INFORMACIÓN ADJUDICACIÓN DE VACANTES (ELECCIÓN DE INSTRUMENTOS)
El ingreso en el primer curso de las Enseñanzas Elementales está regulado por:
Orden 8/2026, de 24 de abril, de la Consellería de Educación, Cultura y Universidades, por la cual se regula el proceso de admisión a las Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y Danza en la Comunidad Valenciana.
¿Quién se puede presentar?
Cualquier persona, a pesar de que la legislación establece una edad idónea para cursar las enseñanzas musicales:
- Las Enseñanzas Elementales de Música y Danza, la edad mínima para presentarse a la prueba de acceso será de ocho años, cumplidos durante el año natural en que se inicie el curso escolar al cual se quiera acceder. El alumnado de 7 años se entenderá que inician estas enseñanzas de forma excepcional.
- Para las pruebas de ingreso a Primer Curso de Elementales no se presuponen conocimientos musicales previos por parte de los aspirantes.
| Aspirantes con 7 años |
|---|
| Se pueden presentar rellenando la solicitud de inscripción y acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza de aspirantes con características excepcionales, que no reúnen los requisitos de edad, y enviando la documentación pertinente al Conservatorio. |
| DOCUMENTACIÓN |
| a) Aspirantes con altas capacidades intelectuales: 1. Las persones aspirantes tendrán que adjuntar a su solicitud un informe sociopsicopedagógico emitido por el servicio de orientación educativa de la red pública de la Generalitat Valenciana, o un gabinete psicopedagógico autorizado, en el cual conste expresamente la condición de altas capacidades intelectuales. 2. La dirección del centro validará las solicitudes que presenten la documentación requerida, siempre que se aporten en forma y plazo, según el calendario establecido. b) Aspirantes con precocidad extraordinaria acreditada para la disciplina artística: Las personas aspirantes tendrán que adjuntar a su solicitud la documentación siguiente: 1. Escrito de motivación, presentado por los representantes legales, que justifique la solicitud de participación en las pruebas de acceso. 2. Informe acreditativo de aptitudes artísticas, emitido y firmado por el profesorado que haya impartido docencia directa al aspirante, o un profesional cualificado en el correspondiente ámbito (música o danza). Enviar la documentación a 12005386.secretaria@edu.gva.es |
- Inscripciones: del 5 al 19 de mayo
- Realización prueba aptitud: 22 de junio
- Calendario: día y hora
- Tribunales
LISTADOS:
- Listado provisional admitidos: 26 de mayo
- Listado definitivo admitidos: 9 de junio
- Resultados provisionales: 25 de junio
- Resultados definitivos: 1 de juliol
Procedimiento de inscripción a las pruebas
La inscripción es un proceso regulado por la Consellería de Educación y se realiza telemáticamente a la plataforma ADMINOVA: https://adminova.gva.es/adminova/plantilla-ensenanzas/590-ensenanza-musica-y-danza
- Calendario de inscripción: Desde las 8:00 horas del 5 de mayo hasta las 14:00 horas del 19 de mayo.
- Tasa de inscripción: los años anteriores han sido 25,28 €.
- Realización de las pruebas: del 15 al 22 de junio.
Documentación necesaria para realizar la inscripción
- Una vez llenada y registrada la solicitud telemática, esta quedará archivada en el conservatorio como documentación necesaria para la realización de las correspondientes pruebas de acceso.
- Los aspirantes que no reúnan el requisito de edad en primer curso de enseñanzas elementales tendrán que aportar, en el momento de hacer la inscripción, la documentación acreditativa según el anexo IX.
- Las persones aspirantes que solicitan algún tipo de adaptación procedimental de la prueba tendrán que aportar, en el momento de hacer la inscripción, la documentación acreditativa según el anexo X.
¿En que consiste la prueba?
La prueba contiene una serie de ejercicios para valorar las aptitudes musicales de los aspirantes definidas en el anexo II:
- Identificación de la dirección melódica. El tribunal tocará motivos de 2 notas y el futuro alumnado tendrá que indicar si la melodía sube o baja, si el movimiento es ascendente o descendente.
- Identificación de variantes melódicas. El alumnado escuchará dos veces un motivo de 4 notas, pero la segunda vez se cambiará una de las 4 notas. El alumnado tendrá que decir qué nota ha sido la que ha cambiado (primera, segunda, tercera o cuarta).
- Imitación rítmica. El tribunal tocará unos breves ítems rítmicos, y el alumnado los tendrá que imitar golpeando el ritmo con palmas.
- Imitación melódica. El tribunal tocará o cantará unos breves ítems, como máximo 2 compases de duración, y el alumnado los tendrá que imitar cantando la sílaba «la» o «tu».
- Diferenciar entre 2 o 3 notas simultáneas. El alumnado escuchará dos veces intervalos armónicos (dos notas simultáneas) o acuerdos (tres notas simultáneas) interpretados por el tribunal al piano, y tendrá que decir si escucha dos o tres notas sonando a la vez.
- Interpretación de una canción libre. El alumnado tiene que cantar una canción de su elección. Esta canción puede ser de cualquier tipo, y no puede incluir ningún tipo de coreografía ni acompañamiento.
Publicación del listado de aspirantes aprobados
- El tribunal publicará el acta de calificaciones una vez finalizado cada apartado de la prueba y cuando todas las persones aspirantes hayan concluido su realización.
- Una vez realizadas y calificadas las pruebas de acceso, cada tribunal elaborará y publicará las actas provisionales de resultados de la prueba de acceso.
- A partir del día siguiente a la publicación de las actas con los resultados provisionales de la prueba de acceso, los aspirantes dispondrán de un plazo para revisar o, en su caso, presentar una reclamación, de acuerdo con el que prevé la Orden 32/2011, de 20 de diciembre, de la Consellería de Educación, Formación y Ocupación, por la cual se regula el derecho del alumnado a la objetividad en la evaluación, y se establece el procedimiento de reclamación de calificaciones obtenidas y de decisiones de promoción, de certificación o de obtención del título académico que corresponda.
- Pasado el periodo de reclamación, se publicarán las actas definitivas de resultados de la prueba de acceso. Contra estas actas podrá interponerse un recurso de alzada ante la dirección territorial de educación competente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación.
- La interposición del recurso de alzada no paralizará el procedimiento de adjudicación de plazas que resulte de las pruebas de acceso.
