Exenciones

Cómo quedar exento/exenta de cursar la FCT-Formación en empresa?

Puedes solicitar la exención  total o parcial del módulo FCT si:

  • Estás matriculado/matriculada en este módulo.
  • Y acreditas una experiencia laboral mínima de un año (atendido el cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el cual estés matriculado/matriculada. Esta experiencia laboral tiene que garantizar que has conseguido los resultados de aprendizaje del módulo FCT recogidos en el Real Decreto (RD) del título en el cual estés.

Cómo se solicita?

-> Tramita la solicitud en la Secretaría del Centro donde estás matriculado/matriculada del módulo.

-> Dirige la solicitud al Director o Directora del centro antes de la fecha de inicio de la FCT.

-> Atiende los plazos fijados por la administración educativa competente.

-> Recopila la documentación necesaria y entrégala en Secretaría.

Qué documentación necesito?

Tienes que adjuntar la siguiente documentación (además de aquella específica que te solicitan o que consideras necesaria):

  • Asalariados/as:
    • Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social,TGSS (Vida Laboral), del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la cual estuvieron afiliadas, donde consto la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación, y
    • Contrato de Trabajo o certificación de la empresa donde hayas adquirido la experiencia laboral, en la cual consto específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el cual has realizado esta actividad.
  • Autónomos/as o por cuenta propia:
    • Certificación de la TGSS (Vida Laboral) o del Instituto Social de la Marina de los periodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y
    • Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el cual la has realizado.
  • Voluntarios/as o becarios/as:
    • Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la cual constan, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en que se han realizado y el número total de horas dedicadas a estas.
    • Las administraciones competentes promoverán el establecimiento de un sistema de comunicación electrónica con la TGSS para la transmisión de estos datos.

Cómo se resuelve?

El/la director/a del centro de FP, a la vista del informe valorativo emitido por el equipo docente del ciclo formativo, resolverá tu solicitud sobre la exención total o parcial del módulo FCT conforme al artículo 39 y 40 del Real  decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el cual se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo así como al desarrollo normativo autonómico correspondiente.

Se te comunicará la resolución por escrito antes del inicio del módulo FCT y se incorporará en tu expediente, una vez informado/ debidamente el/la tutor/a del módulo FCT. Cuando la comunicación es positiva indicará si se trata de exención total o parcial y, en este último caso, las actividades a realizar.

Documento Solicitud Exención.

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