Anulación módulos semipresencial

SOLICITUD:
Para solicitar la anulación de matrícula habrá que presentar en secretaría los siguientes documentos:

  1. Impreso de solicitud de anulación debidamente cumplimentado y firmado. DESCARGAR
  2. Original y fotocopia del DNI/NIE.

INFORMACIÓN SOBRE ANULACIÓN DE MATRÍCULA

En los ciclos formativos de grado medio o de grado superior el alumnado podrá matricularse para cursar un mismo módulo profesional un máximo de tres veces. El alumnado podrá disponer por cada curso académico, para los módulos impartidos en el centro educativo, de una convocatoria ordinaria y otra extraordinaria como máximo.

  • El alumnado matriculado en régimen semipresencial o a distancia, podrá solicitar la anulación de todos o determinados módulos. En ambos casos perderá sus derechos a la enseñanza, evaluación y calificación de los correspondientes módulos atendiendo a su normativa específica.

  • El alumnado al que se le conceda la anulación de matrícula de todos los módulos en régimen semipresencial no será incluido en las actas de evaluación y, en consecuencia, no se le computarán las convocatorias a que le hubiera dado derecho la matrícula. Además, el alumnado que cursa las enseñanzas en un centro sostenido con fondos públicos, perderá el derecho de reserva de la plaza para posteriores cursos académicos, por lo que, si desea continuar en el futuro dichos estudios, deberá concurrir de nuevo al procedimiento general de admisión que se establezca.

PLAZOS

Las solicitudes de anulación de matrícula deberán presentarse ante la dirección del centro en que el alumno o alumna curse los estudios, con una antelación de al menos dos meses respecto del final del periodo lectivo correspondiente a los módulos profesionales a impartir en el centro educativo.

Cuando la matrícula sólo incluya el módulo de Formación en Centros de Trabajo y, en su caso, el módulo de Proyecto en los ciclos LOE, la anulación se solicitará con antelación al inicio de los mismo

ALUMNADO DE:

PLAZOS

PRIMER CURSO HASTA EL 9 DE ABRIL DE 2025
SEGUNDO CURSO HASTA EL 8 DE ENERO DE 2025
FCT y PFC ANTES DEL INICIO DE LA FCT y PFC

 

NORMATIVA DE REFERENCIA

RESOLUCIÓN del 26 de julio de 2021, del secretario autonómico de Educación y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones sobre ordenación académica y de organización de la actividad docente de los centros de la Comunitat Valenciana que durante el curso 2021-2022 impartan ciclos de Formación Profesional Básica, de grado medio y de grado superior. Punto 10.1 (DOCV 29/07/2021).

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