RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2019, del secretario autonómico de Educación y Formación Profesional, por la cual se dictan instrucciones para la organización y funcionamiento de los centros docentes específicos de Educación Especial sostenidos con fondos públicos para el curso 2019-2020. [2019/7511]
(DOGV n.º 8598 de 24.07.2019) Ref. Base de datos 006937/2019
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Quinto. Organización de etapas y áreas de intervención
1. La distribución de las etapas en los centros de Educación Especial es la siguiente:
Educación infantil, que comprende el tramo de edad de tres a seis años, que puede prolongarse hasta los ocho años.
Educación primaria, que comprende el tramo de edad de seis a doce años, que puede prolongarse hasta los catorce años.
Educación secundaria obligatoria, que comprende el tramo de edad de doce a dieciséis años, que puede prolongarse hasta los diecinueve años.
2. La estructura de estas etapas es equivalente a las de las enseñanzas ordinarias, con el objetivo de facilitar la organización de los centros y la escolarización combinada del alumnado. Sin embargo, esta organización no implica la necesidad de lograr los contenidos y las competencias de los currículums ordinarios de las etapas referidas.
3. Dentro del tramo de la edad cronológica correspondiente a cada etapa, los centros pueden realizar una distribución flexible del alumnado, de acuerdo con criterios pedagógicos, metodologías de trabajo, estilo de aprendizaje y necesidades del alumnado.
4. Los centros de Educación Especial también pueden ofrecer Programas de Transición en la Vida Adulta (TVA), en el tramo de dieciséis en veintiún años, y programas de calificación básica adaptados al alumnado con necesidades educativas especiales, en las condiciones que se especifican en los apartados séptimo y octavo de esta resolución.
5. Las áreas de intervención preferente en las diferentes etapas educativas son las siguientes:
Área Infantil Primaria ESO
Autonomía personal / Hogar
Recursos Comunitarios
Académica Funcional En función del alumnado
Comunicación y Lenguaje
Habilitados Motrices / Educación Física
Habilidades Sociales
Educación Musical
Educación Artística
Educación Plástica, Visual y Audiovisual
Destrezas Laborales En función del alumnado
Religión / Valores Sociales y Cívicos
6. Los Programas de Transición en la Vida Adulta se organizan en las mismas áreas de intervención preferente que en la etapa de educación secundaria obligatoria, posando especial énfasis en las competencias que facilitan la autonomía del alumnado en la vida cotidiana.
7. Las familias o representantes legales del alumnado tienen que elegir y solicitar expresamente, por escrito, al inicio de la etapa o de su escolarización en el centro, que este curso el área de Religión o el área de Valores Sociales y Cívicos, y pueden modificar su opción al inicio del siguiente curso escolar.