Acceso a la Educación Secundaria Obligatoria del alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros
El alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros que deseen incorporarse a cualquiera de los cursos (1º, 2º, 3º y 4º) que integran en España la Educación Secundaria Obligatoria NO deberá realizar trámite alguno de Homologación/convalidación de estudios y su escolarización se realizará atendiendo a la edad, las circunstancias, los conocimientos y su historial académico.
Escolarización del alumnado atendiendo a la edad:
- El año en el que el alumnado cumpla 12 años → Escolarización en primer curso de la ESO.
- El año en el que el alumnado cumpla 13 años → Escolarización en segundo curso de la ESO.
- El año en el que el alumnado cumpla 14 años → Escolarización en tercer curso de la ESO.
- El año en el que el alumnado cumpla 15 años → Escolarización en cuarto curso de la ESO.