El alumnado español o extranjero que resida legalmente en España, que curse estudios oficiales desde tercer curso de la ESO, o equivalente, según el actual sistema educativo y hasta el curso escolar en que cumpla los 28 años, es beneficiario del Seguro Escolar obligatorio (todo nuestro alumnado de los siguientes cursos debe formalizar el pago del mismo).
En el caso de nuestro centro el alumnado de:
- 3º y 4º de ESO (El alumnado de 1º y 2º de la ESO no tiene seguro escolar).
- Bachillerato
- FPB
- SMR
- ASIR/DAW
El seguro se paga preferiblemente en el momento de formalizar la matrícula escolar, al inicio del curso académico. Aunque este trámite puede hacerse a lo largo de todo el curso. En los casos de nuevo alumnado de incorporación tardía:
- Si el alumno/a ya estaba matriculado en otro centro educativo y ya había abonado la cuota del seguro escolar, no deberá volverla a abonar.
- Si el alumno/a no estaba escolarizado en el sistema educativo español, deberá abonar la cuota del seguro escolar en el momento formalice la matrícula.
- Si un alumno/a se matricula en el mismo curso académico en distintas enseñanzas, abonará una sola cuota (Por ejemplo, el alumnado de ESO o Bachillerato que simultáneamente curse enseñanzas profesionales de música o danza).
¿Cómo pago el seguro escolar obligatorio?
El pago deberá realizarse mediante una transferencia bancaria al siguiente número de cuenta.
ES71 2100 5695 5902 0001 0256
(El importe a ingresar es de 1’12€)
En el concepto debe incluirse la siguiente información:
«Seguro escolar+ Grupo del Alumno/a + Nombre Completo del Alumno/a» (Ejemplo:Seguro escolar_4ESOA_Maria Fernandez Lopez”).
Esta información es crucial para identificar y registrar adecuadamente el pago. Una vez realizada la transferencia, en cada caso, se informará del procedimiento y plazo para entregar el justificante impreso.