Pruebas de certificación

Calendario de las Pruebas Escritas y Orales

Hay dos convocatorias: junio (encomendera) y septiembre (extraordinaria). INFORMACIÓN AQUÍ

En cada convocatoria, las pruebas se celebran en dos sesiones (una para parte escrita y otra para la parte de producción, coproducción y mediación oral)

Listados definitivos de admitidos: información AQUÍ

Qué es la prueba de certificación de las EOI de la Comunidad Valenciana?

La prueba de certificación es una prueba elaborada por la Consellería de Educación, Cultura y Deporte con la cual se puede obtener un certificado oficial de los niveles B1, B2, C1 y C2.

La prueba se compone de cinco actividades de lengua:

  • comprensión de textos escritos
  • comprensión de textos orales
  • producción y coproducción de textos escritos
  • producción y coproducción de textos orales
  • mediación escrita y oral

Las actividades de mediación oral y producción y coproducción oral se realizan los días que determina cada EOI. Las otras actividades (prueba escrita) se realizan los días que determina la Consellería. La prueba escrita puede ser antes del oral o viceversa.

La prueba de certificación tiene dos convocatorias. Las actividades de lengua que no se superan (menos del 50%) en la primera convocatoria se tendrán que repetir en la segunda. Las actividades de lengua el resultado de la cual sea de, al menos, el 50%, pero inferior al 65%, pueden repetirse voluntariamente en la segunda convocatoria (en este caso siempre se tendrá en cuenta el resultado de la segunda convocatoria, sea mayor o menor que el de la primera). Las actividades de lengua superadas (al menos el 65%) no se pueden repetir en la segunda convocatoria.

La prueba se considera superada cuando el resultado de cada actividad de lengua es de, al menos, el 50%, y además la media de todas ellas consigue, al menos, el 65%.

El alumnado que obtenga un resultado de, al menos, el 50% en cada actividad de lengua, pero la prueba de la cual no esté superada porque la calificación mediana no consigue el 65%, se podrá matricular en el primer curso del nivel siguiente, pero sin obtener el certificado del nivel.

Requisitos para inscribirse

  • Tener cumplidos los 16 años de edad o cumplirlos el año en que se celebran las pruebas.
  • No hay que justificar conocimientos previos del idioma. Se puede realizar la inscripción a cualquier nivel.
  • Realizar la inscripción telemática.
    El alumnado que está matriculado actualmente en 2B1, 2B2, 2C1 y 2C2 (así como en B1, B2 y C1 de valenciano) TAMBIÉN tiene que realizar la inscripción (de manera gratuita).
    El alumnado matriculado en un curso presencial puede matricularse en un nivel más alto o más bajo como alumnado libre (pagando tasa).
  • El alumnado que se ha matriculado en un curso presencial en un idioma tiene que hacer la prueba de ese idioma en la misma EOI en la cual está matriculado.
  • Las personas de cualquier nacionalidad pueden inscribirse en la prueba de certificación, excepto del idioma en el cual cursaron su escolaridad obligatoria.

Si las necesidades del lugar donde se realice la prueba así lo exigen, se puede reubicar a una parte del alumnado inscrito a la sección de Bétera.

Precio de las pruebas y tasas adicionales

Si no se pagan las tasas correctas, la inscripción no será admitida.

El alumnado oficial el curso del cual conduce a la prueba de certificación está exento del pago de la prueba de ese mismo idioma y nivel.

Todo el alumnado libre y el alumnado oficial que deseo hacer la prueba de otro idioma o de un nivel diferente de aquel en el cual está matriculado tiene que pagar la tasa de la prueba.

Todo el alumnado que pueda beneficiarse de bonificación del 50% o exención del pago de las tasas tiene que adjuntar a su inscripción la documentación oficial que corresponda:

  • Título de familia numerosa o monoparental de categoría general (bonif. 50%) o categoría especial (exención)
  • Acreditación de grado de minusvalidez igual o superior al 33% (bonif. 50%)
  • Acreditación otras situaciones que dan derecho a bonificación del 50% o exención (según los artículos 14.2.6 y 14.2.2, respectivamente, de la Ley 20/2017, de la 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas)

Importe de las tasas de inscripción: https://eoi.gva.es/es/impresos-i-taxes-d-idiomes

Adaptaciones para alumnado con necesidades especiales

Al realizar la inscripción en la prueba se tiene que hacer constar si es necesaria alguna adaptación, y se tiene que adjuntar a su solicitud un certificado oficial, expedido por el órgano competente de bienestar social, que justifico el motivo y tipo de la adaptación. Si se realiza la inscripción en más de un idioma hay que justificar la adaptación para cada uno de ellos.

El alumnado matriculado este curso que ya tenga concedida una adaptación no tiene que volver a solicitarla.

El ———- se podrá consultar en la secretaría de la EOI si se ha concedido la adaptación.