ésta en función qué tareas y funciones sí va a poder realizar el alumno en la empresa, cuáles no y otras que puedan servirle para completar su formación, es decir, en función de las especificidades de la empresa.
¿Se puede rescindir el Convenio de colaboración?
- Si surge algún conflicto con el alumno en prácticas (impuntualidad, aspecto inadecuado, absentismo, mala actitud hacia el trabajo o los compañeros, …) lo primero que debe hacer el Tutor de Empresa es hablar con el alumno para conocer los motivos que generan este comportamiento, a su juicio, inadecuado.
- A continuación, debe recordarle las normas y condiciones del Programa Formativo y ofrecerle una nueva oportunidad. En caso de repetirse el conflicto debe contactar con el profesor coordinador de las prácticas para intentar buscar una solución conjunta.
- Finalmente, cuando la aplicación de las medidas anteriores no dé los resultados esperados, la empresa puede rescindir el convenio y dar por finalizada la estancia del alumno en prácticas en sus instalaciones.
- Si el trato recibido no es correcto o si las labores encargadas no tienen NADA que ver con el Plan Formativo, el alumno lo debe poner en conocimiento de su Coordinador de Practicas el cual tratará de resolver el problema con la Empresa. Si no existe acuerdo el Centro Escolar puede rescindir el convenio y dar por finalizadas las prácticas en esa Empresa.
¿Cómo contabilizar las horas de tutoría del alumnado en la realización de la FCT?
- Quincenalmente o con la periodicidad que establezca, el tutor/a realizará una jornada en el centro educativo con el alumnado que esté desarrollando el módulo profesional de FCT para realizar actividades de seguimiento, asesoramiento y apoyo. Dichas jornadas habrán de estar incluidas en el programa formativo y la asistencia a las mismas será causa justificada de inasistencia al centro de trabajo ese día.
- El tutor/a podrá estipular tantos contactos telemáticos como considere oportunos con el alumnado y el instructor/a para llevar a cabo el seguimiento de las prácticas.
- Para el seguimiento y comunicación se utilizarán los soportes documentales y telemáticos que proporcione la dirección general competente en materia de Formación Profesional.