renuncias

RENUNCIA SIN JUSTIFICAR:

El alumnado podrá solicitar al centro la renuncia de matrícula sin necesidad de presentar ninguna justificación hasta la finalización del mes de noviembre, para cursos quatrimestrales, y hasta la finalización del mes de enero, para cursos ordinarios.

 

La mencionada renuncia constará en el expediente académico del alumno por medio de la oportuna diligencia. La renuncia no computará a efecto de permanencia en el curso o nivel correspondiente. Recuerda que sólo puedes estar matriculado cuatro años como a alumno oficial en cada nivel: A2, B1, B2 y dos años en C1, C2.

Cuando el alumnado desee continuar sus estudios en la Escola Oficial de Idiomas, tendrá que realizar de nuevo el proceso de admisión (preinscripción).

 

RENUNCIA JUSTIFICADA:

El alumnado podrá renunciar por causa debidamente justificada a la matrícula oficial hasta el 30 de abril.

1. Recuerda que los motivos que se contemplan para conceder la renuncia son médicos, laborales, de estudios, personales o de fuerza mayor que impiden la asistencia a clase durante un periodo superior a 18h lectivas (9 clases). Es necesario aportar:

  • Justificante médico
  • Justificante laboral con fecha de inicio del contrato, horarios, etc.
  • Justificante o resguardo de la matrícula del curso donde conste fecha de matrícula, horarios, etc.

 

2. En el caso de renuncias denegadas, el alumno tiene 10 días desde que recibe la respuesta para a solicitar audiencia con los Jefes de Estudios y aportar las alegaciones que estime pertinentes. Contacto: capdestudis@eoicastello.es

 

3. El listado de renuncias aceptadas y denegadas se publicará durante la primera quincena de mayo.

 

4. En caso de ser aceptada, no se computará a los efectos previstos que limiten el periodo de permanencia máxima en el nivel y tendrà que constar, por medio de la oportuna diligencia, en su expediente académico. El alumnado podrá reincorporarse a sus estudios en la misma escuela oficial de idiomas en el curso siguiente al que haya sido aceptada la renuncia.

 

A el alumnado del That’s English! no se le aplican los aspectos relativos a la renuncia de matrícula. Sin embargo, para la matrícula de la prueba de certificación, sigue el procedimiento establecido como alumnado oficial de la escuela oficial de idiomas.

 

Alumnado de Pruebas de Certificación:

 

El alumnado matriculado que curse enseñanzas de primer curso del nivel básico, primero o segundo curso de nivel intermedio, podrá presentarse a la prueba de certificación del mismo idioma que curse, previa renuncia condicionada a su matrícula oficial en el momento de formalizar la matrícula para la prueba de certificación.

 

El mismo criterio se aplicará al alumnado que, matriculado en el último curso de los niveles en que es necesaria la superación de la prueba de certificación, desee presentarse a ésta en un nivel diferente del que se encuentra matriculado.

 

En caso de superar la prueba de certificación, podrá matricularse sin preinscripción en el siguiente nivel.