Pruebas de ingreso a 1.º y/o acceso a 2.º, 3.º, 4.º, 5.º y 6.º Enseñanzas Profesionales:
Información
Para iniciar los estudios del primer curso de las enseñanzas profesionales de música será necesario superar una prueba de acceso, de acuerdo con el artícula 49 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación. Mediante esta prueba se valorará la madurez, las aptitudes y los conocimientos para cursar con aprovechamiento las enseñanzas profesionales. Igualmente será posible incorporarse en un curso de las enseñanzas profesionales diferente al primero previa superación de la prueba específica correspondiente.
En el Conservatorio Profesional de Música de Elda se pueden estudiar las siguientes especialidades musicales: Canto, Clarinete, Flauta travesera, Oboe, Fagot, Saxofón, Tuba, Trombón, Bombardino, Trompa, Trompeta, Viola, Violín, Violoncello, Contrabajo, Guitarra, Piano, Percusión.
Las enseñanzas profesionales se estructuran de la manera siguiente:

Inscripción
La inscripción a la prueba se efectuará de manera telemática en el siguiente enlace:
Desde las 08:00h. del 5 de mayo hasta las 14:00h. del 19 de mayo
(Tasa de inscripción Pruebas de acceso música: 56,20 euros, se pagará telemáticamente una vez resueltas las reclamaciones al listado provisional de admitidos a las pruebas)
Estas vacantes provisionales se adjudicarán según el artículo 18 de la Orden 8/2026
Calendario
Inscripción: Desde las 08:00h. del 5 de mayo hasta las 14:00h. del 19 de mayo
Listas provisionales admitidos y excluidos a las pruebas: 26 de mayo.
Periodo reclamación listas provisionales: 27, 28 y 29 de mayo.
Resolución de las reclamaciones: del 27 de mayo al 2 de junio.
Pago de tasas: del 26 de mayo al 5 de junio.
Publicación de los listados definitivos de admitidos y excluidos a las pruebas: 9 de junio.
Realización de las pruebas: del 15 al 22 de junio.
Para cualquier consulta:
e-mail: 03011112@edu.gva.es Telf.: 966957685
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* Podrán disponer de una bonificación del 50%, teniendo que aportar la documentación justificativa, los siguientes casos:
a) Personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
b) Miembros de familias monoparentales de categoría general.
c) Beneficiarios de familia numerosa de categoría general.
Podrán disponer de exención total del pago de tasas, teniendo que aportar la documentación justificativa, los siguientes casos:
a) Beneficiarios de familia numerosa de categoría especial.
b) Miembros de familias monoparentales de categoría especial.
b) Las personas al hecho que hayan sido víctimas de violencia de género (a lo amparo de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre) y víctimas de actas contra la mujer (Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat).
c) Las personas, o hijos, que hayan sufrido daños físicos o psíquicos a consecuencia de actas terroristas (conforme al artículo 38 de la Ley 29/2011 de 22 de septiembre).
Contenidos
Estructura y contenidos de la prueba de acceso a 1.º de Enseñanzas Profesionales:
Para consultar los contenidos de los cursos diferentes a 1.º pincha en el siguiente enlace:

