
Becas y subvenciones
BECAS DE AUTOBÚS (TRANSPORTE ESCOLAR)
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INFORMACIÓN BECAS TRANSPORTE ESCOLAR |
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1.- INSTRUCCIONES PARA FORMALIZAR LA SOLICITUD DE TRANSPORTE ESCOLAR.![]() 2.- RESUMEN DE LA NORMATIVA DE TRANSPORTE ESCOLAR. ¿Quién lo puede solicitar? En el caso de nuestro centro, el alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato que no tenga su residencia ubicada en Nules, sino en una de las poblaciones o núcleos urbanos que pertenecen al área de influencia del IES Gilabert de Centelles (Vilavella, Moncofa, Playa de Moncofa, Playa de Nules y Mascarell). ¿Y si no estoy cursando la ESO y Bachillerato? ¿Puedo solicitar el transporte? Sí. Así, los alumnos de Ciclos Formativos pueden solicitar transporte escolar teniendo en cuenta que se hace en condición de autorización especial*, siempre y cuando existan plazas vacantes en una de las líneas de transporte escolar de nuestro centro, una vez se han cubierto las solicitudes de los alumnos de la ESO y Bachillerato, y se cumplan los requisitos descritos en el punto anterior. *Estas autorizaciones se priorizan de la siguiente manera (cuando no hay suficientes vacantes): – Alumnado que tenga hermanos o hermanas beneficiarios del servicio de transporte escolar (Se consideran también como hermanos o hermanas el alumnado en acogimiento familiar y aquel que, sin compartir progenitores, resida en el mismo domicilio y exista un vínculo matrimonial o asimilado entre los padres/madres). – Alumnado que residiera a mayor distancia del centro. – Alumnado de menor edad. ¿Puedo perder la condición de beneficiario o autorizado? – Sí, en el caso de que el alumnado beneficiario o autorizado no lo utilice de manera habitual sin causa justificada. – Sí, en el caso de que el alumnado beneficiario o autorizado curse baja en el centro. Si esta baja es motivada por un traslado de centro, se deberá volver a solicitar el transporte escolar en el centro de destino. ¿Qué tengo que hacer si soy beneficiario o autorizado del transporte escolar pero quiero dejar de utilizarlo? Debe comunicarlo lo antes posible a la secretaría del centro, cumplimentando el modelo de renuncia que aparece en el apartado 4 de esta misma página y que deberá ser firmado por los padres/madres/tutores legales del alumno beneficiario o autorizado (o por el propio alumno si es mayor de edad). ⚠️ Información importante a tener en cuenta. El transporte escolar no funciona como el bus de línea. Cada alumno o alumna tiene un asiento asignado en un número de bus concreto. Como norma general no se puede cambiar de bus, de asiento, ni de parada. Tampoco se pueden utilizar dos paradas diferentes por bus. Excepciones: – Cambio de línea o parada durante el curso: estará autorizado siempre y cuando la persona solicitante aporte certificado del nuevo empadronamiento notificándolo a secretaría, o haya una justificación de causa mayor. – Utilización de dos paradas diferentes: siempre y cuando la persona o personas solicitantes lo justifican debidamente -como medida excepcional-, en casos de custodia compartida, acreditando la existencia de dos domicilios diferentes y aportando el convenio regulador de la custodia. – No se atenderán a solicitudes de cambios por afinidad a determinados compañeros o compañeras, ya que los criterios generales de organización de las líneas de transporte escolar para la ESO atienden a: población, parada seleccionada, curso/edad y grupo matriculado. 🔗 Para consultar la web de la Conselleria d’Educación con información actualizada sobre plazos y normativa, haced click aquí. 🔗 Resolución del 1 de junio de 2022, del director general de Centros Docentes, por la cual se establecen las condiciones para ser alumnado usuario del servicio de transporte escolar colectivo para el curso 2023-2024. Consultar aquí. 3.- MODELO DE SOLICITUD DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA EL CURSO 2023/2024. Click aquí. 4.- MODELO DE RENUNCIA AL TRANSPORTE ESCOLAR. Click aquí. 5.- PARADAS DISPONIBLES POR POBLACIÓN/NÚCLEO URBANO. ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() |
BECAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
INFORMACIÓN BECAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL |
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ℹ️ Para obtener toda la información relacionada con las becas que ofrece el Ministerio de Educación y Formación Profesional para cursar estudios en E.S.O., Bachillerato y Ciclos Formativos -así como para conocer los plazos y requerimientos de presentación de solicitudes-, tenéis que acceder a la web oficial del Ministerio de Educación y Formación Profesional, haciendo click aquí. |
SUBVENCIONES A ALUMNADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL
INFORMACIÓN SUBVENCIONES A ALUMNADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL |
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Consulta la información relativa a las subvenciones para el alumnado de formación profesional haciendo click aquí. También puedes consultar las preguntas frecuentes sobre el procedimiento haciendo click aquí. |
LISTADOS PROVISIONALES DE SOLICITUDES CONCEDIDAS Y DENEGADAS |
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LISTADOS DEFINITIVOS DE SOLICITUDES CONCEDIDAS |
Consulta del listado pulsant aquí: https://ceice.gva.es/va/web/formacion-profesional/becas-de-fp Según la convocatoria del curso 2023/2024, articulo Doce. Pago de les cuantias: El abono de las ayudas se realitzará en un único pago a las personas beneficiarias a través de los centros docentes público que hayan tramitado sus solicitudes. La dirección general de Formación Profesional remitiá a cada centro receptor de solicitudes la resolución en la que se incluirá la lista de las personas beneficiarias de su centro y la indicación de la cuantia que se recibirá. Las cuantias se ingresarán a cada centro receptor de solicitudes mediante transferencia bancaria, para que abonen las cuantias individuales de los beneficiarios. Los centros abonarán las cuantias individuales en un plazo de 10 dias hábiles contados a partir de la recepción efectiva de la transferencia. Concluido el abono de les cuantias individuales, la dirección de los centros emitirá un certificado sobre esta cuestión, con la lista de las personas que han recibido el ingreso y, si es el caso una lista motivada de las personas que no la hayan podido recibir. |