Empresas Colaboradoras

¿Cómo ser una empresa colaboradora en el módulo de FCT?

Toda empresa comprometida con la formación dentro de su responsabilidad social corporativa, como vía para lograr mejoras en la calidad y competitividad, puede colaborar en el Programa de Formación en Centros de Trabajo.

Para ser empresa colaboradora es preciso suscribir un Convenio o Acuerdo de Colaboración entre las partes. La duración del convenio es de un año a partir de su firma, considerándose prorrogado automáticamente cuando ninguna de las partes firmantes manifieste lo contrario.

¿Qué implica tener alumnos realizando el módulo de FCT?

La empresa firmará un acuerdo de colaboración con el centro educativo correspondiente y nombrará un responsable-tutor/a para la coordinación de las actividades formativas a realizar en el centro de trabajo, que garantizará la orientación y consulta del alumno/a, facilitará las relaciones con el profesor/a-tutor/a del centro educativo y aportará los informes valorativos que contribuyan a la evaluación. A tal fin, facilitará al profesor-tutor/a del centro educativo el acceso a la empresa y las actuaciones de valoración y supervisión del proceso.

La empresa se comprometerá al cumplimiento de la programación de actividades formativas que previamente hayan sido acordadas con el centro educativo, a realizar su seguimiento y la valoración del progreso de los alumnos/as y, junto con el tutor/a del centro educativo, a la revisión de la programación, si una vez iniciada la FCT o la FPCT, y a la vista de los resultados, fuese necesario. La empresa o entidad colaboradora no podrá cubrir, ni siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo en plantilla con el alumno/a que realice actividades formativas en la empresa.

Cualquier eventualidad de accidente que pudiera producirse será contemplada a tenor del Seguro Escolar, de acuerdo con la Reglamentación establecida por el Decreto 2078/71, de 13 de agosto, para más información