Pérdida de escolaridad

Listado provisional de pérdida de escolaridadPeriodo para justificar las faltas al profesorListado definitivo
Grupos Intensivos 2Del 10 al 17 de abril de 2024Pérdida de escolaridad grupos intensivos 2
Grupos regularesDel 25 de marzo al 17 de abril de 2024Pérdida de escolaridad grupos regulares
Pérdida de escolaridad grupos intensivosDel 18 de diciembre al 16 de enero de 2024Pérdida de escolaridad grupos intensivos

*Las fechas de los cursos intensivos serán facilitadas por la profesora.

¡¡MUY IMPORTANTE!! Es responsabilidad de TODO EL ALUMNADO comprobar que no hay ningún error en el listado provisional de pérdida de escolaridad.

El alumnado oficial presencial tiene la obligación de asistir a clase, y el profesorado de controlar dicha asistencia desde el primer día de clase hasta el final de curso. Si un alumno sobrepasa el número de faltas de asistencia no justificadas (9 sesiones según las instrucciones de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo), se le penalizará con la pérdida de escolaridad, lo que quiere decir que no se beneficiará de la evaluación continua ni de la asistencia a clase, aunque no perderá su derecho al examen final ordinario y extraordinario.

Será responsabilidad del alumnado entregar a su docente los justificantes de faltas en cuanto se reincorpore a clase. Estas faltas deberán ser por razones de enfermedad, motivos laborales, cambio de domicilio, etc., y serán sometidas al profesor para su consideración. Los justificantes serán oficiales y en ellos deberán constar las fechas y horarios de las actividades o circunstancias que impidieron al alumno asistir a clase.

Tras la publicación provisional de pérdida de escolaridad, el alumno dispondrá de 10 días para justificar sus faltas al profesor. Si éste considera que el alumno ha justificado debidamente sus ausencias, firmará el impreso correspondiente que el alumno deberá entregar en secretaría. Una vez sea publicada la lista definitiva, no se podrá subsanar ningún error.