Justificante salida extraordinaria del centro

La legislación vigente impone la responsabilidad del centro sobre el alumnado menor de edad (MENOS DE 18 AÑOS), por lo que las puertas de acceso del centro deben permanecer cerradas desde el inicio de la primera clase del día hasta la finalización de la última clase, incluyendo los recreos y otras actividades que puedan estar programadas. El alumnado mayor de edad podrá salir del centro durante los periodos de descanso, si lo considera oportuno.

Si por algún motivo de necesidad el alumnado debe salir del centro en horario escolar, es OBLIGATORIO que acuda en persona al centro el padre, madre o representante legal para recogerlo, y deberá traer cumplimentada una hoja de autorización de salida extraordinaria del centro, en la que conste el nombre y DNI de la persona autorizada para recogerle y la firma tanto de su padre/madre/tutor-a como de la persona autorizada a recogerle (si procede). NINGÚN ALUMNO/A DEL CENTRO PODRÁ JUSTIFICAR LA SALIDA DE OTRO ALUMNO/A.

NO SE ACEPTAN AUTORIZACIONES TELEFÓNICAS, siendo válido únicamente el procedimiento reseñado anteriormente para la salida extraordinaria del centro.

El modelo de autorización se encuentra a disposición del alumnado y sus familias en el siguiente botón de descarga y en formato papel en conserjería.