Convalidaciones

Sistema de convalidaciones de módulos en la Formación Profesional. Todas las solicitudes de convalidación deben dirigirse a la secretaria del centro. Dependiendo de la formación aportada y de los módulos solicitados algunas convalidaciones las resuelve el centro y otras son competencia del Ministerio de Educación. Puedes encontrar toda la información detallada en las siguientes páginas web:

Cómo realizar la solicitud

Para poder convalidar alguno de tus módulos debes hacer lo siguiente:

  1. Las solicitudes de convalidación siempre se presentan en el centro, indistintamente de si su resolución corresponde al centro o al Ministerio. Tienes los distintos modelos en los siguientes enlaces:
  2. Es imprescindible estar matriculado en un centro educativo para poder solicitarla.
  3. La solicitud debe presentarse del 21 de septiembre al 6 de octubre, entregando al TUTOR/A de tu curso la solicitud correspondiente rellenada y adjuntando la documentación acreditativa del motivo de la convalidación.
  4. Mientras no se resuelvan las solicitudes, el alumnado debe asistir a las clases y demás actividades de formación de los módulos cuya convalidación se ha solicitado. En el caso de las resoluciones por parte del Ministerio éstas pueden demorarse bastante.
  5. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con la secretaría del centro.
  6. Al final de esta página puedes encontrar un documento guía para saber los módulos que puedes convalidar.
  7. Recuerda que si está recogida en el Decreto se convalida, en caso contrario se deniega.

Que resuelve el centro

El centro resolverá las solicitudes de convalidación en los casos en los que se presente la siguiente documentación justificativa:

  • Módulos superados en ciclos formativos LOGSE o LOE.
  • Ciclos formativos LOGSE o LOE superados.
  • Certificados de Profesionalidad o Unidades de competencia acreditadas.
  • Acreditación de niveles de conocimiento de Idiomas (B1, B2…).

Qué resuelve el ministerio

La solicitud de convalidación será resuelta por el Ministerio de Educación cuando el alumnado presente alguno de los siguientes estudios:

  • Estudios UNIVERSITARIOS Oficiales de Diplomado/a, Licenciado/a o de Grado.
  • Título de FPI (Técnico Auxiliar) de la Ley 14/1970.
  • Título de FPII (Técnico Especialista) de la Ley 14/1970.
  • Módulos experimentales de Nivel II o Nivel III de la Ley 14/1970
Guía Convalidaciones