ENLACE AL PORTAL DE ADMISIÓN DE LA CONSELLERÍA: AdmiNOVA
INSTRUCCIONES DEL PROCESO DE ADMISIÓN CURSO 2026-27: Página web de Conselleria
¿QUIÉN NECESITA SOLICITAR PLAZA PARA EL CURSO PRÓXIMO EN El IES BELLAGUARDA?
Para 1.º de ESO:
- NO necesita participar en el proceso de admisión: Alumnado de los colegios adscritos: CEIP Altea la Vella, CEIP Garganes y CEIP L’Olla, que han confirmado plaza. El IES Bellaguarda es la continuación natural de estos colegios y tienen la plaza reservada. Solo necesita formalizar la confirmación de plaza escolar, de manera telemática a través de la Secretaría Digital. Puedes acceder desde la página de Admisión de la Consellería (enlace) –> Botón «Confirmar plaza». Dispones de unas instrucciones y un video tutorial. El alumnado que confirme plaza en su centro de adscripción y también participe en el proceso de admisión incurrirá en duplicidad y será excluido del procedimiento.
- SÍ QUE necesita solicitar plaza participando en el proceso de admisión: Alumnado otros colegios y de los colegios adscritos que no hayan confirmado la plaza.
Para cualquier curso de ESO:
- NO necesita participar en el proceso de admisión: Alumnado que está actualmente en el IES La Mola en su lengua base de preferencia. Su plaza está reservada.
- SÍ QUE necesita solicitar plaza participando en el proceso de admisión: Alumnado que actualmente está en otro instituto. Alumnado que quiere ocupar plaza en la otra lengua base.
Para Bachillerato:
- SÍ QUE tiene que solicitar plaza participando en el proceso de admisión: Alumnado que cursa actualmente 4.º de ESO en cualquier centro, incluido el IES Bellaguarda. (Aunque el alumnado del IES Bellaguarda tiene preferencia sobre alumnado procedente otros centros).
- SÍ QUE tiene que solicitar plaza participando en el proceso de admisión: Alumnado que procede de otro centro.
- NO tiene que participar en el proceso de admisión: Alumnado que cursa actualmente Bachillerato en el IES Bellaguarda, tiene la plaza reservada, ya sea para pasar de 1.º a 2.º o para repetir curso.
El procedimiento de admisión de las enseñanzas para el curso 2026-2027 se tramitará de manera electrónica.
… las personas interesadas podrán usar los siguientes sistemas de verificación de identidad a fin de formular la solicitud de admisión:
- Combinación del DNI y número de apoyo o IDESP (o NIE y número IXESP), junto con la aceptación de comprobación ante el Ministerio del Interior
Enlace explicativo (el IDESP es un número de apoyo que aparece en el DNI) - Cualquier otro medio electrónico de verificación de identidad previsto en el artículo 5.6 del Decreto Ley 2/2020, de 3 de abril.
PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN ESO Y BACHILLERATO (PLAZO de 21 de mayo a 1 de junio)
– PORTAL DE LA CONSELLERÍA DONDE SE TRAMITAN LAS SOLICITUDES De ADMISIÓN y se encuentra toda la información necesaria (estará activo durante el plazo de presentación de solicitudes): ACCESO A LA SOLICITUD TELEMÁTICA
- Tendrá que presentar la solicitud el padre, madre o tutor/a legal del alumno/a para el/la que se solicita plaza escolar, salvo que este/a sea mayor de edad.
- Para poder realizar la solicitud es necesario obtener la «clave de admisión», previa verificación de la identidad de la persona solicitante. La clave de admisión estará compuesta por un identificador personal y una contraseña. Esta «clave de admisión» será única para cada solicitud de admisión.
- La «clave de admisión» se podrá obtener mediante alguno de los siguientes sistemas de verificación de identidad:
Si la persona solicitante dispone de DNI, se obtendrá mediante la siguiente combinación:
- Número de DNI
- Número de apoyo (identificado como IDESP en los modelos antiguos)
- Fecha de nacimiento
- Marcar la casilla que indica su no oposición a la comprobación ante el Ministerio del Interior
BAREMACIÓN :

13. Circunstancia Específica:
Tendrá este punto de circunstancia específica, según establece el Consejo Escolar del centro, quienes cumplan al menos una de las siguientes circunstancias:
- Elige el IES Bellaguarda como primera opción.
(*) En cuanto a la presentación del requisito académico:
1. Cuando el alumnado participante se desplace entre centros de la Comunidad Valenciana sostenidos con fondos públicos, el centro en el que está matriculado enviará a través de la plataforma ITACA la información relativa a la promoción o cumplimiento del requisito académico en el centro al cual desea incorporarse.
2. El alumnado participante incluido en los colectivos que se indican a continuación tendrá que aportar en el centro de primera opción y dentro del plazo marcado en la resolución del director general de Centros Docentes que se establece el calendario del proceso de admisión, la acreditación expedida por el centro de origen en la cual constará, según sea el caso, la superación de las enseñanzas que permiten el acceso a la enseñanza solicitada y, en su caso, la nota media obtenida:
– Alumnado no matriculado durante el curso anterior en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana.
– Alumnado que solicita plaza para segundo de bachillerato.
– Alumnado que solicita plaza para primero de bachillerato y que durante el curso anterior no ha finalizado un ciclo de Formación Profesional de grado medio o no ha sido matriculado en cuarto de la ESO.
CALENDARIO DE ADMISIÓN

Los alumnos/as admitidos/as tendrán que presentar la documentación para formalizar la matrícula, tal como se indica en el Apartado Secretaría -> Matrícula de esta web.
El alumnado admitido que no formalice la matrícula perderá su plaza escolar.
FASE EXTRAORDINARIA.
La fase extraordinaria del proceso de admisión se llevará a cabo una vez concluida la fase ordinaria y constituirá un segundo turno para que los colectivos indicados en el punto siguiente puedan solicitar los puestos que hayan quedado vacantes tras la finalización de dicha fase.
Podrán participar en esta fase, según la siguiente prelación, las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
– Personas que, habiendo participado en la fase ordinaria del proceso de admisión, no hubieran obtenido plaza escolar en ninguno de los centros solicitados y no dispongan de un puesto escolar en su municipio o zona de escolarización establecida.
– Alumnos o alumnas que precisen obtener un puesto escolar de manera sobrevenida en su municipio o zona de escolarización establecida y que no hayan podido presentar la solicitud en el período correspondiente de la fase ordinaria.
– Solicitantes excluidos de la fase ordinaria por haber incurrido en duplicidad al confirmar plaza en el centro adscrito y participar voluntariamente en el proceso de admisión.

