Circunstancia específica determinada por el Consejo Escolar en el Proceso de Admisión

El artículo 36 del Decreto 48/2024, del Consell, por el que se regula el proceso de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y en los centros de Educación Especial en la Comunidad Valencia establece que cada centro podrá asignar 1 punto al alumnado en quien concurra la circunstancia específica determinada por el consejo escolar de los centros públicos:

El consejo escolar del IES Francisco Figueras Pacheco ha acordado por unanimidad que se otorgará 1 punto a aquel solicitante en el que concurran alguna de estas dos circunstancias específicas:

  1. Simultaneidad con enseñanzas profesionales de música o de danza.
  2. Expediente académico (a partir de 8), para la admisión al Bachillerato.

El solicitante ha de aportar siempre la documentación que acredite esta circunstancia específica