Disposiciones generales
1. Las solicitudes de admisión a enseñanzas de las EOI se realizarán únicamente por medios telemáticos.
2. Las personas solicitantes que carecen de posibilidad de acceso a medios electrónicos tendrán que acudir a cualquier EOI de la Comunitat Valenciana, donde estarán habilitados los medios necesarios para poder realizar las solicitudes del proceso de admisión.
3. Los ciudadanos de cualquier nacionalidad se pueden matricular en un idioma extranjero diferente al oficial del país donde hicieron la escolarización obligatoria.
Proceso de admisión
1. Cursos curriculares presenciales (diurnos/ordinarios o intensivos), semipresenciales o a distancia:
Tanto el alumnado matriculado en el curso 2023-2024 como las personas solicitantes de nuevo ingreso elegirán las preferencias horarias y de EOI ordenadas por prioridad. La persona solicitante podrá elegir un máximo de tres idiomas y hasta cincuenta combinaciones horarias, con la posibilidad de seleccionar varias escuelas y varias modalidades.
Las EOI que imparten cursos a distancia son: EOI Castelló de la Plana, EOI Sagunto, EOI València-Saïdia, EOI València-Quatre Carreres, EOI Gandia, EOI Elche y EOI Alicante.
2. Se podrá participar en los dos periodos de admisión, en junio (convocatoria ordinaria) y en septiembre (convocatoria extraordinaria).
3. La información complementaria para el proceso de admisión estará accesible en https://eoi.gva.es/es/admissio-i-matricula.
Procedimiento de matrícula
El procedimiento para ser alumno o alumna oficial de una EOI tiene los pasos siguientes:
1) Participación en el proceso de admisión: la persona interesada participa en el procedimiento de admisión habilitado, donde elige idioma, nivel, horario y EOI. Apertura del asistente telemático de admisión https://portal.edu.gva.es/adminova/es/eoi/a cursos curriculares en convocatoria extraordinaria (segundo periodo de admisión): Desde las 12.00 horas del 13 de septiembre de 2024 hasta las 23.59 horas del 17 de septiembre de 2024.
2) Adjudicación de vacantes: Comprobar el grupo que te han asignado en el asistente telemático con el mismo usuario y contraseña de la solicitud de admisión el día 20 de septiembre de 2024. https://portal.edu.gva.es/adminova/es/eoi/
3) Matriculación final: la persona a quien se le ha adjudicado una vacante formaliza la matrícula, aportando la documentación necesaria en el caso de los alumnos nuevos, efectúa el pago de las tasas y registra la solicitud en la EOI de la plaza adjudicada desde el asistente telemático con el mismo usuario y contraseña de la solicitud de admisión. https://portal.edu.gva.es/adminova/eoi/ del 20 al 27 de septiembre de 2024.
Cuando formalicemos tu matrícula, recibirás un correo como comprobante de matrícula con tu nueva clave de acceso a la Web familia que se activará cuando empiece el curso. Este correo no es inmediato debido al volumen de matrículas telemáticas.
La persona que no realice la formalización de la matrícula hasta el final no se considerará alumno o alumna oficial y se entenderá que desiste del derecho en la plaza vacante y tendrá la oportunidad de volver a participar en la admisión extraordinaria.
Cualquier información consignada en el procedimiento de participación que no sea verídica o no pueda ser acreditada supondrá la anulación de la matrícula.
Los docentes en activo de los cuerpos de Infantil, Primaria, Secundaria, Formación de Personas Adultas en centros dependientes de la GVA, enseñanzas de régimen especial y Formación Profesional, como participantes del PIALP, deben realizar una solicitud previa a la participación en el proceso de admisión. Esta solicitud se tramita siguiendo los dos pasos siguientes:
1. TODO EL PROFESORADO (antiguos y nuevos alumnos) tiene que hacer una solicitud para la convocatoria 2024-2025 en la plataforma OVIDOC. Apertura de la plataforma OVIDOC para la solicitud de cursos de inglés, francés y valenciano para el profesorado del PIALP: desde las 12.00 horas del 27 de mayo de 2024 hasta las 23.59 horas del 31 de mayo de 2024.
LISTADOS DE ADMITIDOS
1.1. Segundo paso, hay que acceder a Secretaría Digital en adminova.gva.es (segundo período de admisión) a partir de las 12 horas del día 13 de septiembre de 2024 hasta las 23.59 horas del 17 de septiembre de 2024.
2. Los idiomas en los que se pueden matricular los docentes en activo por el programa PIALP son:
2.1. Inglés, francés y valenciano en los cursos curriculares en todas las modalidades ( presencial, semipresencial o en línea).
2.2. Inglés, francés y valenciano en los cursos complementarios en las modalidades presencial o en línea.
3. Los niveles de los cursos del PIALP son A2, B1, B2 y C1.
4. En caso de querer solicitar cursos de inglés, francés y de valenciano se debe realizar un trámite para cada idioma.
5. Cada solicitud OVIDOC se podrá modificar o anular, incluso una vez validada y enviada. El último trámite validado será el que constar como presentado y sobrescribirá todos los anteriores. Al final del trámite se generará un justificante en formato PDF que se deberá adjuntar en el momento de realizar la solicitud de admisión en el asistente telemático,(adminova.gva.es), previamente a la formalización de la matrícula.
Cronograma del proceso de admisión y matrícula:
- Apertura de la plataforma OVIDOC para la solicitud de cursos de inglés, francés y valenciano para el profesorado del PIALP: desde las 12.00 horas del 27 de mayo de 2024 hasta las 23.59 horas del 31 de mayo de 2024.
- Publicación del listado del profesorado admitido en el PIALP a partir del 12 de junio de 2024.
- Publicación de vacantes: 13 de septiembre de 2024.
- Apertura del asistente telemático de admisión a cursos curriculares en convocatoria extraordinaria (segundo período de admisión): desde las 12.00 horas del 13 de septiembre de 2024 hasta las 23.59 horas del 17 de septiembre de 2024.
- Resultados de la adjudicación de vacantes (segundo periodo) 20 de septiembre de 2024.
- Formalización de la matrícula de los usuarios que han obtenido plaza: A partir del 20 de septiembre de 2024, (las EOI publicarán el procedimiento de formalización de la matrícula en la web del centro).
- Matrícula de los cursos complementarios: del 3 al 31 de julio y del 2 al 20 de septiembre de 2024. Comprobar la información en las páginas web de las EOI.
Una vez recibida la comunicación del resultado definitivo del procedimiento de admisión, el alumnado tendrá que formalizar la matrícula en las fechas establecidas a tal efecto. La documentación correspondiente deberá subirse al asistente telemático de matrícula, o bien se entregará presencialmente en la EOI elegida.
ALUMNADO MATRICULADO EN EL CURSO 2023/2024 EN LA EOI CASTELLÓ DE LA PLANA:
- Impreso 046 rellenado y correctamente generado y justificante de pago bancario de la tasa.
- No hay que entregar la solicitud telemática de petición de horarios, pero sí es conveniente conservarla en caso de posibles errores.
EL ALUMNADO NO MATRICULADO EN EL CURSO 2023/2024 EN LA EOI CASTELLÓ DE LA PLANA:
- No hay que entregar la solicitud telemática de petición de horarios, pero sí es conveniente conservarla en caso de posibles errores.
- Imprreso 046 rellenado y correctamente generado y justificante de pago bancario de la tasa.
- Si es la primera vez que te matriculas en una EOI, justificante del pago de la apertura de expediente.
- En caso de haber pagado el carné de la EOI (opcional), una fotografía tamaño carné.
- En caso de acceder a un curso superior a primero de A2, original y fotocopia del certificado acreditativo del nivel de idioma de acuerdo con la resolución que determina los certificados que habilitan para la matriculación en la EOI. Puedes consultarlos pinchando aquí.
- Las personas que disponen del título de Bachillerato o se encuentran en trámite de obtenerlo, español u homologado, y quieran acceder a los estudios de idiomas de primer curso del nivel B1 o de segundo curso del nivel A2 de la primera lengua extranjera cursada en Bachillerato tienen que presentar un certificado académico en el que conste como superada la primera lengua extranjera.
- Original y fotocopia de la documentación que da derecho a la exención de bonificación de las tasas:
- Original y fotocopia del carné de familia numerosa o monoparental, si es procedente.
- En el caso de familias víctimas del terrorismo o de violencia de género, original y fotocopia del certificado oficial que ha emitido la Administración competente.
- Las personas solicitantes de otras comunidades autónomas o que hayan estado matriculados durante el curso 2018-2019 o anteriores en una EOI de la Comunitat Valenciana tendrán que presentar junto con el resto de documentación un expediente académico, un documento o resguardo de matrícula, una certificación académica o un certificado de nivel. En el caso de no tener ningún documento, deberá pedir en el centro de origen documentación expedida por la EOI que acredite que anteriormente habían estado cursando estudios o habían estado matriculadas en una prueba de certificación como alumnado libre.
ALUMNADO EXTRANJERO COMUNITARIO (de algún país de la Unión Europea):
- Fotocopia del NIE y documento que acredite el país en que se ha realizado la escolarización obligatoria o bien un certificado escolar del centro del Estado español donde realizó la escolarización obligatoria.
ALUMNADO EXTRANJERO NO COMUNITARIO:
- Fotocopia del NIE y documento que acredite el país en que se ha realizado la escolarización obligatoria.
ALUMNADO MENOR DE 16 AÑOS
- Los solicitantes que tengan menos de 16 años durante el año 2024 que quieran seguir la enseñanza de un idioma extranjero diferente del primer idioma extranjero que cursan en la Educación Secundaria Obligatoria tienen que presentar un certificado del centro docente donde cursan actualmente los estudios, que acredite el curso que imparten y el idioma o los idiomas extranjeros que estudian.
- En los supuestos de no convivencia de los progenitores del alumno o alumna menor de edad, por motivos de separación, divorcio, ruptura de pareja de hecho, o situación análoga, se debe consignar en el procedimiento de admisión o de traslado de matrícula.
ATENCIÓN:
- La matrícula no se considera formalizada hasta que la escuela oficial de idiomas no recibe toda la documentación necesaria y valida el alta y el alumno o alumna recibe el justificante de matrícula. La documentación deberá subirse al asistente telemético de matrícula o se entregará presencialmente. Si la escuela no recibe la documentación en el plazo establecido, pierde su derecho a la plaza asignada.
- En cualquier momento, la secretaría del centro podrá requerir la documentación original para hacer la comprobación pertinente. El hecho de presentar algún documento falso conlleva la anulación de lamatrícula.
REQUISITOS ACADÉMICOS PARA OPTAR A UN NIVEL SUPERIOR AL INICIAL (A2) DE CADA IDIOMA.
1. El certificado de niveles A2, B1, B2 o C1, tanto de las EOI como de las entidades reconocidas en la resolución aprobada a tal efecto, habilita para acceder al curso siguiente del idioma del certificado aportado.
2. El título de Bachillerato habilita para acceder a las enseñanzas de idiomas de primer curso de B1 de la primera lengua extranjera cursada en el Bachillerato.
3. El certificado del nivel A2, obtenido por la superación de la prueba homologada habilita para acceder al primer curso de nivel B1 del idioma certificado.
4. El certificado de los niveles A2 y B1 del Centro Universitario de Idiomas a Distancia (CUID) habilita para el acceso al primer curso de nivel B1 y el primer curso de nivel B2, respectivamente.
5. Los certificados de los niveles A2, B1, B2 o C1 de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV) habilitan para acceder al curso de nivel B1, B2, C1 y al primer curso del nivel C2 de valenciano
de las EOI, respectivamente. El certificado del nivel C2 de la JQCV habilita para acceder al segundo curso del nivel C2 de valenciano de las EOI.
6. La calificación global de «no apto» en la última prueba de certificación a la que se haya presentado con la calificación de «apto» en cada una de las actividades de lengua evaluadas, y un 60 % de puntuación global, habilita para acceder al curso siguiente al del nivel de la prueba de certificación realizada.
7. La calificación global de «no apto» en la última prueba de certificación a la que se haya presentado con un porcentaje de puntuación mínimo de un 50 % en al menos tres actividades de lengua evaluadas
habilita para acceder al último o único curso que conduce a la certificación del nivel no superado.
8. El resultado del test de clasificación del curso 2024/2025.
9. Las EOI determinarán los certificados válidos que habilitan para acceder al idioma de la solicitud cuando el idioma no aparezca en la resolución aprobada a tal efecto. Los certificados admitidos tendrán que ser de entidades de prestigio reconocido y que mantengan los estándares de calidad de las EOI.
CONSULTA AQUÍ LOS CERTIFICADOS Y DIPLOMAS RECONOCIDOS PARA ACREDITAR TU NIVEL DE LENGUA
La oferta formativa complementaria ofrece cursos sin exámenes de 30 o 60 horas anuales de duración distribuidas en una o dos sesiones semanales. Puede estar dedicada al trabajo de la destreza oral orientada a la interacción en alguno de los niveles del MCER impartidos, a la iniciación en una lengua, a la preparación de las pruebas de certificación, a cursos de perfeccionamiento, de actualización, etc. Al final del curso se podrá solicitar un certificado de asistencia.
Estos cursos también se pueden ofrecer en formato intensivo, de forma que el alumnado puede completar un curso de 60 horas en un solo cuatrimestre, ya sea de octubre a enero o de febrero a mayo. Puedes consultar los diferentes cursos y horarios aquí.
El período de preinscripción empezará el 17 de julio de 2024 y, para inscribirse, hace falta rellenar el formulario del idioma correspondiente:
Una vez se confirme la realización del curso, se os contactará para que podáis formalizar la matrícula. ¡Importante! No se tienen que pagar las tasas de matrícula hasta que no se confirme la realización del curso.
De acuerdo con la normativa vigente a fecha de hoy, no habiéndose publicado ningún decreto ley que establezca la prórroga de dicha reducción del 10% en las tasas y precios públicos en materia educativa dependientes de esta Conselleria, en el curso escolar 2024/2025 se aplicarán los importes de tasas y precios públicos en materia educativa dependientes de esta Conselleria sin la reducción del 10%, regulados en la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas, importes aplicados con anterioridad al 2 de mayo de 2022.
Puedes consultar las tasas aquí. TASAS
Para formalizar la matrícula en cualquier EOI las personas tienen que abonar la tasa correspondiente. La matrícula no se considera finalizada hasta que la EOI correspondiente comprueba la documentación y la persona recibe el justificante de matrícula correspondiente.
1. La persona que no haya estado nunca matriculada antes en una EOI tiene que abonar la tasa de apertura de expediente y, opcionalmente, la tasa de expedición de tarjeta de identidad de alumno.
2. La persona que se matricule en más de un idioma en EOI diferentes solo tendrá que abonar la apertura de expediente en una de las escuelas y presentar el justificante de matrícula en la otra escuela.
3. Los docentes participantes del programa PIALP no tendrán que abonar tasas de matrícula, ni de apertura de expediente ni de expedición de tarjeta de identidad de alumno.
4. La persona que se matricula en un curso ya superado como actualización de conocimientos abonará la tasa de alumnado no repetidor.
5. La persona que haya estado matriculada previamente en una EOI, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, distinta de la EOI que solicita no tendrá que abonar la tasa de apertura de expediente.
6. En las tasas de matrícula se aplicarán las exenciones y las bonificaciones que contempla la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Para poder abonar las tasas de matrícula hay que tener NIE o NIF
DEVOLUCIÓN DE TASAS
1. La devolución de tasas solo se podrá solicitar en los periodos establecidos a tal efecto.
2. Una vez iniciadas las clases, o en los casos previstos en el artículo 9.10 de la Orden 87/2013, solo se hará devolución de tasas en los siguientes supuestos:
a) Cuando la no utilización, la no prestación o la no realización del servicio sea imputable a la Administración.
b) Cuando la no utilización, la no prestación o la no realización del servicio tenga el origen en una causa de fuerza mayor, la devolución será procedente con la solicitud previa de la persona interesada, siempre que la misma pruebe suficientemente esta fuerza mayor.
3. Los errores de inscripción y de pago de tasas imputables a los interesados no darán lugar a devolución de tasas.
4. En los casos de solicitud de devolución de tasas dentro del periodo de matriculación, será requisito imprescindible que se haya presentado la renuncia al puesto escolar o la prueba ante el centro correspondiente y que no se haya hecho uso del servicio. Último día para realizar la renuncia de matrícula y poder proceder a solicitar la devolución de tasas : 31 de octubre de 2024.
5. La presentación telemática de la solicitud de devolución de tasas comportará la autorización para la comunicación o notificación telemática, salvo que se indique expresamente lo contrario en la solicitud de devolución.
6. El procedimiento de solicitud de devolución de tasas será preferiblemente telemático. Será requisito imprescindible adjuntar un certificado del centro en el que conste el motivo de la solicitud de devolución de la tasa, y adjuntar la documentación que acredite las circunstancias alegadas para solicitar la devolución. Las circunstancias alegadas y los certificados presentados tienen que estar vigentes en la fecha en la que se efectuó el pago. En caso de ser un error de pago de tasa por bonifi-
caciones (familia numerosa, discapacidad, etc.) no es necesario pedir un certificado en la EOI, se puede solicitar la devolución directamente.
7. Las tasas imputables en el proceso de admisión están publicadas en la web https://eoi.gva.es/es/impresos-i-taxes-d-idiomes.
PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE TASAS
1. Las personas que acrediten un dominio suficiente de las competencias de un idioma a través de la superación del test de clasificación podrán incorporarse a cualquier curso o nivel de acuerdo con el resultado del test de clasificación.
Las personas interesadas en la realización de un test de clasificación deben formalizar la inscripción en la EOI correspondiente.
2. Cada EOI publica en su web del centro el calendario, el procedimiento de realización del test, el del pago de la tasa y el de la matrícula para realizarlo. En cualquier caso, los resultados del test de clasificación se publicarán antes de la finalización del segundo periodo de admisión, la convocatoria extraordinaria.
3. El test de clasificación lo elaboran y lo administran los departamentos didácticos, tomando como referencia las programaciones aprobadas para cada curso, y lo convoca y lo lleva a cabo cada EOI antes del inicio de las clases. Además de esto, los departamentos pueden hacer test de clasificación dentro del periodo de matriculación. Los centros tienen que hacer públicos, junto con las otras instrucciones de la convocatoria, el tipo de prueba y los criterios de evaluación.
4. Los departamentos didácticos, según el resultado en el test de clasificación, asignan a cada alumno o alumna el curso apropiado en el que pueden realizar la solicitud telemática de matrícula siguiendo el
procedimiento establecido.
5. El resultado del test de clasificación es válido para el curso académico en el que se ha hecho, en cualquiera de las EOI de la Comunitat Valenciana.
6. El hecho de presentarse al test de clasificación no garantiza ninguna plaza escolar al solicitante.
7. Los aspirantes que cumplan las condiciones del punto 6 y 7 del apartado segundo de la resolución de matrícula, tendrán la consideración de alumnado de test de clasificación:
«6. La calificación global de no apto en la última prueba de certificación a la que se haya presentado con la calificación de apto en cada una de las actividades de lengua evaluadas y un 60 % de puntuación global habilita para acceder el curso siguiente al del nivel de la prueba de certificación realizada.
7. La calificación global de no apto en la última prueba de certificación a la que se haya presentado con un porcentaje de puntuación mínimo de un 50 % en al menos tres actividades de lengua evaluadas habilita para acceder al último o único curso conducente a la certificación del nivel no superado».
A) Inscripción a las pruebas unificadas de certificación (PUC)
del alumnado oficial presencial
1. El alumnado que, a lo largo del curso académico 2023-2024, esté
matriculado en alguna de las escuelas oficiales de idiomas presenciales
de la Comunitat Valenciana en el último curso de nivel B1, B2, C1 o C2
solo podrá inscribirse para realizar la PUC en la escuela oficial de idio-
mas donde curse los estudios. Esta inscripción se hará exclusivamente
por vía telemática y estará exenta del pago de tasas.
2. El cronograma de los trámites del proceso de matriculación en
las pruebas de certificación es el que figura abajo.
3. El enlace del procedimiento telemático de este alumnado se
encontrará en la página web https://eoi.gva.es/es/proves-de-certificacio
4. Las personas candidatas que hayan detectado errores en los datos
de matriculación tendrán que comunicarlo a la secretaría del centro.
Las reclamaciones, en su caso, se dirigirán al director o directora de la
escuela oficial de idiomas correspondiente.
5. El listado provisional y definitivo del alumnado admitido a las
pruebas se publicará en la web de las escuelas oficiales de idiomas
correspondientes.
B) Matriculación e inscripción en las pruebas unificadas de certi-
ficación (PUC) del alumnado libre
1. La matrícula se realiza exclusivamente por vía telemática en tres
pasos: 1) solicitud; 2) pago de la tasa, y 3) registro de la solicitud. La
tramitación de la matrícula finaliza cuando se han completado los tres
pasos.
2. La tramitación incompleta de la matrícula no da derecho a la
realización de la prueba.
3. El cronograma de los trámites del proceso de matriculación en
las pruebas de certificación es el que figura más abajo.
4. El enlace del procedimiento telemático de este alumnado se
encontrará en la página web https://eoi.gva.es/es/proves-de-certificacio
5. En el caso de los idiomas inglés y valenciano de todos los niveles
habrá que hacer una solicitud de turno de matrícula como requisito pre-
vio a la matriculación del alumnado libre. Los enlaces a las diferentes
solicitudes de turno se encontrarán en la página web https://proveseoi.
gva.es
6. El cronograma de solicitud de turnos de matrícula de inglés y
valenciano es el que figura abajo.
7. Las personas candidatas libres de inglés y valenciano con turno
asignado tienen que realizar la matrícula telemática necesariamente en
la fecha y franja horaria que se les haya asignado.
8. La obtención de turno de matrícula no garantiza la obtención de
plaza para la prueba.
9. Las personas candidatas que hayan detectado errores en los datos
de matriculación tendrán que comunicarlo a la secretaría de la escuela
oficial de idiomas que hayan elegido. Las reclamaciones, en su caso, se
dirigirán al director o directora de la escuela oficial de idiomas corres-
pondiente.
10. El listado provisional y definitivo del alumnado admitido en
las pruebas se publicará en la web de las escuelas oficiales de idiomas
correspondiente.
Cronograma de los trámites del proceso de matriculación para la nueva convocatoria 2024 (Nuevos idiomas y niveles)
Cronograma de los trámites del proceso de matriculación a las pruebas de certificación de las EOI - Convocatoria 2024
Calendario de realización de las pruebas