Al amparo del Artículo 34, del Decreto 39/2008, de 4 de abril, del Consell, sobre la convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos y sobre los derechos y deberes del alumnado, padres, madres, tutores o tutoras, profesorado y personal de administración y servicios, y a los efectos del ejercicio del derecho de reunión previsto en el Artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, informamos a las familias de la convocatoria de una huelga de alumnado el día 8 de marzo de 2023 con los siguientes objetivos:
- Reivindicación al derecho de igualdad de las mujeres respecto a los hombres a nivel social y laboral.
- Lucha contra el machismo y las diferentes discriminaciones en el día a día.
- Reivindicación de la igualdad en otras zonas o países.
Igualmente, informamos a las familias de los siguientes aspectos sobre la huelga:
- Solo tiene derecho a la huelga el alumnado de 3º ESO, 4º ESO, 1º Bachillerato y 2º Bachillerato.
- La inasistencia a clase el día de huelga no puede ser objeto de sanción, no podrán establecerse exámenes este día ni solicitar trabajos o actividades.
- El alumnado que participe en la huelga deberá presentar a las tutoras y tutores cinco días antes de la huelga el impreso de participación en esta firmado por las familias, que en ningún caso constituye un justificante por la inasistencia a clase, sino la información de su participación.
- El alumnado que asista a clase tiene que tener garantizado su derecho a la educación, por lo que las clases ordinarias deben seguir su curso normal con independencia del número de alumnado que secunde la huelga.
- Las faltas a clase no podrán ser justificadas por motivo de la huelga, sino que contabilizarán como no justificadas.