Pérdida de la escolaridad

El alumno matriculado tiene la obligación de asistir en clase y la EOI controlará esta asistencia. Es obligación del alumno llevar un control de las faltas.

El número máximo de faltas de asistencia injustificadas es del 15% (9 clases).

Según normativa de la Consellería, si te quieres matricular el curso siguiente, lo tendrás que hacer en período de vacantes tanto si superas el curso como si no lo haces.

En cuanto a la evaluación, esto implica:

  • Alumnos del primer curso de los niveles A2, B1, B2, C1 i C2:
    • no podéis hacer las pruebas de seguimiento pero sí que podéis presentaros a la prueba final y a la convocatoria extraordinaria
  • Alumnos del segundo curso de los niveles A2, B1, B2, C1 i C2:
    • pierden el derecho a hacer las pruebas de seguimiento pero pueden realizar la prueba de certificación si se han inscrito dentro del plazo correspondiente a los alumnos oficiales.

Se publicará en el tablón de anuncios de Secretaría el listado de alumnado con pérdida de escolaridad. Es obligación del alumno consultar estos listados. Los alumnos sancionados con la PE dispondrán de un plazo para presentar documentación justificando las faltas.

Descarga el impreso AQUÍ.

IMPORTANTE – FECHAS QUE HAY QUE TENER EN CUENTA

– PUBLICACIÓN LISTADO PROVISIONAL PE – 12/04

– PRESENTACIÓN DE JUSTIFICANTES EN SECRETARÍA – del15/04 al 18/04

– PUBLICACIÓN LISTADO DEFINITIVO PE – 29/04

Se considerarán faltas justificadas, con la presentación previa de la documentación pertinente, los siguientes casos establecidos por el Consejo Escolar:

  • Cuidado de menores (aportando el libro de familia) y de mayores (aportando el DNI del mayor e informe médico)
  • Preparación de exámenes (aportando un escrito del centro con el periodo de exámenes y un escrito de la persona implicada explicando la situación. Si es un menor, el pare/madre/tutor tendrá que hacer el escrito.
  • Aumento de carga laboral de los autónomos presentando el último recibo de autónomo más un documento explicativo de la situación.
  • Viaje de estudio de duración inferior a 2 meses consecutivos.
  • Viaje de trabajo de duración inferior a 2 meses consecutivos.
  • Contrato temporal de trabajo o de prácticas de duración inferior a 2 meses consecutivos.
  • Curso del SERVEF de duración inferior a dos meses.
  • Turnos de trabajo.
  • Sesiones de evaluación y reuniones del centro (en caso de que el alumno sea docente).
  • Asistencia a examen.
  • Enfermedad grave/hospitalización del alumno o de un familiar de 1.º grado.
  • Defunción de un familiar de 1.º grado.
  • Matrimonio o pareja de hecho del alumno.
  • Adopción/maternidad/paternidad.

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