Los Premios profesionales de música están regulados por:
La orden 4/2026 de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, por la que se regulan en la Comunitat Valenciana los premios profesionales para el alumnado que ha concluido las enseñanzas profesionales de Música o de Danza
¿Quién se puede presentar?
El alumnado que haya concluido las enseñanzas profesionales de Música en conservatorios profesionales de la Comunidad Valenciana, en el curso académico 2025-2026.
Premios
a) Premios al Rendimiento Académico de las enseñanzas profesionales de Música y de Danza.
b) Premios Profesionales de Música y de Danza en las diferentes especialidades, organizados en dos fases: fase de
centro y fase autonómica.
c) Premios Extraordinarios de Música y de Danza de la Comunitat Valenciana
PREMIO RENDIMIENTO ACADÉMICO
Requisitos:
a) Haber cursado al menos los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de música en un conservatorio o centro autorizado.
b) Haber finalizado las enseñanzas profesionales de música en un conservatorio o centro autorizado en el curso de la convocatoria.
c) Haber obtenido una nota media igual o superior a 9,25 en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de Música.
Efectos de la obtención:
La concesión del Premio podrá otorgar al alumnado la exención del pago de precios públicos por la prestación de servicios académicos en las universidades públicas de la Comunitat Valenciana o en las enseñanzas artísticas superiores gestionadas por el ISEACV, durante el primer curso y por una única vez, y de acuerdo con la normativa vigente en materia de regulación de los precios públicos de la Generalitat.
PREMIO PROFESSIONALES DE MÚSICA
Requisitos:
Haber cursado y superado el sexto curso de enseñanzas profesionales de música en los centros comprendidos en el ámbito de aplicación de esta orden.
a) Enseñanzas profesionales de música: haber obtenido, en quinto y sexto curso, una calificación mínima de 9 puntos en la asignatura instrumental o vocal propia de la especialidad.
b) Haber obtenido una calificación media aritmética igual o superior a 8,75 puntos, calculada a partir de las calificaciones finales de los cursos quinto y sexto de las enseñanzas profesionales en la especialidad correspondiente.
c)En el caso de alumnado que haya accedido directamente al sexto curso de las enseñanzas profesionales, la calificación media se calculará exclusivamente a partir de las calificaciones obtenidas en dicho curso.
Fase centro:
El contenido del programa presentado se ajustará, como mínimo, a los contenidos finales correspondientes a los currículos vigentes de cada centro, del sexto curso de enseñanzas profesionales de Música.
a) Prueba de interpretación en audición pública, en la que la persona participante deberá presentar un programa compuesto por un mínimo de tres obras, estudios o movimientos pertenecientes a distintos estilos de la especialidad correspondiente. La duración del programa presentado será de al menos treinta minutos. Las obras que requieran acompañamiento instrumental deberán interpretarse con el acompañamiento o la reducción correspondiente. Las obras que conforman el programa a interpretar se presentaran, cada una de ellas en un archivo independiente en formato PDF, correctamente identificada y coincidente con la versión que se ejecutará. Para aquellas obras que requieran acompañamiento, será obligatorio adjuntar la partitura general correspondiente.
Inscripción: en el conservatorio o centro autorizado donde haya finalizado las enseñanzas profesionales mediante la presentación de la solicitud:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G14898&id_caso=sollicitud. Junto con la solicitud, las personas participantes deberán aportar la documentación requerida, según corresponda. Asimismo, deberán indicar la duración aproximada de cada una de las piezas que integran el programa presentado.
b) Para poder optar al premio, la calificación mínima que se deberá alcanzar en la prueba será de 9,5 puntos sobre un máximo de 10. Esta calificación se considerará requisito indispensable y deberá reflejarse en el acta correspondiente de evaluación. El tribunal podrá conceder un único premio por especialidad a la alumna o alumno que haya obtenido la máxima puntuación en la prueba, pudiendo declararlo desierto si la calificación no alcanza el mínimo establecido en el apartado anterior. Asimismo, el tribunal podrá conceder un máximo de dos menciones de honor por cada especialidad, de acuerdo
con su propio criterio, a los participantes que destaquen por su excelencia interpretativa y que no hayan alcanzado una calificación suficiente para la obtención del premio, o que, habiéndola alcanzado, no hayan quedado en primer lugar.
La obtención del premio en la fase de centro habilitará al alumnado para concurrir a la correspondiente fase autonómica de la misma convocatoria.
Fase autonómica
a) Prueba de interpretación en audición pública de un programa compuesto por un mínimo de tres obras, estudios o movimientos pertenecientes a distintos estilos de la especialidad correspondiente. La duración del programa presentado será de al menos treinta minutos. El tribunal establecerá un límite máximo de treinta minutos para la prueba y seleccionará las obras, movimientos o fragmentos que deberán interpretarse, ajustando la duración total a dicho límite. Las obras que requieran acompañamiento instrumental deberán interpretarse necesariamente con el acompañamiento correspondiente. La detección por parte del tribunal del incumplimiento de los requisitos referidos al programa o al acompañamiento correspondiente, será motivo de descalificación del aspirante en el proceso.
Inscripción: la secretaría del conservatorio deberá presentar la propuesta de los participantes de su propio centro, acompañada de toda la documentación indicada en el presente artículo, a la dirección general competente en materia de enseñanzas de régimen especial.
a) Una copia del acta en la que conste la obtención del premio en la fase de centro.
b) Un certificado académico de cada participante del centro en la especialidad en la que se presente, que incluya la nota media obtenida en los dos últimos cursos.
c) Consentimiento de participación de los aspirantes o sus representantes legales en caso de ser menores de edad, que incluya los datos de identificación y contacto.
b) El programa a interpretar en formato PDF, en el que cada pieza figure en un archivo independiente, debidamente identificado y correspondiente a la versión que será interpretada. Para las obras que requieran acompañamiento, se deberá adjuntar también la partitura general o completa. Así mismo, se indicará la duración aproximada de cada una de las piezas a interpretar.
El tribunal podrá proponer la concesión de un único premio por especialidad a la alumna o alumno que haya obtenido la máxima puntuación en la prueba, siempre que alcance la calificación mínima de 9,5 puntos sobre un máximo de 10, pudiendo declarar el premio desierto en caso contrario.
La obtención del premio en la fase de autonómica habilitará al alumnado para ser propuesto por la conselleria competente en materia de enseñanzas de régimen especial para concurrir a los premios profesionales de ámbito nacional.
Efectos de la obtención:
La concesión del premio profesional en la fase autonómica, en las enseñanzas profesionales de música o danza, podrá otorgar al alumnado la exención del pago de precios públicos por la prestación de servicios académicos en las universidades públicas de la Comunitat Valenciana o en las enseñanzas artísticas superiores gestionadas por el ISEACV, durante el primer curso y por una única vez, de conformidad con la normativa vigente en materia de regulación de los precios públicos de la Generalitat, y será esta exención incompatible con cualquier otra exención de tasas obtenida mediante otros premios.
PREMIO EXTRAORDINARIO DE MÚSICA
Requisitos:
a) Será necesario haber obtenido el Premio al Rendimiento Académico y el Premio Profesional de Música o Danza en una de las especialidades, en la fase autonómica. La conselleria competente en materia de educación otorgará, entre las personas participantes que cumplan los requisitos establecidos en el artículo anterior, dos premios extraordinarios en la modalidad de música. Estos premios podrán declararse desiertos o ser ampliados en número de manera excepcional, según determine la dirección general competente en materia de enseñanzas de régimen especial.
La conselleria competente en materia de enseñanzas de régimen especial promoverá que el alumnado premiado durante cada convocatoria pueda realizar la interpretación de un repertorio propio de su especialidad en una sala representativa de la Comunitat Valenciana, y sin perjuicio otros beneficios que se puedan establecer para este alumnado.
