Durante el período de matrícula (11-27 julio) debido al volumen de trabajo, no se tramitarán títulos ni certificados. Podrá haber retrasos en los correos electrónicos.
Se podrá solicitar la expedición de Certificados y Títulos una vez aprobada la Prueba de Certificación o el Curso y una vez publicadas las notas definitivas.
El alumno que ha realizado algun curso o nivel puede solicitar en la secretaría de la EOI:
- la expedición de un CERTIFICADO ACADÉMICO expedido por el centro (donde está todo el expediente) o
- la expedición del TÍTULO o CERTIFICACIÓN DE NIVEL correspondiente expedido por la Conselleria de Educación en el caso del nivel B1, B2, C1y C2 (la certificación del nivel A2 es expedida por la EOI).
- Rellenad esta solicitud. En base en el Decreto Ley 2/2022, de 22 de abril , del Consell para la reducción temporal del importe de las tasas propias y precios públicos de la Generalitat para hacer frente al impacto de la inflación, se aplicará una bonificación del 10% sobre las tasas, el devengo de las cuales se produzca en el periodo comprendido desde el día 2 de mayo de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.
- Presentad una fotocopia del DNI
- Pagad las tasas con el modelo de impreso 046 GENERAL. Las tasas ya están actualizadas con la bonificación del 10% en el asistente telemático. Podéis imprimir este impreso (necesitáis 3 copias) y pagarlo antes de ir al centro. De esta manera, no será necesario volver a la secretaría de la EOI.
- En secretaría os entregarán un depósito de título que tiene validez a todos los efectos.
- Para recoger el título, estad atentos a esta sección de la web.
CERTIFICADO ACADÉMICO (todo el expediente del alumno)
Pagad las tasas con el modelo de impreso 046 GENERAL. Podéis imprimir este impreso (necesitáis 3 copias) y pagarlo antes de ir al centro. De esta manera, no será necesario volver a la secretaría de la EOI.
Avisaremos a los interesados vía correo electrónico o llamada telefónica cuando el título esté disponible.
Durante el período de matrícula (11-27 julio) debido al volumen de trabajo, no se tramitarán títulos ni certificados. Podrá haber retrasos en los correos electrónicos.
Durante el período de matrícula (11-27 julio) debido al volumen de trabajo, no se tramitarán títulos ni certificados. Podrá haber retrasos en los correos electrónicos.
En esta página encontrarás algunos de los impresos más utilizados para gestiones administrativas en la EOI CS. Haz clic sobre el nombre del impreso para imprimirlo.
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- SOLICITUD GENERAL
- IMPRESO 046 CERTIFICADOS ACADÉMICOS Y OTROS TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
- DATOS PERSONALES
- SOLICITUD DE RENUNCIA
- SOLICITUD DE CAMBIO DE GRUPO
- TRASLADO DE EXPEDIENTE
- INCORPORACIÓN TARDÍA A CLASE
- IMPRESO 046 CERTIFICADOS ACADÉMICOS Y OTROS TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
- SOLICITUD DE CERTIFICADO ACADÉMICO
- SOLICITUD DE CAMBIO DE TURNO DE LA PRUEBA ORAL
- SOLICITUD DE REVISIÓN DE EXÁMENES
- RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES DE EXÁMENES
- TEST DE CLASIFICACIÓN
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ATENCIÓN: Con el impreso 046 puedes ir a pagar al banco directamente, sin tener que pasar previamente por la escuela. Sin embargo, no olvides pulsar el botón ACEPTAR en la parte superior izquierda del formulario. De no hacerlo, no se generará el código de barras que te permitirá efectuar el pago. Después de efectuar el pago sí deberás pasar por la secretaría del centro para entregarnos copia del impreso pagado.
CURSOS REGLADOS | |
CURSO | IMPORTE |
Apertura de expediente (sólo para el alumnado nuevo) | 23,39€ |
Matrícula de los niveles A2, B1, B2, C1 | 82,54€ |
Matrícula del nivel C2 (por idioma y curso) | 96,30€ |
Repetición de curso de los niveles A2, B1, B2, C1 (por idioma y curso) | 96,30€ |
Matrícula de un curso intensivo de los niveles A2, B1, B2, C1 (por idioma y curso) | 59,61€ |
CURSOS FORMATIVOS Y MONOGRÁFICOS | |
CURSO | IMPORTE |
Curso formativo o de actualización de 120 horas | 82,54€ |
Curso formativo o de actualización de 60 horas | 41,27€ |
Curso formativo o de actualización de 30 horas | 20,63€ |
Monográfico hasta 30 horas | 77,95€ |
Monográfico entre 30 y 60 horas | 155,91€ |
Monográfico de más de 60 horas | 220,10€ |
THAT’S ENGLISH | |
CURSO | IMPORTE |
Curso regular | 198€ |
Curso alumnado repetidor | 100€ |
PRUEBAS | |
PRUEBA | IMPORTE |
Prueba de certificación niveles B1, B2 y C1 de todos los idiomas excepto valenciano. | 61,70€ |
Prueba de certificación nivel C2 de todos los idiomas excepto valenciano. | 86,37€ |
Prueba de certificación niveles B1 y B2 de valenciano. | 18,71€ |
Prueba de certificación niveles C1 y C2 de valenciano. | 23,38€ |
Prueba de nivel (para enseñanza presencial) o valoración inicial del alumno (para enseñanza a distancia) | 11,01€ |
CERTIFICADOS | |
CERTIFICADO | IMPORTE |
Certificado (o un duplicado) de superación del nivel A2 | 12,60€ |
Certificado (o un duplicado) de superación del nivel B1 | 16,62€ |
Certificado (o un duplicado) de superación del nivel B2 | 20,96€ |
Certificado (o un duplicado) de superación del nivel C1 o C2 | 20,96€ |
Certificado académico y traslado de expediente | 2,25€ |
Certificado de aptitud del ciclo superior de idiomas (B2) | 22,08€ |
Certificado del ciclo elemental (B1) | 16,62€ |
Certificado supletorio provisional del título | 1,99€ |
CARNETS | |
CARNET | IMPORTE |
Carnet de la EOI | 2,04€ |
Carnet de la mediateca lingüística | 23,84€ |
DESCUENTOS | ||
ALUMNADO | DEDUCCIÓN | DOCUMENTACIÓN |
Alumnos de familia numerosa o monoparental de carácter general | 50% | Original y copia del Libro de Familia Numerosa actualizado |
Alumnos que sufran una discapacidad acreditada igual o superior al 33% | Bonificación del 50% de las cuotas correspondientes a la tasa por servicios administrativos | Original y copia del documento acreditativo de la Conselleria de Bienestar Social |
EXENCIÓN DE PAGAR TASAS | |
ALUMNADO | DOCUMENTACIÓN |
Alumnos de familia numerosa o monoparental de carácter especial | Original y copia del Libro de Familia Numerosa actualizado |
Víctimas y familiares de actos terroristas y víctimas de violencia de género | Original y copia del documento que acredite la protección a favor de la víctima |
Siguiendo las instrucciones del apartado Décimo de la Resolución de 18 de mayo de (DOGV 25.05.2022):
1. A efectos de devolución de tasas, el período de matriculación mencionado en el punto 5 del artículo 14.2-7 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2022 en el caso de los cursos curriculares y el 11 de octubre en el caso de los cursos complementarios. Una vez iniciadas las clases o en los casos previstos en el artículo 9.10 de la Orden 87/2013, solo se hará devolución de tasas en los supuestos que prevé el punto 2 del artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017. Estos supuestos son:
a) Cuando la no utilización, la no prestación o la no realización sea imputable a la Administración.
b) Cuando la no utilización, la no prestación o la no realización tenga el origen en una causa de fuerza mayor, la devolución será procedente con la solicitud previa de la persona interesada, siempre que esta pruebo suficientemente la fuerza mayor.
2. Los errores de inscripción y pago de tasas imputables a los interesados no darán lugar a devolución de tasas.
3. En los casos de solicitud de devolución de tasas dentro del periodo de matriculación, será requisito imprescindible que se haya presentado la renuncia a la plaza escolar o prueba ante el centro correspondiente y que no se haya hecho uso del servicio.
4. La presentación telemática de la solicitud de devolución de tasas comportará la autorización para la comunicación o notificación telemática, salvo que se indique expresamente el contrario en la solicitud de devolución.
5. El procedimiento de devolución de tasas en los casos pertinentes será telemático a través del enlace disponible en el apartado web «tasas» de la página www.eoi.gva.es o a través del web de cada Escuela Oficial de Idiomas. Será requisito imprescindible adjuntar un certificado del centro donde consto el motivo de la solicitud de devolución de la tasa. El o la solicitante tendrá que indicar qué devolución de tasa concreta pide y adjuntar la documentación que acredite las circunstancias alegadas para solicitar la devolución. Las circunstancias alegadas y los certificados presentados tienen que estar vigentes en la fecha en que se realizó el pago.
RECORDAD:
• En caso de que el motivo de la solicitud de devolución sea una renuncia a la matrícula de un curso, será requisito indispensable haber presentado la anulación de matrícula de manera presencial a la secretaría de la EOI dentro del periodo de matriculación y no haber usado el servicio. Habrá que adjuntar a la solicitud el documento de renuncia que encontraréis disponible en la web, con el sello de la EOI que acredite que la renuncia ha sido comunicada en el centro.
Pasadas estas fechas, solo se hará devolución de tasas:
◦ Cuando la no utilización, la no prestación o la no realización sea imputable a la Administración.
◦ Cuando la no utilización, la no prestación o la no realización tenga su origen en una causa de fuerza mayor. La devolución será procedente con la solicitud previa de la persona interesada, siempre que ésta pruebe suficientemente la fuerza mayor.
La solicitud de devolución de tasas se realiza telemáticamente desde este enlace:
http://www.eoi.gva.es/es/impresos-i-taxes-d-idiomes
El alumnado puede continuar sus estudios de idiomas en cualquier otra Escuela Oficial de Idiomas del territorio estatal siempre y cuando traslade su expediente académico.
DESDE OTRA EOI HACIA LA EOI CASTELLÓ DE LA PLANA
El alumnado procedente otros centros que quiere empezar el nuevo curso en esta EOI tiene que personarse en la secretaría para formalizar la matrícula, siempre y cuando se le haya asignado un grupo. A continuación tiene que dirigirse a su centro de origen para hacer el proceso de traslado de expediente. El procedimiento es el siguiente:
- El interesado se matricula condicionalmente en la EOI Castelló de la Plana. Para ello tiene que aportar un certificado acreditativo del idioma y nivel cursado en la otra EOI.
- Después tiene que rellenar en la EOI de procedencia una solicitud de traslado de expediente y pagar las tasas correspondientes allí. Esta solicitud de traslado tiene que presentarse cómo máximo en el plazo de un mes.
- La EOI de procedencia ya se encarga de enviar el expediente a la EOI Castelló de la Plana.
Si el traslado se produce una vez iniciado el curso se ha de solicitar un TRASLADO DE MATRÍCULA VIVA. Para ello el/la alumno/a debe confirmar antes de iniciar el trámite que hay plazas disponibles en la EOI Castelló de la Plana en el idioma y nivel en que está matriculado en su EOI de origen. El alumnado procedente de otras Comunidades Autónomas abonará en este caso el importe completo de la matrícula y la apertura de expediente. El alumnado procedente de otras EOI de la Comunidad Valenciana sólo abonará la apertura de expediente.
DESDE LA EOI CASTELLÓ DE LA PLANA HACIA OTRA EOI
El alumnado que, estando matriculado en la EOI Castelló de la Plana, desee continuar con sus estudios en otra EOI del territorio español a partir del curso siguiente, debe solicitar el traslado de su expediente al centro de destino.
Para poder tramitar el traslado de expediente el/la alumno/a tendrá que:
- Asegurarse de que tiene plaza en la EOI de destino y presentar un documento acreditativo.
- Rellenar el impreso de solicitud de traslado de expediente.
- Abonar la tasa correspondiente al traslado de expediente en la entidad bancaria.
- Entregar en la secretaría de la EOI Castelló de la Plana toda la documentación anterior.
Si el traslado se produce una vez iniciado el curso se ha de solicitar un TRASLADO DE MATRÍCULA VIVA. Para ello el/la alumno/a debe:
- Confirmar antes de iniciar el trámite que hay plazas disponibles en la EOI de destino en el idioma y nivel en que está matriculado en la EOI Castellón de la Plana.
- Rellenar el impreso de solicitud de traslado de expediente.
- Abonar la tasa correspondiente al traslado de expediente en la entidad bancaria.
- Entregar en la secretaría de la EOI Castelló de la Plana toda la documentación anterior.
PROCEDIMENTO
Antes de solicitar cambio de grupo, debes comprobar si hay alguna vacante en el grupo al que deseas acceder en secretaría. Si en el grupo de destino no hay ninguna vacante, no se puede pedir cambio.
No podemos garantizar que el cambio de grupo se pueda efectuar, dado que la matrícula de vacantes está abierta y también puede haber varias solicitudes de cambio de grupo para una misma plaza.
RESOLUCIÓN DE LOS CAMBIOS
- Los alumnos deberán seguir en el grupo en el que se matricularon hasta que se conceda el cambio.
- Una vez concedido el cambio, Secretaría informará al profesor/a del nuevo grupo del alumno.
A partir de noviembre sólo se podrá cambiar de grupo por motivos justificados. Se ha de solicitar presentando el impreso nº 6 y la justificación correspondiente en secretaría. El alumnado de los aularios puede remitirlo a info@eoicastello.es (asunto: CAMBIO DE GRUPO, aulario).
Causas justificables:
- cuando se hayan matriculado posteriormente en otro centro docente oficial (universidad, secundaria)
- su horario o situación laboral también haya cambiado posteriormente
- por cualquier otra causa de fuerza mayor que se pueda justificar
RENUNCIA SIN JUSTIFICAR:
El alumnado podrá solicitar al centro la renuncia de matrícula sin necesidad de presentar ninguna justificación hasta la finalización del mes de noviembre, para cursos quatrimestrales, y hasta la finalización del mes de enero, para cursos ordinarios.
La mencionada renuncia constará en el expediente académico del alumno por medio de la oportuna diligencia. La renuncia no computará a efecto de permanencia en el curso o nivel correspondiente. Recuerda que sólo puedes estar matriculado cuatro años como a alumno oficial en cada nivel: A2, B1, B2 y dos años en C1, C2.
Cuando el alumnado desee continuar sus estudios en la Escola Oficial de Idiomas, tendrá que realizar de nuevo el proceso de admisión (preinscripción).
RENUNCIA JUSTIFICADA:
El alumnado podrá renunciar por causa debidamente justificada a la matrícula oficial hasta el 30 de abril.
- Recuerda que los motivos que se contemplan para conceder la renuncia son médicos, laborales, de estudios, personales o de fuerza mayor que impiden la asistencia a clase durante un periodo superior a 18h lectivas (9 clases). Es necesario aportar:
- Justificante médico
- Justificante laboral con fecha de inicio del contrato, horarios, etc.
- Justificante o resguardo de la matrícula del curso donde conste fecha de matrícula, horarios, etc.
2. En el caso de renuncias denegadas, el alumno tiene 10 días desde que recibe la respuesta para a solicitar audiencia con los Jefes de Estudios y aportar las alegaciones que estime pertinentes. Contacto: capdestudis@eoicastello.es
3. El listado de renuncias aceptadas y denegadas se publicará durante la primera quincena de mayo.
4. En caso de ser aceptada, no se computará a los efectos previstos que limiten el periodo de permanencia máxima en el nivel y tendrà que constar, por medio de la oportuna diligencia, en su expediente académico. El alumnado podrá reincorporarse a sus estudios en la misma escuela oficial de idiomas en el curso siguiente al que haya sido aceptada la renuncia.
El alumnado oficial tiene la obligación de asistir a clase y la EOI la de controlar esta asistencia. El número de faltas de asistencia injustificadas no podrá superar el 15%, es decir, 8 días de clase.
La pérdida de escolaridad implica la pérdida automática del derecho a asistir a clase. El/La alumno/a sólo podrá presentarse a la Prueba de Departamento en el primer curso de cada nivel, y a la Prueba de Certificación en el segundo.
Listado con el alumnado que ha perdido la escolaridad en el curso 2022-2023.