Renuncia a la matrícula oficial
- El alumnado podrá solicitar la anulación de matrícula en cualquier momento. No obstante, según lo establecido en la Resolución de 30 de abril de 2025 de la Dirección General de Centros Docentes, por la que se establece el calendario y el proceso de admisión y matrícula para el curso académico 2025-2026 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana, únicamente se podrá solicitar devolución de tasas si la anulación de la matrícula se realiza antes del 1 de noviembre de 2025, y siempre según lo dispuesto por el artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas de la Generalitat, que establece que la devolución de una tasa es procedente cuando la prestación del servicio o la realización de la actividad no tiene lugar por causas no imputables al sujeto pasivo, ya sea directa o indirectamente.
- Solicitud
