para el curso 2024-25
Normativa: EXTRACTO-BOE 15 marzo, RESOLUCIÓN COMPLETA
Página de información general. PINCHA AQUÍ
La solicitud de la beca se realiza desde la SEDE ELECTRÓNICA
PLAZOS DE SOLICITUD
El plazo para solicitar la beca de la convocatoria general para el curso 2024/25 es del 19 de marzo de 2024 a las 9 h., hasta el 10 de mayo de 2024 a las 15 h. No lo dejes para el final. Pide tu beca aunque no sepas lo que vas a estudiar o incluso si vas o no a estudiar.
¿QUIÉN puede solicitar la beca?
Alumnado que vaya a cursar alguna de las siguientes:
- Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias:
- Primer y segundo curso de Bachillerato
- Ciclos de Formación Profesional de grado medio y grado superior
- Enseñanzas artísticas profesionales
- Enseñanzas deportivas
- Enseñanzas artísticas superiores
- Estudios religiosos superiores
- Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales
- Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso
- Ciclos formativos de grado Básico
- Enseñanzas universitarias
- Enseñanzas de grado y máster
- Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas
- Complementos de formación para el acceso u obtención del título de máster y créditos complementarios para título de grado
CLASES Y CUANTÍAS
- Cuantías fijas:
- Beca de matrícula
- Cuantía fija ligada a la renta del estudiante (1.700€)
- Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar (2.500€)
- Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico (entre 50 y 125€)
- Beca básica (300€)
- Cuantía variable (importe mínimo 60€)
Los umbrales de renta y los requisitos económicos están especificados en la normativa (Capítulo IV)
REQUISITOS ACADÉMICOS
- Enseñanzas universitarias: Haber sacado una nota de 5 mínimo en la nota de acceso a la universidad
- Enseñanzas no universitarias:
- Haber obtenido en el curso anterior un mínimo de 5
- No se concederán a quién esté repitiendo curso total o parcialmente
obligaciones de los beneficiarios
- Destinar la beca a la finalidad para la que se concede
- Devolver el dinero en los casos siguientes:
- Anulación de la matrícula o abandono de hecho de los estudios
- Causar baja en el centro
- No haber asistido a un 80% o más de las horas lectivas, salvo dispensa de escolarización
- No haber superado el 50% de las asignaturoas
- No haber superado el curso completo en caso de curso acceso