BECAS DE COMEDOR CURSO 2023-24

Ayer se publicó la resolución que regula las ayudas para el servicio de comedor para el curso 2023-2024.

En el siguiente enlace tenéis la resolución completa:

https://ceice.gva.es/documents/162640666/172239352/RESOLUCI%C3%93N+COMEDOR.pdf/a533c1c1-0fc2-ea82-d4e5-eed9e8d6c5b9?t=1685954494435

Aspectos más relevantes que las familias deben tener en cuenta:

PLAZO. El plazo para presentar las solicitudes es desde el 07 de junio hasta el 05 de julio.

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.

  1. Mediante Borrador, para aquellas personas que solicitaron las Ayudas para el curso escolar 2022/2023.
  1. PERSONAS USUARIAS DE LA APLICACIÓN WEB-FAMILIA. (Desde hoy está disponible el borrador en Web Familia con los datos pregrabados del curso anterior).

Si las personas solicitantes de la ayuda están conformes con los datos facilitados, deberán IMPRIMIR, FIRMAR y PRESENTAR EL BORRADOR EN EL CENTRO donde estarán matriculados/as el próximo curso (2023/2024), sin necesidad de presentar más documentación (el alumnado de 6º deberá presentarlo en el IES dónde vayan a formalizar la matrícula).

Si alguno de los datos que figuran en el borrador no es correcto, se procederá a imprimir y señalar la circunstancia que cambia en el apartado G del borrador, y presentarlo en el centro educativo, junto con la documentación justificativa.

  • NOVEDAD: las personas que presenten el borrador, en la casilla “D: Tipo de ayuda que solicita”, podrán marcar la solicitud de ayuda de material escolar, que está asociada al alumnado que resulte beneficiario con una ayuda completa de comedor escolar.
  • Si alguna familia no puede imprimir el borrador, por favor, pónganse en contacto con el centro para que lo imprima y se lo haga llegar. Una vez lo tengan, hay que proceder de la misma manera que hemos explicado antes.
  • Cumplimentando una nueva solicitud a través del ANEXO I de la resolución (se puede imprimir desde la misma resolución o en la página web del centro. Y también dispondremos de copias en conserjería) y adjuntando la documentación siguiente:
  • Libro de familia.
    • DNI/NIE/PASAPORTE de las personas solicitantes (padres, tutores o similares).
    • Documentación justificativa de las circunstancias sociofamiliares (apartado E). Se deberá presentar el original y una copia para ser compulsada por el Centro.

Para las solicitudes tramitadas con un número de pasaporte, debido a que la persona solicitante aún no dispone de NIE, se debe presentar, OBLIGATORIAMENTE, un informe de los servicios sociales, en el que se haga constar la situación económica de la familia.

DE TODA LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA (tanto modificaciones en el borrador como en nuevas solicitudes) SE DEBE PRESENTAR EL ORIGINAL Y TRAER UNA COPIA PARA SU COMPULSA.

ACLARACIONES DE LAS CIRCUNSTANCIAS SOCIOFAMILIARES

  • En el tablón exterior y en la página web del centro se colgará la documentación que es necesaria para justificar cada una de las circunstancias sociofamiliares. Leer detenidamente lo que es necesario para su justificación.
  • Para las familias de no convivencia de los progenitores, rogamos tengan en cuenta los siguientes apartados de la resolución:

“9.2. En caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable el que no conviva con la persona solicitante de la ayuda. Aun así, y esto se aplicará también en relación con la viudedad del padre o de la madre, sí que tendrá la consideración de miembro computable, si es el caso, el nuevo cónyuge o persona unida por una relación análoga, aunque no se encuentre legalizada su situación como pareja de hecho, la renta de la cual se incluirá dentro del cómputo de la renta familiar. Esta circunstancia quedará acreditada con la aportación de la documentación indicada en el apartado anterior.”

“9.3. En el caso de custodia compartida, se considerarán miembros de la unidad familiar aquellos que convivan en el domicilio en que se encuentre empadronado el alumnado; a este efecto tendrá que presentarse el acuerdo o la resolución por los cuales se establecen el régimen de custodia compartida y un certificado de empadronamiento.”

  • En el apartado de circunstancias sociofamiliares se puede obtener un máximo de 2 puntos.