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TRANSPORTE ESCOLAR
Beneficiarios:
- Alumnado de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) cuyo domicilio habitual, debidamente acreditado, esté a una distancia igual o superior a 3 km. del centro educativo.
- Alumnado escolarizado en Educación Especial (EEESO).
*Con carácter excepcional se podrá autorizar para el uso del servicio de transporte escolar a alumnado de otros niveles de enseñanza.
Existen dos modalidades:
- TRANSPORTE ESCOLAR COLECTIVO: comportará la inclusión del alumnado en una de las rutas de transporte contratadas por la Administración educativa.
- AYUDAS INDIVIDUALES DE TRANSPORTE ESCOLAR: corresponderán al alumnado que teniendo derecho a ser beneficiario del servicio escolar de transporte, por cumplir los requisitos establecidos, no pueda ser incluido en ninguna de las rutas de transporte colectivo autorizadas.
Enlace a NORMATIVA.
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