Exención valenciano

Exención de la evaluación y calificación de valenciano. Más información: https://ceice.gva.es/es/web/ensenanzas-en-lenguas/curs-d-actualitzacio-linguistica

Según la Ley 1/2024, el alumnado puede solicitar la exención de la evaluación y calificación de la asignatura de valenciano en determinados casos. A continuación te explicamos qué es, quién la puede pedir y como se hace el trámite.

Qué es la exención?

Es el derecho que tienen algunos alumnos a no ser evaluados ni calificados en la materia de valenciano durante uno o varios cursos escolares, según su situación personal, familiar o de origen.

Quién puede solicitarla?

  1. Alumnado que reside en zonas de predominio lingüístico castellano Puede solicitar la exención sin límite de tiempo si vive en un municipio reconocido como de predominio castellano (según el artículo 36 de la Ley 4/1983).
  2. Alumnado con residencia temporal en zona de predominio valenciano Puede solicitar la exención durante un máximo de 3 cursos escolares consecutivos, siempre que acredito documentalmente la residencia temporal en un municipio de predominio valenciano (artículo 35 de la misma ley).
  3. Alumnado de incorporación tardía El alumnado que se incorpora por primera vez al sistema educativo valenciano, procedente de otra comunidad autónoma o de un sistema educativo extranjero, puede pedir la exención durante el curso de incorporación y el siguiente. A partir del tercer curso tendrá derecho a una adaptación de acceso en el área de valenciano.
  4. Pruebas de acceso en la universidad El/la alumno/a que no haya sido evaluado/da en valenciano en alguno de los tres últimos cursos escolares (por no haber cursado la materia o para tener exención), puede solicitar la exención de la prueba de valenciano.

Procedimiento de solicitud

  • Quién puede presentarla? La persona solicitante (padre, madre o tutor/a legal), o el alumnado mayor de edad.
  • Donde presentarla? A la secretaría del centro educativo donde se ha matriculado la alumna o alumno.
  • Cuando presentarla? Durante los meses de octubre, noviembre y diciembre, después de haber sido informado por el equipo directivo.
  • Si la matrícula se ha echado del periodo ordinario, se dispone de 15 días naturales para hacer el trámite.
  • Enlace al procedimiento oficial: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G235&id_caso=sollicitud

Aspectos importantes a tener en cuenta

Solicitar la exención puede aplazar o dificultar el logro de los objetivos de una educación plurilingüe y de los contenidos curriculares de todas las lenguas. Esto puede suponer una desventaja para el alumnado en la hora de afrontar los retos de la sociedad actual y futura.

Renuncia a la exención

Todas las familias, o el alumnado mayor de edad, que hayan solicitado u obtenido la exención pueden renunciar en cualquier momento. Para hacerlo, hay que presentar el modelo de renuncia (anexo III), debidamente firmado y datado por la persona interesada.

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