BECAS DE COMEDOR ESCOLAR 24-25
Estimadas familias:
Con fecha de hoy ha sido publicada en el DOGV la resolución de 18 de junio de 2024 de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se convoca la concesión de ayudas de comedor para el curso 24-25.
En la web oficial del Centro tienen un extracto de dicha resolución, y con el enlace también disponible a la propia página de Conselleria pueden descargar e imprimir el documento de solicitud.
También se les adjunta un formulario web para hacer uso del comedor durante el próximo curso. Este formulario SE HA DE RELLENAR INDEPENDIENTEMENTE DE HACER LA SOLICITUD DE BECA.
Les detallo instrucciones para la presentación en el centro:
- La fecha de presentación inicia el próximo lunes 1 de junio 2024 en horario de 9 a 12 horas, siendo los LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES hasta el 17 de julio en el horario arriba indicado.
- Aquellas personas que disfrutaron de beca el curso 23-24 tendrán disponible en WebFamilia el borrador para el curso próximo. Deben imprimirlo y entregarlo firmado (por ambos/as progenitores/as) si están de acuerdo y los datos son correctos.
- En caso de presentar una nueva solicitud, ésta se entregará firmada por ambos progenitores (si es el caso) por duplicado. Se les entregará una de las dos compulsada a modo de justificante de presentación. Una persona delegada por ustedes puede entregar la documentación cumplimentada en caso de no poder acudir al centro.
- Cualquier circunstancia que no pueda comprobar la Administración de manera telemática deberá justificarse documentalmente en el momento de entregar la solicitud.
- Circunstancia familia monoparental (recomendamos no confirmar borrador y cumplimentar una nueva solicitud):
- El sistema necesita que la circunstancia de familia monoparental se marque en caso de que sólo la presente una persona, con lo que es imprescindible aportar de manera física para que podamos escanearlos COPIA de los siguientes documentos:
- Separación o divorcio: Libro de familia y sentencia judicial firme de separación o divorcio (o convenio regulador), donde constará acreditada la obligación legal de pagar la pensión alimenticia, y el régimen de convivencia de la descendencia.
- Viudedad: libro de familia y certificado de defunción.
- Padre/madre/tutor/a solteros: libro de familia o certificación del Registro Civl.
- Y acompañando a lo anterior, Certificado de empadronamiento donde figure el/la niño/a. La solicitud deberá realizarla el/la progenitor/a con quien esté empadronado/a el/la niño/a.
- El sistema necesita que la circunstancia de familia monoparental se marque en caso de que sólo la presente una persona, con lo que es imprescindible aportar de manera física para que podamos escanearlos COPIA de los siguientes documentos: