PÉRDIDA DE ESCOLARIDAD
El alumno matriculado tiene la obligación de asistir a clase y el profesorado controlará esta asistencia. Es obligación del alumno/a llevar un control de sus faltas.
Para el curso 2025-2026, el número máximo de faltas de asistencia injustificada es del 15% (9 clases).
Se publicará en el tablón de anuncios de Secretaría el listado de alumnado con pérdida de escolaridad. Es obligación del alumno consultar estos listados.
¿Qué conlleva la pérdida de escolaridad?:
- Alumnado de primeros cursos: ya no puede llevar a cabo las pruebas de seguimiento, pero sí que puede, presentarse a la prueba final y a la convocatoria extraordinaria.
- Alumnado de segundos cursos (cursos conducentes a las pruebas de certificación): puede llevar a cabo la prueba de certificación si se ha inscrito en el plazo correspondiente para los alumnos oficiales.
